«Derecho de admisión»: una excusa para justificar discriminación hacia personas Lgbti
Desde la Constitución de 1999, el Estado prohíbe la discriminación en todas sus formas, lo que incluye, a escozor de muchos, el rechazo por identidad o expresión de género. El caso Vera Pizza destapó uno de los tantos subterfugios usados para marginar a personas Lgtbi. La abogada Tamara Adrián recuerda que desde la derogación de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios, los usuarios quedaron más desprotegidos en sus derechos a la hora de entrar o consumir en un local
Foto de portada: Joselis González
«Se reserva el derecho de admisión». En cualquier tasca, local de comidas o zapatería del país es posible encontrar un letrero similar en la puerta de entrada. Pero lo que debería ser usado para respetar normas sociales dentro de contextos controlados —como no entrar en bikini a un restaurante— también funciona para discriminar a personas lesbianas, gays, trans, bisexuales o intersex (Lgtbi) en Venezuela, mientras el resto de la región avanza en temas significativos como el matrimonio igualitario.
En Venezuela, además de la Constitución de 1999 que establece la garantía y el goce de los derechos humanos, el libre desenvolvimiento de la personalidad y la igualdad ante la ley, se han reformado al menos cinco leyes para prohibir la discriminación en cualquiera de sus formas.
También existe una sentencia (190/2008) de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia donde se prohíbe expresamente la discriminación por orientación sexual en el territorio nacional, se establece que las relaciones entre personas del mismo sexo no son contrarias al orden público, y al mismo tiempo ratifica que la Constitución ni prohíbe ni condena las relaciones entre personas del mismo sexo.
Además, la carta magna establece la jerarquía constitucional de pactos y convenios internacionales firmados por la república, como la interpretación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, donde también se establece la no discriminación; así como las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que incluyen la identidad y expresión de género como una «condición social» protegida por los principios de igualdad.
A escala municipal, solo existe una ordenanza en todo el país (Chacao) que prohíbe expresamente los distintos tipos de discriminación y alienta la igualdad entre personas. Pero la activista Quiteria Franco, quien participó en las mesas de trabajo y asesoró su redacción, señala que es un documento modelo que no se aplica.
«La ordenanza dice que en todas partes en Chacao debe haber un afiche de no discriminación, ni la Alcaldía las tiene. Deben publicar en vallas el lema de Chacao Municipio Libre de discriminación, nunca lo han hecho. Deben prevenir la discriminación, no lo hacen», afirma Franco.
Abusando del «derecho de admisión»
El pasado 25 de septiembre, ese «derecho de admisión» fue usado como excusa para discriminar a dos hombres gays. En el local Vera Pizza, ubicado en La Castellana (municipio Chacao, Caracas), se alegó «el asco» que producía ver a dos hombres bailando y la presencia de menores de edad en el sitio, como motivo de desalojo del local.
Dicho restaurante cuenta con un área de esparcimiento que incluye una zona para bailar y una tarima para grupos musicales y karaoke, además de otra zona separada por un pasillo donde hay mesas para comensales que no deseen estar cerca del bullicio. Ese día, según testimonios de los propios afectados, una pareja de mujeres también bailó al son de un merengue, pero los desalojados fueron ellos debido al «asco» del encargado de turno.
No obstante de eso, el encargado del local me dijo en mi cara “si yo vengo con mi familia y veo a esa gente, me daría asco” le insistí que decir que le da asco un gay es inhumano y me respondió “bueno en este restaurante nosotros ponemos las leyes y si, me dan asco”
— PeriodistaAlejo (@PeriodistaAlejo) September 25, 2021
La denuncia en redes sociales de los afectados, entre ellos el activista Lgtbi Yendri Velásquez, desató una ola de tuits que posicionó en las tendencias de Twitter «Vera Pizza» durante tres días, así como dos comunicados escuetos del restaurante y otro escrito de la Alcaldía de Chacao que, sin aludir a la discriminación de dos hombres gay, notificaba una sanción contra el local basados en la ordenanza municipal contra la no discriminación y la igualdad, vigente desde el 9 de agosto de 2016.
