Juan Pablo Guanipa se suma a la lista de diputados en la clandestinidad
A Juan Pablo Guanipa se le señala de estar involucrado en los sucesos del 30 de abril, como a otros 18 diputados opositores desde mayo
El diputado Juan Pablo Guanipa (Primero Justicia – Zulia) se sumó a la lista de diputados que se mantienen de forma clandestina en Venezuela, luego de que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitiera una sentencia donde ordena el allanamiento de su inmunidad.
La información fue confirmada por el parlamentario José Sánchez (Un Nuevo Tiempo – Zulia), suplente de Guanipa, quien asumirá a partir de ahora la curul que deja el parlamentario.
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En una publicación en sus redes sociales, Guanipa aseguró que no «vale la pena» analizar las sentencias del TSJ pues es una «estupidez que significa acusar a diputados que defendemos la República, de delitos que realmente han cometido quienes usurpan el poder en Venezuela».
A Juan Pablo Guanipa se le señala de estar involucrado en los sucesos del 30 de abril, como a otros 18 diputados opositores desde mayo. En esa fecha, un grupo de militares se alzó en armas contra Nicolás Maduro, desconociéndolo como gobernante venezolano y brindado su apoyo a Juan Guaidó, presidente de la AN y quien se juramentó en enero como mandatario encargado, obteniendo el reconocimiento de 54 países.
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Al parlamentario se le acusa, en la sentencia número 58 de la Sala Plena del TSJ, de los presuntos delitos de traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones; instigación pública a la desobediencia de las leyes y al odio.
Esta sentencia no respeta las previsiones constitucionales sobre el enjuiciamiento a funcionarios de altos cargos. Tampoco toma en cuenta las disposiciones sobre la inmunidad parlamentaria.
El artículo 200 de la Constitución establece que los diputados deben ser sometidos a un antejuicio de mérito de ser investigados y enjuiciados por cometer un presunto delito. Además, para allanarse la inmunidad, será a través de un procedimiento que realiza el Parlamento venezolano, previa solicitud del TSJ.
Pero el procedimiento que ha utilizado el poder Judicial es ordenar el pase a juicio en tribunales penales ordinarios, pues se alega que al ser “delitos comunes” no corresponde el antejuicio de mérito.
Mientras, el allanamiento le corresponde a la impuesta asamblea constituyente, un órgano que se autodenomina como «supraconstitucional» y ha reemplazado las funciones de la Asamblea Nacional en estos casos.