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American University Washington College of Law presenta un Amicus Curiae ante la CIDH



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CIDH Rocío San Miguel medidas cautelares Osmary Sánchez
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TalCual | marzo 6, 2025

El caso Chirinos es de singular importancia: es la primera vez que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos somete un caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que corresponde a hechos posteriores al año 2013


Profesores y abogados expertos en derechos humanos de American University Washington College of Law presentaron un Amicus Curiae ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en referencia al caso “Chirinos Salamanca y otros vs. Venezuela”, cuya audiencia de competencia se celebró el pasado 4 de febrero de 2025.

El caso Chirinos es de singular importancia: es la primera vez que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos somete un caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que corresponde a hechos posteriores al año 2013. El 6 de septiembre de 2012, el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores de Venezuela, por órdenes del entonces presidente Hugo Chávez, presentó una nota diplomática oficial en la que denunciaba la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En la práctica, ello implicó que, transcurrido un año desde la denuncia, Venezuela se desligara de la competencia contenciosa de la Corte IDH y de las demás obligaciones bajo dicho tratado, cercenando así el acceso a la justicia internacional de millones de venezolanos.

El Amicus propone argumentos que permitan a la Corte afirmar su jurisdicción mediante una revisión judicial del acto de denuncia de la Convención, a la luz de los estándares interamericanos trazados por el propio Tribunal en su Opinión Consultiva 26/20 y del derecho internacional consuetudinario bajo la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. En este sentido, el Amicus analiza dos requisitos fundamentales: en primer lugar, los parámetros procedimentales de la denuncia y, en segundo lugar, los criterios de validez sustantiva, basados en los mecanismos de garantías colectivas. Estos últimos permiten evaluar si el Estado denunciante respetó el principio de pacta sunt servanda y, por tanto, ayudan a determinar si la denuncia fue realizada de mala fe.

Para ello, el Amicus demuestra que la Corte IDH tiene competencia para revisar la validez de un acto de denuncia bajo el artículo 78 de la Convención, siguiendo su propia jurisprudencia y considerando la naturaleza específica de los tratados en materia de derechos humanos. Posteriormente, el escrito acredita que, en el caso concreto, se incumplieron los parámetros procedimentales interamericanos, en tanto el acto de denuncia fue manifiestamente violatorio de disposiciones del derecho constitucional interno venezolano. Conforme al artículo 46 de la Convención de Viena, esto genera vicios en el consentimiento del Estado para desobligarse de un tratado.

Por otro lado, el Amicus sostiene que la denuncia fue presentada por Venezuela en violación del principio de pacta sunt servanda y, en consecuencia, de mala fe, bajo un estándar de escrutinio estricto. Esto se debe a que la denuncia estuvo basada en:

  1. Una disconformidad con las decisiones adoptadas por la Corte IDH, reflejando una intención de incumplir sus obligaciones internacionales.
  2. Un contexto de progresiva erosión de las instituciones democráticas.
  3. Una situación actual de violaciones graves, masivas y sistemáticas a los derechos humanos.

El Amicus ha sido suscrito por los profesores Carlos Ayala, Robert Goldman, Claudio Grossman y Juan Méndez, reconocidos expertos en derecho internacional de los derechos humanos, quienes han servido como miembros de la CIDH y han ocupado la Presidencia de este órgano en distintos periodos. Adicionalmente, lo suscribió la profesora Claudia Martin, Co-Directora de la Academia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario en AUWCL, con amplia experiencia en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Finalmente, el documento también fue firmado por Gabriel J. Ortiz Crespo, Coordinador del Concurso Interamericano de Derechos Humanos en AUWCL, con experiencia en litigio interamericano y una especialización particular en la situación de Venezuela.

Puedes consultar el Amicus aquí.

Con información de Nota Prensa. 

 

*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes «contra el odio», «contra el fascismo» y «contra el bloqueo». Este contenido fue escrito tomando en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.

 

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