TSJ se salta las leyes y pide a la ANC allanar inmunidad parlamentaria de Juan Guaidó
El TSJ también declaró el «desacato» de Guaidó a la sentencia de la sala plena y se le impuso una multa de 200 Unidades Tributarias que podrá apelar
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia solicitó a la impuesta asamblea constituyente el allanamiento de la inmunidad parlamentaria de Juan Guaidó, presidente de la Asamblea Nacional, por supuestamente violar una sentencia del TSJ.
«Se ordena remitir copia al presidente de la ANC (Diosdado Cabello), a los fines del allanamiento de la inmunidad parlamentaria en su condición de diputado por el estado Vargas», dijo el presidente del TSJ, Maikel Moreno, al leer las disposiciones finales de la nueva sentencia contra Guaidó.
Además, el TSJ declaró el «desacato» de Guaidó a la sentencia de la sala plena y se le impuso una multa de 200 Unidades Tributarias (Bs. 10.000) que podrá apelar.
La Constitución vigente establece en su artículo 200 que:
«Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento.
En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia. Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley».
Por ello, la única autoridad vigente para autorizar el allanamiento de la inmunidad de Guaidó sería la propia Asamblea Nacional que dirige; pero desde la elección de la impuesta ANC, este órgano ha realizado este procedimiento contra los diputados Julio Borges y Juan Requesens.
*Lea también: ¿Qué es la inmunidad parlamentaria y cómo puede ser allanada?
Moreno también indicó que la ponencia fue hecha por el magistrado Juan José Mendoza, presidente de la Sala Constitucional, donde se ratifican las medidas de prohibición de salida del país sin autorización hasta tanto no culmine la investigación, prohibición de gravar y enajenar bienes de su propiedad, bloqueo o inmovilización de cuentas bancarias.
Esta sentencia será remitida para completar «las actuaciones al Fiscal general de la República para cumplir con el enjuiciamiento a altos funcionarios».
Como motivación de la sentencia, Maikel Moreno dijo que es «público, notorio y comunicacional» que el TSJ acordó medidas como la prohibición de salida del país, y que supuestamente Guaidó incumplió.
Fuentes informaron a TalCual que dicha decisión se tomó con el voto salvado de los magistrados Danilo Mojica y Marisela Godoy.
Salvé mi voto, decisión Sala Plena q autoriza en enjuiciamiento a JUAN GUAIDÓ sin Antejuicio de Mérito.
— danilomojica, Ph.D (@danilomojica) 1 de abril de 2019