Corte de apelaciones chilena deja sin efecto expulsión de venezolanos
La corte de apelaciones de Iquique señaló que la autoridad migratoria al haber expulsado a los ciudadano sin que existiera una investigación y proceso previo debidamente tramitado, violó garantías establecidas en la constitución de ese país
La corte de apelaciones de Iquique, al norte de Chile, ordenó dejar sin efecto las órdenes de expulsión del territorio nacional de ciudadanos venezolanos que llegaron a esa nación por pasos no habilitados.
La corte acogió cinco recursos de amparo presentados por el Instituto de Derechos Humanos, la Clínica Jurídica de Atención a Migrantes de la Universidad Alberto Hurtado y abogados particulares en representación de los migrantes venezolanos.
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Por medio de una nota de prensa publicada en el portal web del Poder Judicial de Chile, se pudo conocer que en fallos unánimes, la primera sala del tribunal de alzada acogió las acciones constitucionales, tras establecer que las resoluciones administrativas impugnadas, adoptadas por la Intendencia Regional de Tarapacá, carecen de fundamento legal.
En los fallos se señaló que la medida reclamada no estuvo antecedida de un procedimiento en el que los amparados hubieren podido discutir el ingreso atribuido, ejercer su derecho de defensa o exponer los antecedentes procedentes ante la pretensión de expulsión.
La corte de apelaciones de Iquique señaló que la autoridad migratoria al haber expulsado a los ciudadano sin que existiera una investigación y proceso previo debidamente tramitado, violó garantías establecidas en la constitución de ese país.
«Toda vez que la Intendencia Regional de Tarapacá dispuso la expulsión de los amparados, sin que haya sido concluida alguna investigación en su contra y mucho menos se hubiera dictado alguna sentencia con relación al ingreso clandestino al país, sino valiéndose tan solo de sus actuaciones administrativas carentes de fundamento y vulneratorias del derecho a la defensa constitucionalmente protegida», se lee en el fallo.
Para la corte la orden de expulsión sólo se basó en solo una afirmación de autoridad en la que se omitió la debida fundamentación de acuerdo con los estándares establecidos en la ley.
«Antes de aplicar la sanción de expulsión la Intendencia Regional de Tarapacá debió, en respeto a las garantías constitucionales de los amparados, someterlos a una investigación y procedimiento previo legalmente tramitado, exigido para el juzgamiento de toda persona a quien se imputa la comisión de un delito», se afirmó en el fallo.
De igual forma, se enfatizó que no corresponde a la recurrida como autoridad administrativa, imponer esta sanción sin contar con el necesario fundamento legal. «Todo lo anterior lleva a concluir que la presente acción constitucional deberá ser acogida, al afectar la libertad ambulatoria de las personas amparadas, sujetas a la medida de expulsión del territorio nacional», concluye.
Chile expulsó el miércoles 10 de febrero a un grupo de 138 migrantes irregulares de nacionalidades colombiana y venezolana, que se encontraban varados en la frontera norte con Bolivia, una zona que desde hace días vive una fuerte ola migratoria que ha llevado al límite a pequeñas localidades fronterizas.
El ministro de Defensa de Chile, Baldo Prokurica, encabezó el proceso de deportación de un primer grupo de más de 100 inmigrantes que llegaron al país a través de la frontera de Bolivia y que permanecieron detenidos hasta el momento de su repatriación.
Aunque la mayoría de los deportados por vía eran venezolanos, también figuraban colombianos, peruanos y bolivianos. El gobierno chileno decidió que los 86 inmigrantes provenientes de Venezuela y Colombia regresaran en avión, mientras que los 52 restantes fueron devueltos a Perú y Bolivia vía terrestre.