Luego de la sanción, un grupo de activistas protestó en el sitio. El dueño del local se disculpó con los afectados y aseguró estar dispuesto a participar en actividades de formación junto a su personal para evitar este tipo de sucesos en un futuro.
Transformando la indignación y frustración en una acción pacífica fuimos a @VeraPizza para demostrar que personas del mismo género bailando no hacen daño.
Ante la discriminación no guardamos silencio. #NoMásDiscriminación pic.twitter.com/SMLAH84fA5
— Yendri Velásquez️️ 🌺 (@yendrive) September 26, 2021
La coordinadora general de Unión Afirmativa, Quiteria Franco, afirma que el derecho de admisión «no es más que una excusa para discriminar. Una cosa es proteger un espacio o inclusive a las personas en ese espacio, otra cosa es limitar el ingreso de alguien debido a una característica en particular. Eso debe ser según el lugar también».
Franco pone el ejemplo de las instituciones bancarias donde, por motivos de seguridad, está prohibido el ingreso con gorras o lentes, incluso el uso del teléfono, así como está vetado el ingreso con armas de fuego.
«Pero impedir el ingreso de alguien por tener una discapacidad, por el color de piel, por apariencia física, ser gordo por ejemplo, por ser visiblemente homosexual o trans, eso es discriminación pura y dura. Y expulsarla es aún peor», dice la asesora en derechos humanos.
El pasado 30 de agosto sucedió otro episodio de discriminación que se viralizó en redes sociales, pero esta vez por motivos de discapacidad. Kelly Ayary relató, en un video, que en una tienda de ropa ubicada en Propatria un vigilante le impidió el ingreso por estar en silla de ruedas.
Esta acción motivó al Seniat a cerrar la tienda por varios días, mientras la marca se disculpó públicamente y anunció el cese del vigilante y su contratación con esa empresa de seguridad.
¿Ley o costumbre?
La abogada y doctora en derecho comercial Tamara Adrián explica que el llamado «derecho de admisión» fue usado históricamente de dos formas, pero todas ellas tratando de limitar el acceso a locales abiertos al público dependiendo de ciertos criterios más o menos subjetivos.
«¿Cuál fue la consecuencia histórica? Que bajo la base de la supuesta autonomía que tenían los locales abiertos al público para determinar quién y en qué condiciones accedía a ese local, dio lugar a que en función de lo que se llama la ‘autonomía de la voluntad’ el dueño del lugar ponía requisitos para acceder y, por ende, a contratar ese servicio como usuario», destaca la abogada.
«Cuando yo abro un local al público lo que hago es una oferta a personas indeterminadas para que accedan y contraten conmigo», señala Adrián.
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Eventualmente, estas cláusulas sociales —impuestas en el siglo XIX y principios del siglo XX— llevaron a la prohibición de entrada para la población negra, indígenas, asiáticos o con características que no están relacionadas con inseguridad sino con prejuicios.
Tras los sucesos en Vera Pizza advertimos un incremento de mensajes de odio en el espacio digital que incluyen amenazas a la seguridad física de las personas LGBTIQ+, revictimización a lxs agredidxs, mensajes criminalizantes y patologización.
— Movimiento SOMOS ✊🏽✊🏻✊🏿🌈 (@SomosMov) September 27, 2021
Para Adrián, solo están justificadas estas reglas cuando está en riesgo la integridad física de los usuarios, en el caso de si una persona ingresa al lugar con cualquier tipo de arma, cuando se produce una alteración que cause inseguridad como una pelea o que una persona esté en estado de embriaguez o bajo sustancias psicotrópicas, o en ciertos casos donde el código de vestimenta no sea discriminatorio.
«Por ejemplo, donde un restaurante muy elegante te obligue a usar corbata o chaqueta. Esas son, de alguna manera, las posibles disposiciones que impidan el acceso a un local. Pero cualquiera que esté relacionada con el aspecto físico (si eres blanco o negro, o de una u otra raza), son causas de discriminación».
