Abogada responde a suspensión del TSJ: Es un abuso y una extralimitación
La abogada y exdiputada chavista María Alejandra Díaz insistió en que es legal y constitucional el ejercicio de los derechos y aclaró que los accionantes no ofendieron ni generaron zozobra alguna, como afirmó el TSJ. «Solo están pidiendo cumplir con las sentencias 31 de la Sala Electoral y 211 y 212 de la Sala Constitucional y sus criterios jurisprudenciales vinculantes»
Luis Castillo | El Carabobeño
La abogada y exdiputada chavista María Alejandra Díaz calificó como «un abuso» y «una extralimitación» la decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que la suspendió de su ejercicio profesional tras interponer un recurso para exigir la publicación de los resultados desagregados de las presidenciales del 28 de julio.
«No solo es un abuso, es una extralimitación y una clara advertencia al ejercicio libre de la política», escribió en su cuenta en X la exdiputada, que asistió al Frente Democrático Popular (FDP), una coalición del chavismo disidente, en el recurso de amparo constitucional contra el Consejo Nacional Electoral.
La Sala Constitucional no solo rechazó el recurso, que solicitaba ordenar al CNE la publicación detallada de los resultados, sino que multó y suspendió temporalmente a Díaz del ejercicio profesional debido a «los graves señalamientos» advertidos en la acción de amparo constitucional.
Para la magistrada Tania D’Amelio, quien firma la ponencia, los argumentos esgrimidos por Díaz «cuestionan e irrespetan la potestad que ostenta la Sala Electoral y la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y además pretenden generar zozobra y conmoción en la población».
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La abogada insistió en que es legal y constitucional el ejercicio de los derechos, al tiempo que aclaró que los accionantes no ofendieron ni generaron zozobra alguna. «Solo están pidiendo cumplir con las sentencias 31 de la Sala Electoral y 211 y 212 de la Sala Constitucional y sus criterios jurisprudenciales vinculantes».
Sostuvo que la sanción del TSJ es desproporcionada, pues no existe «ninguna disposición que la establezca, ni mucho menos tienen competencia para ello, sin respetar el debido proceso y mi derecho a la defensa».
La exdiputada señaló que no se debe aplicar este tipo de sanciones a los abogados y menos una instancia constitucional. «¿Quiénes querrán ahora defender causas de índole político y social como la actual, si pueden recibir este tipo de penas?».
María Alejandra Díaz advirtió el miércoles 30 de octubre, cuanto introdujo el amparo, que el CNE incumplió lo que establece el artículo 155 de la Ley Orgánica de los Procesos Electorales sobre la publicación de los resultados de votación en la Gaceta Electoral, además de las sentencias propias de la Sala Electoral y de la Sala Constitucional.
De acuerdo al CNE, Nicolás Maduro ganó las presidenciales del pasado 28 de julio, pero el organismo no publicó los resultados detallados de la elección. Una parte de la oposición, liderada por María Corina Machado y Edmundo González Urrutia, reclamó un fraude en base a las actas de votación en su poder. Parte de la comunidad internacional ha dicho que no reconocerá el triunfo del gobernante hasta tanto no se publique en detalle los resultados.