EsPaja | ¿En Chile aprobaron un proyecto de ley para reemplazar «mujer» por «persona menstruante»?

No hay un proyecto de ley que proponga sustituir la palabra «mujer» por «persona menstruante» en la globalidad de la legislación chilena. Lo que en realidad aprobó la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile el pasado 9 de mayo fue un proyecto de ley que promueve, resguarda y garantiza los derechos de las personas que menstrúan y allí sí está presente el concepto de «personas menstruantes»
Valentina Gil | EsPaja
Con el respaldo de 108 diputadas y diputados, siete abstenciones y 22 votos en contra, la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile aprobó el pasado 9 de mayo un proyecto de ley que promueve, resguarda y garantiza los derechos de las personas menstruantes.
Esta aprobación no significa que de ahora en adelante las mujeres serán calificadas como «personas menstruantes» en toda la legislación chilena. El uso del término se circunscribe a este proyecto de ley aprobado recientemente en la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile.
En el documento oficial se incluye a la mujer dentro de un grupo amplio que el proyecto de ley denomina «persona menstruante», según constató EsPaja.com. En este sentido, el documento sostiene que:
«no solo las mujeres, como tradicionalmente han sido concebidas por nuestra sociedad (es decir, personas cuya base biológica es el sexo femenino y, además, su identidad de género es también femenina) son las titulares de los derechos que esta ley busca establecer. También lo son las personas transgénero y fuera de una lógica binaria que tienen dicha condición biológica de menstruar, es decir, aquellas personas que nacen con una base biológica femenina, pero cuya identidad de género es diversa.».
El medio católico chileno infocatólico.com publicó en sus páginas un titular sobre la aprobación del proyecto que resultó engañoso y generó controversia en las redes sociales.
La norma en cuestión busca desmitificar la menstruación como un proceso de enfermedad y suciedad y facilitar el derecho al acceso a productos de gestión menstrual, los que además serán sometidos a un estricto control de calidad con el fin de asegurar que no contengan agentes dañinos que afecten al bienestar de las personas con capacidad para menstruar.
Además, fomenta la implementación de programas de acceso, para toda la población, a conocimiento e información veraz y adecuada sobre la menstruación y sus vínculos con la salud.
Durante la tramitación de la norma, el diputado del Partido Republicano Cristián Araya solicitó no incluir la denominación “personas menstruantes” para denominar a la población a la que va dirigida la ley, pero su moción fue rechazada por la comisión que optó por un criterio más amplio.
*Lea también: EsPaja | ¿Entidades bancarias abrirán los días sábados a solicitud de la Sudeban?
A raíz de este evento, varios usuarios en redes sociales aseguraron que la Cámara de Diputadas y Diputados busca borrar e invisibilizar a las mujeres, «las únicas que atraviesan el proceso biológico de la menstruación», tal como afirmó la diputada republicana Chiara Barchiesi durante su intervención. También la información fue replicada por algunos medios de comunicación.
El proyecto de ley para la promoción, resguardo y garantía de los derechos de las personas menstruantes deberá ser presentado, discutido y votado en la sala del Senado. Si recibe una segunda aprobación, el Tribunal Constitucional hará un control para asegurar que se respeta la Constitución. Si el proyecto de ley obedece la Constitución, posteriormente se convierte en ley y pasa al Presidente para que lo publique y lo dé a conocer.