En 9% se fijó la nueva tasa que pagarán empresas privadas para fondo de pensiones
La discusión en torno al porcentaje a pagar por los privados era un aspecto crucial para el sector, pues este impuesto se sumará a la gran presión tributaria que recae ya sobre los empresarios
El reglamento de la «Ley de Protección de Pensiones de Seguridad Social frente al bloqueo imperialista» estableció en 9% la tasa de contribución que pagarán las empresas privadas, que ahora deben cumplir con ese nuevo tributo para sostener el pago de las pensiones, ante la imposibilidad del gobierno de Nicolás Maduro de mejorarlas.
La información fue publicada en Gaceta Oficial número 42.880, con fecha del jueves 16 de mayo, en la que también se señala que quedan exonerados del pago de la contribución especial dispuesta en la Ley de Pensiones los emprendimientos debidamente registrados ante el Registro de Nacional de Emprendimientos (RNE).
«El plazo máximo de duración del beneficio de exoneración establecido en este Decreto será de un (1) año,
contado a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial», se lee en el documento.
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Esta «Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al bloqueo imperialista» fue sancionada por la Asamblea Nacional el pasado 7 de mayo. La misma fue solicitada por Nicolás Maduro el pasado 1° de mayo, el Día del Trabajador en el que se cumplieron dos años sin que el gobernante anunciara un aumento de sueldo.
A la normativa se le dio urgencia parlamentaria y estableció que todas las empresas del sector privado deberán transferir mensualmente hasta 15% del total de su nómina a un fondo especial para financiar las pensiones.
La decisión del porcentaje a pagar por los privados era un aspecto crucial en la discusión de la normativa, pues este impuesto se sumará a la gran presión tributaria que recae en el sector privado. La medida se convierte en un peso más que el sector debe cargar ante la alta informalidad laboral y comercial en el país.
Analistas tributarios han dicho a TalCual que al ser el Seniat (Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria) el organismo recaudador de esta contribución especial, también debería dictar una providencia administrativa con el procedimiento para su declaración y pago.