CorteIDH responsabiliza a Venezuela de las muertes ocurridas en penal de Vista Hermosa
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) aseguró que el Estado venezolano se comprometió a cumplir con las reparaciones que se ordenaran en la sentencia
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) emitió este jueves una sentencia en la que señala como responsable al Estado venezolano, actualmente representado por el gobernante Nicolás Maduro, por las violaciones de derechos humanos cometidas en contra de siete personas privadas de libertad fallecidas, y otras 27 que resultaron lesionadas, a consecuencia de un operativo llevado a cabo el 10 de noviembre de 2003 en el Internado Judicial de Ciudad Bolívar, conocido como la Cárcel de Vista Hermosa.
De acuerdo con el organismo internacional, las fuerzas de seguridad del Estado, específicamente la Guardia Nacional (GN), violaron diversos artículos de la Convención Americana, entre ellos el derecho a la vida, a la integridad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial.
“El Estado de Venezuela reconoció su responsabilidad por la violación a los derechos humanos en este caso –en referencia al caso Olivares Muñoz y otros Vs. Venezuela— (…) Para el efecto, señaló que las muertes perfectamente encuadran en ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias”, manifestó el organismo en el documento.
Asimismo, la CorteIDH manifestó que Venezuela reconoció que “como resultado” del operativo realizado por la Guardia Nacional, se produjeron las lesiones de las personas privadas de libertad, a lo que agregaron que, de la misma manera, el Estado también permitió la violación a las garantías judiciales y a la protección judicial.
#Sentencia En la sentencia del Caso Olivares Muñoz y otros Vs. Venezuela🇻🇪, la @CorteIDH declaró responsable internacionalmente a la República Bolivariana de Venezuela por las violaciones a derechos humanos de siete personas privadas de libertad que fallecieron (1/3) pic.twitter.com/IkKjNsPNQp
— Corte Interamericana de Derechos Humanos (@CorteIDH) December 17, 2020
Igualmente, la Corte Interamericana aseguró que el Estado venezolano se comprometió a cumplir con las reparaciones que se ordenan en la sentencia. Además de valorar el reconocimiento, entendió que se debe profundizar en el esclarecimiento de los hechos.
“Las muertes ocasionadas durante el operativo del 10 de noviembre de 2003, al ser consecuencia del empleo de la fuerza excesiva y desproporcionada, configuraron privaciones arbitrarias de la vida (…) constituyó una violación del derecho a la integridad personal”, expresa la sentencia.
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El tribunal también concluyó que, en la investigación efectuada, el Estado falló a la debida diligencia y que los hechos, desde la fecha de su consumación, no han sido esclarecidos pues no se ha identificado a los responsables ni se ha proveído una reparación a las víctimas.
Finalmente, la Corte determinó que el Estado omitió iniciar una investigación ante la posible comisión de actos de tortura, a lo que agregaron que familiares de las personas fallecidas también resultaron afectadas por «el sufrimiento y angustia producidos por la pérdida de sus seres queridos y la falta de esclarecimiento de los hechos”, por lo que ordenaron la reparación por parte del Estado venezolano.