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Guaidó se asegura los votos de presidente con modificación del Reglamento de la AN



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Luisa Quintero | diciembre 17, 2019

El parlamento virtual, una propuesta que surgió hace meses de la Comisión de Política Interior, fue aprobada por 93 diputados en la segunda sesión extraordinaria del martes 17 de diciembre


El parlamento venezolano aprobó la modificación parcial del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional (Ridan) con los que se permitirá la participación de diputados exiliados, perseguidos o en clandestinidad en las sesiones ordinarias; una jugada política que le garantiza a Juan Guaidó los votos para ser reelecto como presidente del poder Legislativo el 5 de enero de 2020.

La petición para modificar tres artículos del Ridan (referentes a la presencia de los diputados, las comisiones y las sesiones) se hizo casi al finalizar la primera sesión extraordinaria del día. Guaidó dijo que habían recibido una solicitud de diez parlamentarios para proceder a la modificación inmediata del Reglamento.

Esto se hizo en base a la disposición transitoria segunda del Ridan, que establece que “La reforma de este Reglamento podrá ser total o parcial a solicitud, al menos, de diez diputados y acordada por la mayoría, en sesión convocada al efecto”.

La modificación al Reglamento causó revuelo dentro de la bancada del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Ya Francisco Torrealba, vocero de esa fracción, había advertido que intentar cambiar el Ridan era inconstitucional, pues tradicionalmente el parlamento venezolano trabaja de forma presencial y además se pretendía “anular la presencia de los diputados suplentes”.

El G4 sabe que no cuenta con los votos necesarios para su reelección por eso desconoce a los diputados suplentes de ambas bancadas, además de querer implementar un parlamento virtual como otros de sus intentos desesperados. #IdearioBolivariano @NicolasMaduro pic.twitter.com/6gkkJA0F08

— Francisco Torrealba (@torrealbaf) December 17, 2019

La diputada Dennis Fernández, presidenta de la Comisión de Política Interior, recordó que esta disposición y las modificaciones al reglamento vigente se hicieron durante la presidencia de Cilia Flores, actual primera dama, y por tanto pidió “paciencia” a sus colegas del PSUV para escuchar cuáles eran esas modificaciones a este instrumento que rige el funcionamiento de la Asamblea Nacional.

“La Asamblea Nacional es el máximo órgano legislativo del país. En años anteriores la tecnología ha crecido a pasos agigantados permitiendo a los gobiernos del mundo realizar sus obligaciones apoyados en esos avances tecnológicos”, explicó la parlamentaria.

Por ello, indicó que para hacer eficaz la participación de todos los diputados e incluso el avance del poder Legislativo hacia nuevas tecnologías es lo que está plasmó en esa modificación, que la Comisión que preside había manejado desde julio.

“No es una tragedia o una imposición, es una decisión de este cuerpo legislativo al que le corresponde revisar este reglamento. Aquí se preserva lo establecido en la Constitución”, aseveró Fernández.

¿Qué dicen las modificaciones?

La secretaría fue la encargada de leer las modificaciones a los artículos. El primer cambio fue al artículo 13, en su numeral cuarto, que ahora establece que los diputados deben “Asistir puntualmente y permanecer en las sesiones de la Asamblea Nacional, comisiones y subcomisiones, salvo causa justificada, en cuyo caso deberá garantizar la incorporación de su suplente. En aquellos casos de diputados y diputadas que por motivos de persecución política u otras de fuerza mayor no puedas asistir presencialmente, este deber podrá ser cumplido por mecanismos no presenciales que empleen tecnologías de la información y la comunicación”.

Con esto se permite que más de 40 parlamentarios que se encuentran en el exilio, refugiados en sedes de embajadas o la clandestinidad puedan participar de las sesiones. Lo que no explica este artículo es bajo qué supuesto concreto participa el diputado principal y no se incorpora su suplente (como se realiza actualmente), o cuáles son esas otras causas de fuerza mayor que se aluden, además de la persecución política.

El segundo artículo modificado fue el número 46, que establece que “las Comisiones permanentes, ordinarias y especiales de la Asamblea Nacional podrán instalarse, funcionar y decidir todos sus asuntos por la mayoría absoluta de los presentes. De igual manera, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 13 de este Reglamento, se admitirá el uso de tecnologías de la información y de la comunicación a los fines de la participación virtual de los diputados principales o suplentes, para garantizar el quorum, la deliberación y la votación”.

Por último, se modificó el artículo 56 sobre la naturaleza de las sesiones y se incluyó que “en los casos previstos en el artículo 13, numeral cuarto de este Reglamento, y cuando sea necesario para asegurar el correcto funcionamiento de la Asamblea Nacional mediante decisión razonada de la junta directiva, se permitirá la participación a través del uso de tecnologías de la información y de la comunicación para alcanzar el quorum, deliberar y decidir”.

Con esto, la junta directiva se da la potestad para decidir qué diputado participa en la sesión bajo estos supuestos que establece el Reglamento. La diputada María Beatriz Martínez aseveró que esto se trata de una decisión eminentemente política con la cual se hace frente a la persecución que emprendió el régimen de Nicolás Maduro contra parlamentarios opositores desde 2016 a través del Tribunal Supremo de Justicia.

Mientras el subjefe de la fracción del PSUV, Willian Gil, dijo que los 93 diputados que aprobaron estos cambios (incluidos Eustoquio Contreras, Arkiely Perfecto y Zandra Castillo, que pertenecieron a esa bancada) violan la Constitución «para que voten en el extranjero los diputados prófugos de la justicia e imponerse el 5 de enero».

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