En el municipio Libertador de Caracas prohibieron las caravanas por graduación
Las caravanas de los estudiantes fueron prohibidas en el Municipio Libertador, además de los ruidos molestos, basura fuera de su lugar y la ingesta de licor en la calle, entre otros
El Concejo Municipal de Libertador en Caracas aprobó el pasaso 25 de mayo la ordenanza «Para la convivencia ciudadana, el civismo y la justicia de paz comunal» en la que, entre otras cosas, se prohíben las caravanas estudiantiles para celebrar el fin de clases o una pronta graduación.
En el artículo 37 se establece expresamente que «quedan prohibidas las caravanas vehiculares estudiantiles con motivo de expresión o festejo por la culminación de clases o futura graduación que coloquen en
riesgo la integridad física de sus participantes, así como la de terceros, que alteren el orden público o afecten el normal desenvolvimiento de las actividades consuetudinarias de los habitantes o transeúntes en el Municipio. La autoridad policial deberá dar aviso inmediatamente al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a fin de imponerles las Medidas de Protección que hubiere lugar y ser entregados a sus padres, madres representantes o responsables. Sin perjuicio de la multa que se derive de la infracción de tránsito correspondiente».
De igual forma, se advierte a los padres de los menores de edad que pueden ser objeto de una sanción monetaria equivalente al pago en bolívares de 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela (BCV) o tendrán que hacer dos trabajos comunitarios entre los que están:
- Limpiar, restaurar o pintar escuelas u otros centros educativos públicos o privados por un lapso de 20 horas fraccionadas.
- Limpiar, restaurar o pintar plazas, ornato y lugares públicos por 20 horas fraccionadas.
- Limpiar, restaurar o pintar centros de salud por 20 horas fraccionadas.
- Limpiar, restaurar, o pintar las sedes de los organismos públicos municipales por 20 horas fraccionadas.
- Colaborar en comedores y otros organismos de la Alcaldía Libertador por 20 horas fraccionadas.
- Realizar actividades docentes, vinculadas con la infracción cometida, en los centros educativos y dependiendo del grado del infractor, puede ser hasta ocho horas fraccionadas.
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Si no cumple con el trabajo comunitario, se debe pagar la multa. Pero si incumple con ambas, el caso pasa a la jurisdicción de paz.
Se sanciona también cualquier actividad o proceso que supere los niveles de tolerancia admitidos, que causen molestias a la salud de la población y perturben el ambiente, poner la basura fuera de los contenedores; el consumo de bebidas alcohólicas o ejecutar juegos de azar en espacios públicos; no recoger los desechos de las mascotas, entre otras.
La nueva normativa consta de 75 artículos y siete disposiciones generales que buscan “promover una cultura de paz que fomente en la sociedad una conciencia cimentada en el respeto de los derechos humanos”, asimismo, la ordenanza actual garantiza el goce y disfrute de los espacios públicos y privados destinados al desarrollo de las actividades de los habitantes y transeúntes del municipio.
Esta gira en torno a la protección de los DDHH, la igualdad de la ley, tolerancia, corresponsabilidad, el reconocimiento, el debido proceso, entre otras.
Además, permite conducir a la ciudadanía a través de la ética y civismo evitando cualquier acción, omisión o manifestación contraria al público; al respeto por las personas y a sus bienes, conservando el orden público, evitando disturbios y ruidos molestos.
José Gregorio Caribas, concejal de Un Nuevo Tiempo en Caracas, subrayó que esta ordenanza se aprobó «sin sesgo político» y aclaró que los artículos que impedían el derecho a la protesta o manifestación fueron eliminados, según recogió El Universal.
N° 4940-23 Ordenanza Para L… by cd keys