Enmorochados CNE-MVR, por Teodoro Petkoff
Todavía nuestro postmoderno CNE, que prorrogó la hora de cierre de las votaciones porque según y que con las “captahuellas” podía saber a las dos de la tarde del domingo cuánta gente quedaba por votar, no ha podido proporcionar, pese a tamaña eficiencia cibernética, los resultados de las elecciones municipales. Sin embargo, cualesquiera que hayan sido, hay dos temas vinculados a esos resultados que deben ser retomados con máxima prioridad.
Uno es el del Estatuto Electoral y el otro el de las morochas.
El Estatuto Electoral (EE) aplicado por el CNE para estas elecciones no está vigente. Sin embargo, saltándose el propio Estatuto (cuyo artículo 1º lo limitaba a las elecciones del año 2000, dentro del contexto de la “transitoriedad” ) y pese a tres sentencias de la Sala Constitucional del TSJ, de enero y junio del 2004, que confirman el “agotamiento” de ese Estatuto en aquellas elecciones, el CNE lo utilizó ahora. Existiendo una Ley del Sufragio y Participación Política que no ha sido derogada, el CNE no puede aplicar ningún otro instrumento legal distinto a ella. El punto no es si el EE es bueno o malo sino que no está vigente y por tanto su aplicación es ilegal.
Los poderes públicos no pueden seguir pasándose por el forro la Constitución y las leyes. Estas fijan las reglas del juego, nos gusten o no, y la Sala Constitucional, que, según ella misma, es la única facultada para la interpretación de la Constitución, tendría que hacer valer sus sentencias y obligar al CNE a respetarlas.
Luego está el tema de las morochas. Este artificio, aplíquelo quien lo aplique, es claramente inconstitucional y, por ende, también ilegal, porque anula el principio de la representación proporcional. La Constitución establece (artículo 63) que “La ley garantizará el principio de la personalización del voto y la representación proporcional”.
Se trata, pues, de un principio constitucional, recogido en la Ley del Sufragio, en cuyo articulado se hace mención constante a este.
Las morochas, alcahueteadas por el CNE, permiten que un partido se desdoble en otro (MVR y UVE, por ejemplo) y a los cargos que obtiene por el “voto lista” sume los que alcanza “nominalmente”, de modo que el número total de cargos excede largamente la proporción de votos que haya podido obtener. Este mecanismo privilegia obscenamente a la primera fuerza, que como en el caso reciente, daría al MVR, con poco más del 50% de los votos, un número de concejales por arriba del 80% del total de ellos. Es obvio que esto liquida el principio de la representación proporcional. En el caso de las municipales, UVE no es un partido distinto al MVR. Es el mismo partido y sus concejales son militantes del MVR, de modo que el oficialismo, mediante las morochas, alcanza una representación en los concejos desmesuradamente mayor que la que le correspondería de acuerdo con la proporción de votos obtenidos. Si este truco se mantiene para las elecciones parlamentarias, el MVR puede lograr fácilmente, sin los votos para ello, más de dos tercios de la Asamblea Nacional.
¿Para qué, entonces, la Constitución, si Jorge Rodríguez la va a manejar según sus riñones?.