¿Fiscalía oculta y evade responsabilidades por tortura en caso Acosta Arévalo?
La tortura involucra dentro de las acusaciones penales a toda la cadena de mando, pues este tipo de delito no genera solo responsabilidades individuales
La muerte del capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo trajo muchas interrogantes sobre cómo operan los cuerpos de seguridad y el sistema de justicia venezolano.
Desaparecido durante siete días, presentación ante un tribunal militar fuera de los rangos que establece la ley y su deceso tras denuncias de tortura son algunos de los puntos que rodean el caso Acosta Arévalo, y sobre los que la Asamblea Nacional, abogados, activistas de derechos humanos y la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los DDHH han hecho énfasis.
Un día después de la muerte del militar activo de la Armada, el fiscal impuesto por la asamblea constituyente, Tarek William Saab, anunció que ya se habían iniciado las investigaciones.
Para el lunes 1° de julio, se conoció que un teniente y un sargento segundo de la Guardia Nacional y adscritos a la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) fueron acusados por un solo delito: homicidio preterintencional concausal.
Ese lunes, la Alta Comisionada de la ONU advertía que en el caso de Acosta Arévalo se habían configurado los presuntos delitos de desaparición forzada y torturas, además del asesinato intencional, y lamentó que no se hayan incluido dentro de los cargos a imputar.
Y es que según las denuncias hechas por la defensa del capitán de corbeta y sus familiares, el viernes 28 de junio al ser presentado ante tribunales militares, Acosta Arévalo llegó en silla de ruedas, no podía articular palabras y tenía evidentes signos de tortura.
¿Qué imputa Fiscalía?
El abogado y exdirector de actuaciones procesales del Ministerio Público, Zair Mundaray, explica que este tipo de homicidio que calificó el Tribunal 36 de Control se aplica cuando alegan que el dolo, es decir, lo que el sujeto activo quiere es “lesionar, dañar o causar sufrimiento, pero no matar”.
“La consecuencia se pena a título de homicidio porque excede lo que quería el sujeto al cometer esa acción, por eso es preterintención: antes de la intención. Se entiende que la muerte es consecuencia directa de lo que el sujeto hace pero no es como el homicidio intencional”, dice Mundaray.
El abogado además refiere que los fiscales actuantes y al propio Saab, a quienes califica como “delincuentes y descarados”, agregan la concausa que es “una condición patológica y médica que tiene la víctima y lo que ocasiona la muerte y además debe ser desconocida para el sujeto activo”.
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Un ejemplo de ello es lo que ocurriría con una persona hemofílica. “Si usted lo corta, eso le ocasiona una hemorragia que por su propia patología no se puede frenar, pero la cortada por sí misma no era mortal”.
La activista de derechos humanos y coordinadora de Laboratorio de Paz, Lexys Rendón, señala que con este tipo de imputación se exculpa a los presuntos torturadores, “diciendo que no tenían intención de matarlo sino que después de la tortura y maltratos fue una precondición o un imprevisto lo que lo mató, revictimizándolo, casi culpándolo de su propia muerte. Es inaceptable”.
Exculpar a torturadores, diciendo que no tenían intención de matarlo sino que después de la tortura y maltratos fue una precondición o un imprevisto lo que lo mató, revíctimizandolo, casi culpándolo de su propia muerte es inaceptable. Su familia, el país merece respeto y Justicia
— Lexys Rendón (@lexysrendon) 1 de julio de 2019
Mundaray menciona que durante su ejercicio como fiscal durante 20 años en Venezuela, “me sobran los dedos de la mano para conseguir una imputación por concausa. Son casos muy particulares y desde el punto de vista médico legal debe estar absolutamente acreditado que fue la concausa la razón de la muerte. Es imposible que en 24 horas eso se haya sabido y menos con una autopsia chucuta”.
El hecho clave
Aquí lo que se trata de evitar es la aplicación de la Ley especial contra la Tortura, afirma Zair Mundaray. “Esta ley sí establece una pena de entre 20 y 25 años. Torturar en Venezuela es más grave que matar porque un homicidio simple tiene pena de 12 a 18, pero una tortura tiene pena de 15 a 25 años”.
De aplicarse el delito de tortura, también se tiene que involucrar dentro de la acusación penal a toda la cadena de mando, pues la tortura no genera solo responsabilidades individuales.
“Se tiene que investigar quién ordenó la tortura o quién propició las condiciones para que eso ocurriera. Todo eso se lo evitan con esta calificación que es una burla porque al momento de la acusación, ellos (militares) pueden admitir los hechos, salen con una pena menor y la ejecución de la pena es en libertad por medio de cumplimientos alternos de la pena”, refiere el abogado.
Todos los involucrados en el delito de tortura tienen penas similares, desde quien la ordena hasta la persona que supo pero no lo denunció a las autoridades, según establece la Ley especial.
