Familiares de exprofesor del Emil Friedman denuncian que desconocen su paradero
Aseguran que cuando Marín salió del Palacio de Justicia fue trasladado a otro centro de reclusión porque sacaron sus pertenencias de la celda y nunca llegó a Yare III
Familiares y abogados defensores de Richard Marin, exprofesor de natación del Colegio Emil Friedman, denuncian que se encuentra desaparecido dentro del sistema carcelario venezolano, ya que desde el miércoles 6 de febrero cuando fue llevado al Palacio de Justicia para la imposición de la sentencia, no lo regresaron a su sitio de reclusión en el penal Yare III.
Marín se negó a firmar la sentencia por considerar que el juicio estuvo lleno de irregularidades y al terminar la presentación en el tribunal fue trasladado a otro centro de reclusión que la familia aún desconoce. Esta información la conocieron de manera extraoficial los familiares porque se enteraron que habían sacado sus pertenencias de la celda y se las llevaron.
En la sentencia dictada el 16 de enero, el juez 26 penal de Caracas, Jimmy Carpio, dictó sentencia de 30 años de prisión contra Richard Marín por los delitos de abuso sexual a tres menores de edad y ordenó que la condena se cumpliera en la cárcel de Yare III.
Después de que han transcurrido 72 horas sin conocer el paradero de Marín, sus familiares expresan que temen por su vida e integridad física. «Responsabilizamos al Estado venezolano de cualquier cosa que pueda sucederle. No hay ningún motivo para que lo hayan movido del centro de reclusión que ya fue indicado de manera clara por el tribunal», dijo Eunice Vargas, esposa del exprofesor.
Agregó que esta situación «coincide con el periodo que tiene la defensa para apelar la decisión y me atrevo a decir que quienes han estado detrás de esta injusticia, no quieren que este caso llegue a segunda instancia, debido a que esto sería volver a ventilar todos los vicios que han acompañado al proceso y la oportunidad de exponer todas las pruebas que demuestran la inocencia de Richard».
La defensa de Marín insiste en la necesidad de que los familiares sean informados de inmediato sobre el sitio de reclusión y que el Estado garantice su vida porque especifican que «la muerte del imputado es causal de la extinción de la acción judicial y pierde sentido el proceso. Este supuesto no solo sería una aberración y una injusticia, sino perder el derecho de conocer la verdad y que se haga justicia con las víctimas».