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EsPaja | Seniat no prorrogó plazo para el pago del ISLR



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EsPaja
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TalCual | marzo 25, 2020

Ante la cercanía del vencimiento del plazo (31 de marzo) y la emergencia sanitaria declarada por el coronavirus que ha paralizado prácticamente el país, el portal web EsPaja.com verificó una información que circula a través de redes de Whatsapp, donde se asegura una prórroga del pago del ISLR por parte del Seniat

Por: Ligia Perdomo


De acuerdo con el portal web EsPaja.Com, la supuesta extensión del plazo para el pago del impuesto sobre la renta (ISRL) por parte del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), no existe.

Circula por Whatsapp la especie según la cual el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) extendió hasta el 30 de abril el plazo para el pago del ISLR. La información llegó mediante una captura de imagen de la cuenta de Instagram de Noticiero52, que afirma que el propio superintendente José David Cabello lo dio a conocer en su cuenta de Twiiter.

Al revisar el timeline de Cabello, EsPaja.com no encontró mención alguna al pago de Impuesto sobre la Renta. Desde el 12 de marzo, fecha en la que el gobierno nacional declaró en emergencia al sistema de salud por la pandemia de coronavirus, Cabello solo ha colocado información sobre el proceso de nacionalización de mercancías en los puertos, en dos ocasiones (18 y 20 de marzo) y retuiteado mensajes de distintas autoridades, entre ellas, del gobernante Nicolás Maduro, todos referidos al COVID-19.

Nada ha manifestado Cabello en torno a una prórroga en el pago del Impuesto sobre la Renta que vence el martes 31 de marzo, como lo asegura el mensaje que corre por Whatsapp. Por su parte, la cuenta del Seniat recuerda a los contribuyentes que deben declarar y pagar el ISLR antes del 31 de marzo.

*Lea También: Gobierno admite que se les descarriló en órbita el «satélite bolivariano»

La semana pasada, la primera de cuarentena nacional, el Seniat informó (19 de marzo) que no habría prórroga este año.

En 2019, el ente recaudador de impuestos otorgó un plazo adicional de un mes -hasta el 30 de abril- para que los contribuyentes pudieran cumplir con el compromiso, en vista de los varios apagones (interrupción prolongada en el servicio eléctrico a nivel nacional) de marzo que paralizaron la economía del país. La falta de energía e Internet  mantuvo a los bancos cerrados en primer lugar y luego en horario restringido, mientras que las conexiones a la red de redes presentaron fallas durante todo el mes, factores indispensables para el pago del tributo.

Por cierto, que otro de los mensajes que se difunde por Whatsapp esta semana y contribuye a causar confusión, es precisamente la nota que hizo el diario carabobeño Notitarde el 26 de marzo de 2019, cuando José David Cabello hizo el anuncio -esa vez sí- a través de su cuenta personal en Twitter.

La escasa cultura de los venezolanos a leer completas las informaciones que corren por Whatsapp o redes sociales, lleva a muchos a quedarse con lo primero que leyeron. Es así como muchos optaron por no abrir el enlace de la nota, donde claramente se observa que corresponde a marzo de 2019 y no de 2020. Este es el tuit al que hace mención el texto de Notitarde el 26 de marzo de 2019.

Hasta la tarde de este 25 de marzo el Seniat no ha otorgado ninguna prórroga, como lo han solicitado los distintos gremios empresariales y líderes opositores al gobierno de Maduro, en atención a la emergencia en la que se encuentra el país por el coronavirus y que mantiene sin operaciones a la mayor parte de la actividad económica.

Los contribuyentes, sean personas naturales o jurídicas, tienen hasta el 31 de marzo para declarar y pagar el ISLR correspondiente al ejercicio fiscal 2019, período al que aplica una unidad tributaria de 50 bolívares.

¿Quiénes deben hacerlo? Las personas naturales con ingresos netos iguales o superiores a 1.000 unidades tributarias (UT), Bs 50.000, bajo relación de dependencia, o ingresos brutos iguales o superiores a 1.500 UT (Bs 75.000) para quienes no tengan relación de dependencia.

Todas las jurídicas deben declarar el ISLR, independientemente de que hayan registrado pérdidas  o ganancias.

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