Cómo tramitar salvoconducto de viaje para venezolanos con pasaportes vencidos
Los venezolanos que intenten ingresar a territorio venezolano por vía aérea no podrán hacerlo con el pasaporte vencido, según una medida notificada a las líneas aéreas desde el 27 de septiembre. Los pasajeros deberán tramitar un permiso de viaje en la embajada o consulado más cercano
Una nueva medida establece que los venezolanos con pasaporte vencido no podrán ingresar a territorio venezolano por vía área. Para hacerlo deben solicitar un salvoconducto de viaje con al menos 72 horas antes del embarque.
La medida fue notificada a las aerolíneas por las autoridades venezolanas, para cumplirse de manera inmediata, lo que según los gremios del sector agarró a los pasajeros y a los prestadores de servicio desprevenidos.
Aquí algunas claves ofrecidas por la Asociación Venezolana de Agencias de Viajes y Turismo (Avavit) en la red social Instagram a la hora de viajar a territorio venezolano.
¿Es nueva esta medida?
Avavit señala que el tema no es nuevo y que desde antes se tenía conocimiento de que el pasajero que estaba en un país donde el consulado estaba funcionando debía tramitar un salvoconducto para viajar con pasaporte vencido, este requisito estaba exento para quienes se encontraban en algún lugar donde no había consulado venezolano.
¿Qué cambió desde el 27 de septiembre?
A partir de este momento el lineamiento que establece el Saime indica que el pasajero para poder abordar requiere de un salvoconducto, que además debe ser verificado por la agencia de viaje o por la aerolínea.
¿Qué pasa si estoy en un país donde no hay consulado?
Si la persona se encuentra en un lugar donde no existe consulado, por las razones que sea, el pasajero debe comunicarse con el consulado más cercano vía correo electrónico y tramitar el salvoconducto para poder retornar a Venezuela.
¿Puedo entrar solo con la cédula vigente?
La medida establece que no se permitirá el embarque a venezolanos con su cédula de identidad venezolana, aunque este documento sí esté vigente.
¿Qué ocurre en el caso de personas con doble nacionalidad?
En el caso de aquellos pasajeros venezolanos que tengan doble nacionalidad, deberán presentar de igual manera el pasaporte venezolano vigente.
¿Cuáles son los recaudos que se deben presentar?
El Ministerio de Relaciones Exteriores indica que con el documento o salvoconducto para ciudadanos venezolanos en el exterior que viajen a Venezuela sin pasaporte venezolano válido debido a que este se encuentra vencido, extraviado, hurtado o deteriorado deben mostrar los siguientes recaudos.
En el caso de adultos:
Original y copias de la denuncia ante las autoridades policiales (si aplica).
Original y copia del boleto aéreo (sellado por la aerolínea).
Copia del documento de identidad del solicitante (cédula o pasaporte).
Foto del solicitante en un CD o DVD (formato JPG).
Comprobante de pago del arancel consular correspondiente, si aplica.
En el caso de niños, niñas y adolescentes:
Presentar copia de la cédula de identidad venezolana y de la hoja biográfica del pasaporte venezolano de ambos padres, y si viaja solo o con uno de los padres la autorización de viaje del padre que no viaja, debe estar debidamente apostillada.
En el caso de pérdida, hurto o robo del pasaporte venezolano. Debe efectuar previamente la denuncia ante la autoridad policial correspondiente.
¿Cuánto cuesta este salvoconducto?
El costo debe ser consultado en la Representación Diplomática o Consular. Sin embargo, este trámite se emite de forma gratuita para los ciudadanos venezolanos que han iniciado el trámite de renovación de pasaporte y están a la espera del mismo, así como a los que presenten denuncia policial por robo de pasaporte, repatriados, detenidos con orden de deportación final y víctimas de trata de personas, cuya solicitud sea requerida por una autoridad competente en el país acreditado.
Los niños, niñas y adolescentes están exonerados del pago de los derechos consulares, según el artículo 9 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente (Lopna), publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.476 de fecha 02 de julio de 2002.