CNE presentará nuevas máquinas de votación el 9 de octubre
En sesión permanente del directorio del CNE, también se revisó la normativa que regulará el desarrollo de la campaña electoral, que tiene previsto iniciar el 19 de noviembre
El Consejo Nacional Electoral (CNE) presentará el próximo 9 de octubre el modelo de las máquinas de votación que serán utilizadas en las elecciones parlamentarias, previstas para el 6 de diciembre, además de informar sobre las distintas modalidades de las auditorías al sistema automatizado.
Para estas elecciones, la empresa argentina Exclé fue contratada para la compra del software y las máquinas de votación para este proceso. Según la rectora Tania D’ Amelio, en diciembre de 2019 el CNE hizo una solicitud para la adquisición de máquinas de votación y sistemas de autentificación del votante (captahuellas), debido al tiempo de uso de muchas de ellas.
Luego, el organismo realizó una nueva evaluación sobre las necesidades para los procesos electorales por la quema del parque automatizado ubicado en el galpón del CNE que se encuentra en Mariches, estado Miranda, en marzo de este año y que calificó como un «hecho terrorista».
Hasta la fecha se desconocen la cantidad de máquinas que serán usadas para estas elecciones, y si todo el parque ya se encuentra en el país.
En sesión permanente del directorio del CNE, también se revisó la normativa que regulará el desarrollo de la campaña electoral, que tiene previsto iniciar el 19 de noviembre, bajo un plan estratégico de bioseguridad para estos comicios, que no son reconocidos por más de 37 partidos políticos y la Asamblea Nacional.
Además, la directiva del Poder Electoral evaluó lo concerniente a las normas y protocolos que regirán la veeduría nacional, e internacional, las cuales se han planteado de forma presencial y bajo formatos y herramientas digitales en tiempo real para garantizar la participación, tomando en cuenta los elementos de bioseguridad que han estado presentes a lo largo del proceso.
También se aprobó por unanimidad una resolución que establece una excepción en la aplicación del artículo 88 de la Ley Orgánica del Registro Civil -referente al registro de nacimientos-, a los efectos de no considerar extemporáneas las inscripciones de nacimientos realizadas luego de los 90 días establecidos, en virtud de las medidas de cuarentena preventiva y las limitaciones en la movilidad, para así preservar el derecho al registro de los nacimientos de los niños y niñas.
Con información de nota de prensa