Constitución inhabilitada, por Teodoro Petkoff
En este tema de las inhabilitaciones políticas, producto de la Lista Russián, existe un precedente que vale la pena traer a colación. En la década de los setenta estaban detenidos y sometidos a juicio los dirigentes políticos David Nieves, entonces de la Liga Socialista, y el fallecido Salom Mesa Espinosa, quien acompañó a Prieto Figueroa en la fundación del MEP, rompiendo con AD, partido del cual era figura histórica.
El juicio tenía que ver con el secuestro de un industrial norteamericano de apellido Niehous, a quien la Liga retuvo durante varios años.
Pues bien, ambos fueron postulados como candidatos a la Cámara de Diputados por sus respectivas organizaciones políticas, con el explícito propósito de rescatarlos de la prisión.
La postulación fue aceptada por el Consejo Supremo Electoral (era su nombre para la época) porque no pesaba sobre ellos sentencia judicial firme y desde la prisión llevaron a cabo su campaña.
El resultado electoral les fue favorable; ambos recuperaron la libertad y se incorporaron al Parlamento. La Constitución fue escrupulosamente respetada por los poderes públicos. Ninguna marramucia jurídica fue intentada para bloquear las candidaturas y posterior victoria de David Nieves y Salom Mesa.
Alguna gente en particular debería hacer memoria sobre estos casos. Por ejemplo Aristóbulo Istúriz, en aquellos lejanos años también dirigente del MEP y hoy candidato del PSUV a la Alcaldía Metropolitana. Da la casualidad de que una de las más prominentes víctimas del inquisidor Russián es Leopoldo López, también candidato a la misma posición y, por tanto, eventual rival de Aristóbulo. ¿El precedente que hemos recordado no compromete a Aristóbulo a oponerse a este atropello inconstitucional? El mero sentido del «juego limpio» debería hacerlo actuar para que su nombre no quede asociado a una tracalería como esta.
La Lista Russián, que comprende a más de cuatrocientos ciudadanos, afecta particularmente a tres que poseen reales opciones ganadoras. Leopoldo López para la Alcaldía Metropolitana de Caracas, Enrique Mendoza para la Gobernación de Miranda y William Méndez para la del Táchira. Hay más, desde luego, pero estos tres son considerados muy favorablemente por las encuestas realizadas en sus respectivas circunscripciones. La pregunta es sencilla: ¿Puede una decisión administrativa, que no comporta debido proceso ni sentencia judicial, anular derechos políticos que sólo la sentencia firme de un tribunal puede hacer? La Constitución es muy clara al respecto y no admite argucias leguleyas en su interpretación.