Palabras, palabras, palabras, por Américo Martín
La inmunidad parlamentaria se ha perfeccionado desde el 19 de abril de 1810, que empalmó con el primer parlamento de España, redactor de la Constitución de Cádiz. Aquella institución peninsular consagró la inviolabilidad de la “persona” de los diputados con argumentos que emplearán todas las Leyes Fundamentales liberal-democráticas para referirla a “los votos y opiniones” de los integrantes del Poder Legislativo. Sin semejante garantía, el Legislativo será esclavizado por el Ejecutivo. Sin Congreso autónomo no quedan vestigios de autonomía, democracia o libertad.
La inmunidad parlamentaria venezolana fue sometida a suplicio desde la amplia victoria de la oposición en las elecciones de 2015. Son grotescas las causas invocadas por el gobierno para despojar de ella y de su libertad personal a los diputados Requesens y Borges. A falta de argumentos, voceros oficialistas van a las comparaciones y específicamente a la detención de diputados de izquierda durante estallidos bélicos como el carupanazo, el porteñazo y el cruento asalto al tren del Encanto, universalmente condenado incluso por el MIR y dirigentes como Pompeyo y Teodoro, quienes más tarde fundarán el MAS.
De mis errores he dado larga cuenta pero nunca estuve ni estaré de acuerdo con la detención de parlamentarios saltándose el procedimiento constitucional, que no por casualidad se ha consolidado desde la fundación de las Repúblicas hemisféricas. Estaba vigente la Constitución del 61, fruto de una confluencia casi total del pentagrama político»
En lo relacionado con la inmunidad parlamentaria, la del 61 y la de Hugo Chávez en 1999, coinciden en lo fundamental. El problema comienza cuando se infringen los preceptos. El artículo 143 de la de 1961, dice:
- Los senadores y diputados gozarán de inmunidad “desde la fecha de su proclamación”…
Exactamente lo mismo, el 200 de la de 1999:
- Los diputados y diputadas de la AN gozarán de inmunidad…. “desde su proclamación”.
No obstante tan diáfano mandato, el régimen decidió que diputados de Amazonas no ejercerían porque aún no se habían juramentado. Ese despojo prefiguró lo que ahora presenciamos. Al diputado Requesens lo meten preso y a Borges lo someten a persecución aunque la Constitución diga que de sus presuntos delitos conocerá privativamente el TSJ “única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la AN, su detención”.
No han sido sometidos a juicio, usurpan atribuciones del TSJ y la AN, y con la acusación inaudita de un desconocido reproducen la Inquisición, que torturaba y mataba a partir de denuncias especiosas contra víctimas indefensas. Esa caricatura de justicia fue barrida ideológicamente por el Iluminismo del siglo XVIII.
Y acogerse al “mal de muchos” invocando detenciones de parlamentarios en 1962, olvida la diferencia básica: la izquierda había declarado la guerra y constituido un amplísimo y eficaz dispositivo militar, en tanto que la oposición democrática actual no se aparta de la Constitución ni empuña armas. La guerra no justifica, claro, pero explica.
La penosa zarandaja de que “la revolución salva para la historia”, al igual que el lánguido “hecho en socialismo” sin discernir de qué se trata, visten la tragedia nacional de vacío, oquedad, aire, cero, nada.
Palabras, palabras, palabras