Acto tiránico, por Teodoro Petkoff
El problema de fondo con el paquetazo de Chacumbele atañe a un aspecto sustantivo de la condición democrática: el respeto a la regla de oro de esta, es decir, el respeto a los pronunciamientos electorales de la mayoría. Si una minoría desconoce o vulnera decisiones, buenas o malas, pero mayoritarias, los fundamentos mismos de la democracia son severamente lesionados. Es lo que ocurre con el paquetazo.
Varias de las leyes promulgadas, más allá de su contenido, reproducen no sólo el espíritu sino hasta la letra de algunas de las proposiciones de reforma constitucional que fue derrotada por la mayoría del país el 2D pasado.Veamos. La reforma de la Ley Orgánica de la FAN, repite la proposición de reforma del artículo 328 de la Constitución, mediante la cual se cambiaba el nombre de la institución, rebautizándola como «Bolivariana», y se creaba la Milicia Bolivariana, como quinto componente de la FAN, bajo el mando directo del presidente. Esto fue rechazado el 2D.
La ley que faculta al presidente para designar funcionarios en los estados y ciudades, por encima de gobernadores y alcaldes, repite la proposición derrotada el 2D, de crear «vice-presidencias», no elegidas sino designadas por el presidente -tomadas de la figura hitleriana del gauleiter-, orientadas a mediatizar y/o anular la autoridad de gobernadores y alcaldes, para liquidar así el último vestigio de la condición federal que la Constitución atribuye a la República. (Esta ley es tanto más peligrosa cuanto que de ganar la oposición varias gobernaciones y alcaldías importantes el 23N, los funcionarios recién elegidos serían embridados por los que designará el presidente, cualquiera sea el nombre que se les dé).
Las leyes que centralizan en el Ejecutivo funciones públicas hoy en manos de gobernaciones, alcaldías e institutos autónomos, reproducen cambios constitucionales en el mismo sentido que también fueron rechazados el 2D. El subpaquete de leyes económicas, al replantear aspectos de la reforma constitucional, contradice también la decisión de la mayoría, que rechazó tales modificaciones a la Constitución.
Esto hace prácticamente irrelevante la discusión sobre el contenido de las leyes. Si la Constitución hubiera sido modificada el 2D, las leyes de hoy serían inobjetables. Pero, la Constitución no fue modificada el 2D y eso hace inconstitucionales las leyes, porque van a contrapelo de la Constitución vigente. Por tanto, toda consecuencia que derive de su aplicación es nula de toda nulidad, porque se basaría en un texto legal inconstitucional.
Todo esto, ya lo dijimos en un editorial anterior, configura, en sentido estricto, un acto de tiranía, es decir un acto mediante el cual el gobernante desconoce leyes y normas existentes y aplica las que brotan de su voluntad, sin respetar ninguna limitación de carácter constitucional o legales.