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Corte Constitucional de Colombia legaliza suicidio médicamente asistido



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Colombia muerte-digna SMA
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TalCual | mayo 12, 2022

Colombia se suma a Suiza, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, Australia, España, Alemania y a algunos estados de EEUU en donde el SMA es legal


La Corte Constitucional de Colombia decidió el miércoles 11 de mayo la despenalización del suicidio médicamente asistido (SMA) con seis votos a favor y tres en contra; procedimiento que a diferencia de la eutanasia, es el paciente el que ejecuta la acción para dar término a su vida.

Con esta decisión, Colombia se suma a Suiza, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, Australia, España, Alemania y a algunos estados de Estados Unidos en donde el SMA es legal.

Tras estudiar la demanda presentada por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB) contra el artículo 107 numeral dos del Código Penal de Colombia en el que se penaliza la inducción del suicidio y en el que se establece una sentencia de entre 16 y 36 meses para quien la lleve a cabo.

La demanda, admitida en septiembre de 2018, aseguraba que penalizar el SMA vulneró el derecho a morir dignamente, a la vida digna, al libre desarrollo de la personalidad al impedir el acceso a una ayuda médica para que las personas que así lo deseen, pueden poner fin a su vida de una manera acompañada y protegida.

*Lea también: AN de Maduro incluye «la eutanasia» como posible proyecto de ley en su agenda legislativa

Para DescLAB, el SMA no debe ser aplicado por cualquier persona sino que la Corte debe decidir cuándo un profesional de la medicina puede ayudar a aplicar el SMA siempre y cuando haya algunas condiciones para hacerlo, con el fin de que no reciba un castigo legal por llevarlo a cabo.

Cuando se presentó la demanda, DescLAB tenía documentados 125 procesos investigativos entre 2010 y el primero de agosto de 2021 por el delito de inducción y/o ayuda al suicidio.

El SMA solo puede aplicarse siguiendo los mismos requisitos para la eutanasia: cuando el paciente esté diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable, cuando padezca de intensos dolores físicos o psíquicos por cuenta de ello que sean incompatibles con su idea de vida digna, cuando manifieste expresamente su intención y la asistencia la preste un médico.

Con información de El Nacional / DW

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Corte Constitucional de ColombiaeutanasiaMedicinaSaludsuicidio médicamente asistido


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