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Barinas, por Freddy Gutiérrez Trejo



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Barinas
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Opinión TalCual | diciembre 4, 2021

Twitter: @gutierreztrejof


“Nacimos en 1577, en la Meseta de Altamira de Cáceres, desde donde se divisa el verde mar de la llanura. Y fuimos bajando a la más ancha de Moromoy hasta que en 1762 reposamos en la sabana limpia de la Barinas del presente. Debatiéndonos entre aconteceres de bonanza y pobreza en el avatar de las guerras”

José León Tapia

Escritor y Médico barinés

 

El 21 de noviembre del año que corre se llevaron a efecto las elecciones en Barinas. Varios días transcurrieron para conocer que el candidato Freddy Superlano obtuvo el 37,60%, imponiéndose al contendor Argenis Chávez, quien obtuvo el 37,21% de votos. Los porcentajes no han sido objetados por nadie, y reconocidos por el tribunal supremo de justicia (minúsculas deliberadas) de acuerdo al comunicado del rector Roberto Picón. Los números absolutos no se pudieron conocer, dada la invasión de competencias que ejecutó el tsj sobre el consejo nacional electoral, el cual había llegado a la fase de totalización, y tenía pendiente solo el informe.

Toda la sociedad esperaba que se hicieran oficiales los guarismos arrojados por el escrutinio, y se procediera a la totalización, adjudicación y proclamación de Freddy Superlano, quien ganó la elección.

Pero lo que no era del conocimiento público, es que el señor Adolfo Ramón Superlano había intentado en las sombras de una conspiración, el día viernes 26 del mismo mes y año, un recurso de amparo ante la sala electoral del tribunal supremo de justicia y que esta acción había sido admitida, a pesar de su indiscutible ilegalidad: La inhabilitación no puede ser la materia en controversia, toda vez que es un asunto públicamente resuelto, y por eso se le permitió la inscripción como candidato. Además es inoportuno, habida cuenta que una junta ad hoc ya tenía las cifras en la mano.

Con una celeridad inusual, el día lunes 29 a las 2:05 pm, la sala dictó en ponencia conjunta la decisión que determinaba que el asunto planteado era de mero derecho. ¡Qué disparate! Una ponencia conjunta es algo así como un montón de manos encima del teclado de una computadora, o puede ser, tal vez, la de un pesado exégeta quien hizo la tarea, y los magistrados solo la firmaron. De esta manera, intentan sustraerse de la responsabilidad penal en la que están incursos. Tarde o temprano se sabrá quienes fueron los perpetradores del fraude.

La sala en acrobacia inesperada declaró el asunto de mero derecho, de mero trámite, un asunto que es de perogrullo, que es obvio, de carácter breve, toda vez que está a la vista de todos, y solo falta que alguien simplemente lo impulse.

El Estado Barinas con un vasto territorio donde se han escenificado acontecimientos importantes, una población significativa que le ha dado a la República hombres como José León Tapia y Orlando Araujo, entre otros, y con autoridades que han ejercido con idoneidad sus responsabilidades, ha devenido de la noche a la mañana en un espacio cuyos acontecimientos se resuelven de modo apático, necio, sin querellas innecesarias, así, no más.

*Lea también: La hora menguada de la democracia, por Luis Ernesto Aparicio M.

Sobre esa base jurídica y política, un asunto de esa envergadura, se estaba desconociendo al consejo nacional electoral, a sus rectores y al derecho adjetivo que impone los recursos de reconsideración y jerárquicos, ante el órgano rector. El tribunal supremo de justicia, sin voto salvado, que se conozca, resolvió in audita parte, la materia. No se citó a nadie, no se oyó ningún alegato, no hubo controversia. Sin piedad, ya para este momento, en acción agavillada, arrollaron las normas que informan el Debido Proceso, dispuestas en nuestra Constitución Nacional y en tratados internacionales libremente suscritos por la República.

Por si fuera poco, la sala orden al consejo nacional electoral, convocar un nuevo proceso comicial para el día 09 de enero de 2022, para elegir gobernador. La sala no tiene potestades para dictarle directrices al cne.

Éste no es un organismo subordinado que esté obligado a obedecer las decisiones de una sala que no tiene competencias en materias que son exclusivas y excluyentes del cuerpo colegiado conformado por sus rectores. Es inaudito que tal rectoría sumisamente acate los disparates de quienes conforman la sala. Le fijan las condiciones y hasta el día de realización del evento electoral.

La secuencia de hechos narrados nos lleva a concluir que se ha configurado el delito de estafa agravada y continuada, y que la víctima directa e inmediata es la sociedad de Barinas; los barineses con derecho al voto libre, universal, directo y secreto por el candidato de su preferencia. Presenciamos un fraude a la Constitución y a la Ley que establecen las competencias de cada órgano del estado. No hay duda de que, en el hecho político, el caso Barinas es un botón de muestra de lo que ha ocurrido, en mayor o menor medida, y con matices distintos, en toda la extensión de la República.

Por último, vale recordar que la fijación de una nueva fecha, no exonera de responsabilidad administrativa, civil, ni penal a los autores intelectuales y materiales de delitos cometidos con premeditación, alevosía y una ignominia inocultable.

Freddy Gutiérrez es abogado y profesor universitario.

TalCual no se hace responsable por las opiniones emitidas por el autor de este artículo

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