Consejo de Armonización Tributaria supervisará cada municipio
El pasado 18 de julio, la Asamblea Nacional de 2020 sancionó la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios y la remitió a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para promulgar la constitucionalidad de su carácter orgánico
Autor: Graciela de los Angeles Portillo / Radio Fe y alegría Noticias
Ysabel Figueira, directora del proyecto Tributos a tu Alcance, dijo que «todos los municipios y estados del país tendrán que adecuar sus ordenanzas en virtud a la nueva Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias. Explicó que, de existir leyes contrarias, estas serán consideradas nulas.
“Hay normas que los estados y municipios van a tener que manejar con el Ejecutivo nacional”, dijo en entrevista con Radio Fe y Alegría Noticias.
Figueira señaló que, la normativa «crea lo que se ha denominado como el Consejo Superior de Armonización Tributaria», que estará monitoreando las acciones que se realicen desde los estados y municipios para garantizar el cumplimiento de dicha ley.
El pasado 18 de julio, la Asamblea Nacional (AN) sancionó la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios y la remitió a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia para promulgar la constitucionalidad de su carácter orgánico
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Si bien esta normativa busca acabar con las disparidades a nivel municipal para el pago de ciertos tributos, pudiera incidir en cada municipio de manera diferente. Figueira explicó que cada uno es distinto y por lo tanto, su realidad económica también es completamente diferente.
“La realidad económica de cada municipio va a variar. Es importante que cada concejo municipal pueda observar la realidad económica de su ciudadanía para establecer un porcentaje acorde. El máximo es el 2 %, el cual se puede aplicar en Caracas pero no en otro municipio”, agregó Ysabel Figueira.
Entre las bondades de esta ley destacan las rebajas, de al menos 30 %, en el impuesto sobre actividades económicas industriales, comerciales, servicios y, de índole similar, a los contribuyentes que desarrollen actividades permanentes de saneamiento, mantenimiento o mejoras en espacios del municipio, entre otros casos.