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Diariamente mueren en Venezuela nueve mujeres con cáncer de mama



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Cáncer de mama
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Orianny Granado | octubre 18, 2021

La CIDH adoptó el 14 de octubre de 2020 la resolución 68/2020, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de 12 mujeres con cáncer de mama en Venezuela, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos a la vida


Cada 19 de octubre se conmemora el día internacional de la lucha contra el Cáncer de Mama, que tiene como objetivo crear conciencia y promover que cada vez más mujeres accedan a controles, diagnósticos y tratamientos oportunos y efectivos.

En Venezuela la crisis del sistema sanitario sumado a la emergencia humanitaria compleja que se vive desde hace más de cinco años, han agudizado la atención de hombres y mujeres con cáncer de mama.

En Venezuela para el año 2021 la cifra de mortalidad por cáncer de mama es de 3.127 personas, lo que se traduce en la muerte de nueve pacientes con esta enfermedad cada 24 horas.

Hasta ahora, las edades del mayor número de personas fallecidas tras contraer este tipo de cáncer se ubica entre los 55 y 64 años. La cifra total de incidencia es 7.885, siendo las edades del mayor número de casos entre los 45 y los 54 años.

La presidenta de la ONG Funcamama, Luisa Rodríguez, aseguró que en este momento las condiciones a las que están sometidos los pacientes con enfermedades crónicas, entre ellos las mujeres y hombres con cáncer de mama, es cada vez más grave.

Explicó que en los últimos cinco años 22 unidades de radioterapia han cerrado en el país y las que permanecen abiertas son aquellas privadas, las cuales tienen precios sumamente elevados, los cuales la mayoría de la población no puede costear.

Asimismo, para recibir en este momento un tratamiento para el cáncer una familia necesita como mínimo 2.500 dólares.

Gobierno ignoró medidas de la CIDH

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó el 14 de octubre de 2020 la resolución 68/2020, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de 12 mujeres con cáncer de mama en Venezuela, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos a la vida, a integridad física y a salud.

Al tomar su decisión, la Comisión valoró que, de acuerdo con la solicitud realizada por el Centro de Justicia y Paz (Cepaz), Acción Solidaria, Funcamama, Prepara Familia y Senos Ayuda, las beneficiarias no estarían recibiendo el tratamiento médico prescrito correspondiente por parte del Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS) por periodos de tiempo prolongados, a pesar de haberlo recibido previamente.

Asimismo, teniendo en cuenta lo establecido por la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), la CIDH consideró que los factores de riesgo descritos por las solicitantes tendrían serias consecuencias diferenciadas en la salud de las beneficiarias, por su sola condición de mujer, ya que éstas suponen una forma adicional de violencia en su contra.

Por lo anterior, la Comisión solicitó al Estado venezolano adoptar las medidas necesarias para proteger los derechos de las beneficiarias, posibilitando el acceso a tratamiento médico adecuado, incluyendo los medicamentos y exámenes diagnósticos requeridos que permitan evaluar de manera regular su salud.

Además, solicitó que el Estado venezolano ofreciera información sobre las medidas adoptadas en los 15 días siguientes. Lamentablemente, a un año de otorgamiento de estas medidas cautelares, ninguna acción ha sido realizada en pro de las beneficiarias, y tampoco la Comisión ha recibido información alguna.

Sin embargo, transcurrido un año el Estado venezolano ha ignorado estas medidas y esta pacientes continúan desamparadas.

De las 12 mujeres una falleció, dos no dieron más registro a las organizaciones del avance de sus proceso y el resto continúa batallando contra la enfermedad.

Luisa Rodríguez de Funcamama, explicó que la situación de una de paciente agravó, y es que no solo la crisis del sistema de salud sino las malas condiciones de servicios públicos han sido un detonante para agravar su condición.

«Una de las beneficiadas por esta resolución está en cama porque tiene una metástasis de caderas. Tenía que trasladarse diariamente todos los días con un tobo de agua hasta su casa para cubrir las necesidades de aseo de su hogar, se cayó y se fracturó».

Otra de las amparadas bajo esta medida de la CIDH se desempeñaba como enfermera, y en un intento desesperado por buscar los medios para tratarse su enfermedad, optó por postularse para un cargo de enfermera en Alemania, sin embargo, nunca informó sobre su estado de salud. Al llegar al país europeo le fue negado el empleo y ahora no tiene medios para subsistir, tampoco tiene acceso a la atención médica.

Esta mujer no quiere ni tiene los fondos para regresar a Venezuela, además, debe hacer todo lo posible por enviar dinero a su madre quien es una persona de la tercera edad y a su hijo de nueve años.

Peticiones

La organizaciones Prepara Familia, Centro de Justicia y Paz (Cepaz), Senos Ayuda, Funcamama y Acción Solidaria, ofrecieron una serie de peticiones al Estado para subsanar las condiciones de estas personas.

En base a los testimonios de las víctimas que nos acompañaron este 18 de octubre, y la información de contexto presentada por las organizaciones, solicitamos al Estado venezolano que:

  1. Cumpla con la resolución 68/2020 otorgada por la CIDH a 12 mujeres venezolanas con cáncer de mama, la cual, exige la adopción de las medidas necesarias para proteger los derechos a la salud, vida e integridad física de las beneficiarias, posibilitando el acceso a tratamiento médico adecuado, incluyendo los medicamentos y exámenes diagnósticos requeridos que permitan evaluar de manera regular su salud,
  2. Ofrezca información actualizada a la Comisión sobre las medidas adoptadas respecto a la resolución, ya que, hasta la fecha, no existen avances ni comunicaciones con las beneficiarias o los peticionarios al respecto de esta resolución,
  3. Que el Estado venezolano reconozca la gravedad de la emergencia humanitaria compleja y la afectación que tienen las personas con condiciones de salud crónicas, en especial, las personas con problemas oncológicos, reestructurando el Programa Nacional de Oncología y ofreciendo tratamiento médico, exámenes especializados y atención de calidad,
  4. Incidir para que en el Programa de Respuesta Humanitaria se incluya las condiciones de salud no transmisibles como el cáncer dentro de sus necesidades de atención y un enfoque diferenciado de género que reconozca el impacto diferenciado que la EHC tiene en las mujeres venezolanas,
  5. Publicar y actualizar periódicamente las estadísticas sanitarias y epidemiológicas, especialmente las oncológicas, que no se publican desde el 2014.

*Lea también: Academia Nacional de Medicina pide se publique el boletín epidemiológico

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