Sin vigencia 38% de leyes aprobadas por AN de Maduro en 2022 por no estar en Gaceta
La Asamblea Nacional del 2020 en su página web precisa que ocho de las 21 leyes sancionadas el año pasado no han sido publicadas en Gaceta Oficial. La irregularidad corresponde a una violación de la Constitución, que establece en su artículo 214 que el gobernante del país promulgará la ley dentro de los diez días siguientes a aquél en que la haya recibido
Ocho de las 21 leyes sancionadas el año pasado por la Asamblea Nacional (AN) del 2020 no han sido publicadas en Gaceta Oficial y por lo tanto no han entrado en vigencia.
Acceso a la Justicia alertó que la irregularidad profundiza la indefensión e inseguridad jurídica en la que se encuentran los ciudadanos. Advirtió que este es otro otro ejemplo de la ruptura institucional en Venezuela, lo que consideró la causa de la emergencia humanitaria compleja que afecta al país.
Asimismo, la organización no gubernamental Acceso a la Justicia puntualizó que mientras el texto no aparezca en la Gaceta Oficial, ninguna de sus disposiciones se podrá aplicar ni su incumplimiento sancionarse. La Constitución establece un lapso de 10 días para sacar las leyes sancionadas en gaceta y que no hacerlo es violatorio de la ley.
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En la página web de la AN-2020 se especifica, en la sección del resumen legislativo, cuáles son las normas «aprobadas en la Asamblea Nacional, aún no publicadas en Gaceta Oficial». En el sitio no se explica a la ciudadanía porqué las ocho leyes, que equivale a 38% de las normas trabajadas en 2022 no han sido publicadas. Tampoco se precisa si los instrumentos fueron rechazados por el Ejecutivo.
El artículo 214 de la Constitución establece que » El Presidente o Presidenta de la República promulgará la ley dentro de los diez días siguientes a aquél en que la haya recibido. Dentro de ese lapso podrá, con acuerdo del Consejo de Ministros, solicitar a la Asamblea Nacional, mediante exposición razonada, que modifique alguna de las disposiciones de la ley o levante la sanción a toda la ley o parte de ella.
El artículo 215 de la Carta Magna señala que las leyes quedarán promulgadas al publicarse con el correspondiente «cúmplase» en la Gaceta Oficial. En tanto el artículo 1 del Código Civil establece que la Ley es obligatoria desde su publicación en la Gaceta Oficial o desde la fecha a posterior que ella misma indique.
Fuera de la Gaceta Oficial
Entre las normas que se quedaron estancadas, pese a haber sido aprobadas en primera y segunda discusión por el Parlamento de mayoría chavista, son las leyes de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2023 y de Endeudamiento, ambas aprobadas en diciembre.
Acceso a la Justicia manifestó su preocupación por el hecho de que las leyes de presupuesto y de endeudamiento anual no hayan sido publicadas en Gaceta Oficial.
Argumentó que son normas son de gran trascendencia e impacto para los ciudadanos debido a que prevén los fondos que el Estado destinará a servicios como la educación, salud, seguridad y al pago de pensiones o jubilaciones, así como a inversiones en infraestructuras y servicios públicos.
Otras normas que no han entrado en vigor son la Ley Especial de Trabajadoras y Trabajadores a Domicilio y la reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora.
«Esta práctica opaca no es novedosa. A finales del año pasado, desde Acceso a la Justicia denunciamos que a partir de 2021 hay dieciocho números de la Gaceta Oficial cuyo paradero se desconoce, así como su contenido, a lo que hay agregar once gacetas de número extraordinario, presumiblemente del último trimestre de 2022 y comienzos de este año, que tampoco son de conocimiento público», expuso la ONG.