A juicio de Quiteria Franco, el derecho de admisión permite una zona gris que alienta la discriminación en algunos casos. «Lo que realmente molesta es la orientación sexual, que sean dos hombres, que sean dos mujeres. No es la acción, las parejas heterosexuales incurren en ‘actos impropios’ y nunca se ha armado tal escándalo. Nunca hemos sabido de una pareja heterosexual que sea echada de ningún lugar por expresarse afecto».
Venezuela rezagada
La abogada Tamara Adrián asegura que en Venezuela no se ha podido discutir de los temas del siglo XXI. «Básicamente nos hemos quedado atrás en todo y continuamos enfrascados en el tema de socialismo o comunismo. Por ello no hemos podido hablar de aquellos conceptos incluidos en las metas del milenio y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, que obligan a los Estados a eliminar barreras sociales, culturales y económicas que impiden o limitan que determinadas personas puedan desarrollar su potencialidad en condiciones de equidad y de igualdad. Ese es el concepto que está detrás del eslogan Que nadie sea dejado atrás de la ONU».
El derecho al consumo ha variado internacionalmente por la inclusión de disposiciones de protección a la igualdad y la equidad en el acceso a bienes y servicios, destaca la profesora universitaria. «Esto se separa del derecho civil tradicional. A partir de los años 70, el derecho al consumo empieza a surgir como un contrato diferente y empieza la creación de leyes que regulan los contratos de consumo».
En Venezuela se legisló en favor de los usuarios hasta la derogación de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios, conocida como Ley Indepabis, en enero de 2014 para darle paso a la Ley Orgánica de Precios Justos.
«Pero esta ley solo regula el tema de los precios, no regula la contratación. Quedamos de alguna manera desprotegidos como consumidores, porque este instrumento y la Superintendencia de Precios Justos tienen un rol diferente al que tenía el Instituto de Protección de Personas en Acceso a Bienes y Servicios», afirma Adrián.
La Ley Indepabis contenía artículos para prevenir la discriminación de personas en el momento de contratar, refiere la abogada. «Básicamente el momento de contratar es el momento de acceso al local. ¿Qué es lo que hay hoy en día en el mundo? Que las disposiciones de admisión no pueden ir en contra de las disposiciones de no discriminación».
Tamara Adrián también se refiere al caso de la joven Kelly Ayary, y dice que es «absolutamente lo mismo» con respecto a lo ocurrido a Yendri Velásquez y su pareja. «Estamos hablando de discriminación. ¿Cuándo hay discriminaciones indebidas en el acceso a un local público? Cuando ese impedimento de entrada o permanencia se origina por motivos de raza, sexo, religión, discapacidad, condición de salud, identidad o expresión de género, origen nacional, etcétera».
Además, la abogada señala que, en algunas ocasiones, se pretenden justificar actitudes segregacionistas al aludir a que las personas Lgtbi «tienen sus locales». «Eso es segregación. Eso es como si en esos locales no se permitiera la entrada por ser heterosexuales. Sería exactamente la misma discriminación».
Otro de los lemas utilizados por muchas personas para justificar actos discriminatorios o segregacionistas están basados en el concepto de «ambiente familiar».
La activista Quiteria Franco afirma que en realidad disfraza una negación a reconocer a dos mujeres y dos hombres como familia. «Por eso, entonces, se usan esos argumentos. Esas parejas también son familia, por lo tanto, si les pertenece estar en un lugar que se llame de ambiente familiar. Finalmente, la excusa de hay niños. Los niños entienden, ellos no tienen prejuicios, los adultos son los que están llenos de prejuicios. Con solo decirles que dos mujeres y dos hombres se expresan afecto y amor, al igual que lo hacemos tú mamá y tu papá, ellos son capaces de entender».
Tamara Adrián insiste en que hay atraso para hablar de temas de este siglo. «Entre ellos las barreras sociales, políticas, legales, económicas o culturales que segregan a las personas».