¡¿Con-ese-Te-Ese-Jota?!, por Carolina Gómez-Ávila
El 19 de febrero pasado, la Asamblea Nacional (AN) aprobó el «Acuerdo para el Establecimiento de la Ruta Electoral para lograr Elecciones Libres en el marco de la Transición Democrática» (Acuerdo).
Oportunidad para reivindicar lo electoral como único medio de retorno a la democracia y para denunciar la falaz consigna «Dictadura no sale con votos» -por plagada de excepciones- para contraponerle una verdad sin casos en contra: ¡Democracia no entra sin votos!
Debe ser por eso que llamó mi atención la mano de hierro con guante de seda, con la que los diputados llegan a la médula del problema en este Acuerdo: el Poder Judicial. Ese que, tras el madrugonazo oficialista de 2015, arrebató la mayoría calificada opositora al nuevo parlamento para no ser destituidos (como ofrecieron los diputados de la Mesa de la Unidad Democrática en esa misma sesión). Ese, que se dedicó a sentenciar contra la AN hasta que en 2017 materializó la ruptura del hilo constitucional y permitió la írrita Asamblea Nacional Constituyente y las grotescas elecciones del 20 de mayo pasado.
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Me refiero a ese Poder Judicial cuya responsabilidad en nuestra tragedia no se ha expuesto suficientemente, porque se ha parapetado tras el grito de “¡¿Con-Ese-Ce-Ene-E?!”, con el cual se hace política barata y se desmerita la democracia en vez de acusar a quienes la han manipulado.
Estos han hecho creer a la población que la AN está en condiciones de remover a los rectores unilateralmente, obviando que el artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Electoral pone una condición:
“La Asamblea Nacional podrá, bien de oficio o a instancia de terceros, remover con el voto favorable de por lo menos las dos terceras partes de sus integrantes a las rectoras o los rectores electorales, previo pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena”
Entonces, hablemos de eso.
En corto, el Tribunal Supremo de Justicia está conformado por 6 Salas; 5 de ellas están integradas por 5 magistrados y una (la Constitucional) por 7, lo cual suma 32 togados que, reunidos, conforman la Sala Plena. También hay suplentes -tantos, como principales- y, al igual que a estos, se les designa para una Sala específica, así que no son comodines que pueden ocupar cualquier silla de magistratura vacía; además, se les da el nombramiento en orden consecutivo (primer suplente, segundo suplente y así, sucesivamente), lo cual les deja claro cuándo pueden incorporarse.
Se entiende que si cada magistrado es elegido por 12 años, las vacantes por vencimiento son poco frecuentes y pueden no coincidir, lo que explica que se nombren números distintos de principales y suplentes en cada ocasión.
Hay más consideraciones, pero ya podemos asomarnos al problema de desinformación que ha sido usado para operar políticamente: el 21 de julio de 2017, la AN designó 33 magistrados (13 principales y 20 suplentes); el desinformado considera que como el TSJ requiere 32 magistrados y se nombraron 33, el mandado está hecho y ya tenemos un TSJ renovado. Por eso se aplaude la instalación y funcionamiento del adefesio jurídico autoproclamado (este sí, a diferencia de Guaidó) como “TSJ legítimo”; un error vergonzoso que pudo haber sido punta de lanza política.
La verdad es que el Poder Legislativo no puede hacer lo que se le exige sin la participación anterior y favorable del Poder Judicial. Y el Acuerdo lo insinúa pero no es frontal. Lo más directo es su invocación del artículo 22 del “Estatuto que rige la Transición” que, en resumen, da un espaldarazo a los magistrados designados el 21 de julio de 2017, anuncia que nombrará o ratificará al resto de los titulados antes del 2016 y que, una vez hecho, “deberán incorporarse al máximo órgano jurisdiccional de la República Bolivariana de Venezuela de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia”, con lo cual les advierte que no pueden sesionar desde el exterior y que deben hacerlo en conjunto con sus colegas que están aquí. Un problema para quienes hayan sido seducidos por la notoriedad y reconocimiento más allá de nuestras fronteras, logrando convertirlos en su modo de vida, por lo que son de esperar reacciones contrarias y subterfugios para invalidar esta parte imprescindible del proceso.
Si el mundo opositor tuviera que denunciar un “vacío de poder”, debe apuntar al Judicial, con la conciencia de que no podremos regresar a la ruta electoral sin solucionar la configuración del máximo tribunal de justicia del país. Su caso es mucho más grave que el del CNE y es de atención prioritaria, porque sin TSJ no se puede cambiar el CNE.