Pero en este caso tampoco se contempló una acusación por trato cruel, inhumano o degradante a pesar de que con el delito de “homicidio preterintencional concausal” se confirma que hubo la intencionalidad de dañar a la víctima. El abogado destaca que una imputación por tratos crueles también necesita que se investigue la cadena de mando “porque no es un tema individual ni aislado”.
Hay por lo menos tres falencias fundamentales en este caso que tiene un solo objetivo, advierte Mundaray, “contribuir con ellos para evitar que sean sancionados conforme al ordenamiento jurídico y burlando una serie de acuerdos internacionales sobre tortura. Venezuela ha suscrito todos los acuerdos internacionales para prevenir y erradicar la tortura. Esto que están haciendo es para lavarse la cara y decir ‘sí actuamos’ pero eso no es la calificación correcta y las personas van a salir de inmediato”.
Mientras que Lexys Rendón añade que al imputar el homicidio preterintencional concausal “es una carta aval para torturadores”, pues se demuestra que es una “práctica que goza del amparo y consentimiento estatal garantizando que, en casos excepcionales, las penas sean mínimas y nunca imputaciones por crímenes de lesa humanidad”.
La autopsia necesaria
El capitán de corbeta murió la madrugada del sábado 29 de junio. Desde entonces, sus familiares y abogados reclaman que se les entregue el cuerpo, que fue sometido a una autopsia, cuyos resultados oficiales se supo por la filtración de un periodista.
El abogado Mundaray también obtuvo datos sobre algunos de los hallazgos médicos al cadáver de Acosta Arévalo, como la fractura de 16 arcos costales en ambos lados del cuerpo, quiebre del tabique nasal, excoriaciones (raspones) en hombros, codos y rodillas, además de hematomas en varias partes del cuerpo, como muslos y espalda.
#URGENTE Estos son algunos de los hallazgos médico legales en el cuerpo del c/c asesinado: 16 arcos costales fracturados, 8 de cada lado, las 3 primeras y la ultima en buen estado, de ambos lados. Fractura de tabique nasal, excoriaciones en hombros, codos, rodillas, hematomas en
— Zair Mundaray (@MundarayZair) 3 de julio de 2019
El exfiscal explica que para incluir el delito de tortura dentro de las acusaciones son necesarios los resultados de la autopsia, que debió ser hecha siguiendo el Protocolo de Minnesota debido a los elementos visibles de agresión física que tenía el militar al momento de su muerte.
“Tú no puedes calificar de menos porque cuando vayas por más necesitas nueva imputación, y eso es lo que están haciendo. Calificar lo mínimo posible es para que haya una admisión de hecho y salgan en libertad. Eso es todo. Aquí hay una protección a los torturadores”, resalta Zair Mundaray.
Según el levantamiento, si está bien sustentando se puede llegar a calificar el delito de tortura, afirma el abogado. “El levantamiento lo hace un forense, pero no el anatomopatólogo. Con esas observaciones el fiscal puede calificar los delitos y después se despliega la investigación, pero aquí ocurrió todo lo contrario”.
Protocolos contra torturas
El Protocolo de Minnesota, cuya aplicación también solicitó la Asamblea Nacional, es un documento que permite investigar una muerte potencialmente ilícita y establece una serie de directrices en la forma de conducir una investigación.
En el caso específico de las autopsias, se establece un listado de hallazgos médicos que deben llenar los especialistas, dependiendo del tipo de torturas al que haya sido sometida la persona.
La última revisión de este Protocolo se realizó en 2016 y las huellas de las posibles torturas son de obligatoria descripción desde el levantamiento del cadáver.
En el manual que estableció la ONU se recomienda crear una comisión independiente para determinar las causas de la muerte de la persona, y donde deben participar expertos en ciencias jurídicas, médicas y forenses. En casos en donde el Estado pueda estar involucrado o los resultados de la investigación puedan ser parciales, se tiene previsto la creación de una comisión investigadora especial.
En un acuerdo aprobado por el parlamento venezolano el 2 de julio, se requiere al Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas la creación de una comisión investigadora especial para este caso, pero Mundaray explica que hay una debilidad: “La petición debe ser hecha por los Estados”.
Hasta los momentos, las Naciones Unidas siguen reconociendo a Nicolás Maduro como Presidente de la República, por lo que la solicitud de investigación debería salir de su despacho al reconocer su poca capacidad de llevar adelante estos exámenes.
Y Mundaray asevera que es así: “En realidad casi no tienen la capacidad técnica para realizar estas investigaciones porque la mayoría de los expertos formados en el Protocolo de Minnesota del Ministerio Público, pertenecían a la Unidad de Criminalística de Vulneración de Derechos Fundamentales y muchos se encuentran fuera del país debido a la persecución”.
Estas investigaciones independientes van a tener que hacerse en un futuro como el caso de Fernando Albán y Óscar Pérez, opina el abogado. “Va a haber que exhumar esos cuerpos para estas investigaciones, y se puede porque si hemos investigado casos de 30 años atrás conociendo la ubicación del cadáver, se pide la ayuda internacional”.