INAC relaja regulación para vuelos comerciales de aeronaves privadas extranjeras
Estos cambios se aplican en un intento por impulsar las operaciones turísticas del país, haciendo más atractivo para aeronaves privadas extranjeras ofrecer vuelos en Venezuela
El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) actualizó el marco regulatorio que norma las operaciones de aeronaves privadas extranjeras en Venezuela, con lo que amplió los períodos de vigencia de los distintos permisos que otorga, también los destinos a los cuales pueden volar estos aviones y disminuyó el precio de las tarifas para tramitar los permisos operacionales.
La nueva regulación fue publicada en la Gaceta Nº 42.823, con fecha del 21 de febrero de 2024, mediante la cual se derogó el reglamento previo, establecido en la Gaceta Oficial N° 41.185 del 3 de julio de 2017.
El abogado aeronáutico Rodolfo Ruiz explicó en su página web algunos de los cambios que supone esta normativa con respecto a la derogada, aclarando que se redujeron las tarifas que cobra el INAC para tramitar permisos de vuelo.
El permiso de un año se fijaba en $25.000 y ahora pasó a $1.860, mientras que su renovación se redujo de $35.000 a $1.422. En cuanto al de 90 días, se ajustó de $5.000 a $450. El de 15 días se dijó en $120, el de 30 días en $230 y el de 180 días en $900.
Por ota parte, se amplían las opciones al momento de operar vuelos nacionales, puesto que se incluyen Canaima y Los Roques como destinos, dejando únicamente la isla La Tortuga como lugar exclusivo para aeronaves nacionales.
Ruiz detalló que se introducen permisos operacionales con vigencia de siete, 15, 30 y 180 días, que se añaden a los ya existentes de 90 y 365 días, mientras que se eliminó una licencia de 72 horas.
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El permiso de siete días puede ser tramitado por correo electrónico y faculta a las aeronaves privadas con matrícula extranjera permanecer en el país por un período máximo de siete días. Se pueden tramitar máximo dos permisos no consecutivos por mes y un total de seis por año.
En cuanto al permiso de 15 días, faculta al operador a realizar vuelos comerciales nacionales entre aeropuertos venezolanos. Debe ser solicitado en persona ante el INAC y tiene como limitante tramitarse una vez cada dos meses.
Los permisos de 30, 90 y 180 días comparten las mismas características. La diferencia es que el primero puede ser tramitado trimestralmente, el segundo cada ocho meses y el último de forma anual.
Finalmente, el permiso de un año requiere la tramitación de un certificado de Admisión Temporal ante el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat). Más allá del año, puede ser renovado por el mismo período de tiempo.
En la opinión de Ruiz, estos cambios se aplican en un intento por impulsar las operaciones turísticas del país, haciendo más atractivo para operadores privados extranjeros ofrecer vuelos en Venezuela.
«Son, sin duda, medidas orientadas a incrementar el número de operaciones de aeronaves de aviación general con matrícula extranjera en Venezuela, y por consiguiente, la recaudación de derechos, tasas y contribuciones por concepto de sobrevuelos y servicios aeroportuarios inherentes a dichas operaciones, y el turismo receptivo en el país», recalcó.