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Jueces no convalidan ataques de Diosdado Cabello a la prensa en Nueva York



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Xabier Coscojuela | abril 27, 2018

La rápida respuesta de la justicia de Estados Unidos contrasta con la lentitud de la justicia venezolana, la cual aplica penas anticipadas a los demandados por Diosdado Cabello


La velocidad con que actúa la justicia parece ser directamente proporcional a la libertad de los jueces. En el caso de la demanda de Diosdado Cabello contra el diario estadounidense Wall Street Journal se resolvió en dos años.

En Venezuela, el primer juicio contra TalCual se inició hace cuatro años y desde ese momento sus directivos están pagando una pena anticipada.

La referida demanda fue introducida en marzo de 2014 ante la juez Bárbara Cesar, quien sin escuchar a los demandados acordó medidas restrictivas a sus libertades al obligarlos a presentarse semanalmente ante el tribunal y prohibirles salir del país. Las medidas se mantienen vigentes. Cesar después de esta actuación ascendió a magistrada del Tribunal Supremo de Justicia.

Dichas medidas fueron impuestas a Teodoro Petkoff, Manuel Puyana, Francisco Layrisse, Juan Antonio Golia y Carlos Genatios, autor del artículo en el que basó su demanda Cabello, quien solicitó la aplicación de las mismas restricciones en la segunda demanda que introdujo contra este medio por replicar la información aparecida en el diario español ABC en la que su escolta, Leamsy Salazar, lo implicaba en el tráfico de drogas.

Manuel Puyana, directivo de TalCual, uno de los afectados por la demanda junto con El Nacional y La Patilla hizo un paralelismo entre el fallo en el caso del periódico estadounidense y lo ocurrido con los tres medios venezolanos.

Es increíble que Cabello haya pagado miles de dólares a un bufete de abogados para que lo defienda en los tribunales de Nueva York y que haya perdido dos veces la demanda, mientras que los tribunales venezolanos no se atreven a cumplir las leyes nacionales por vergüenza o por temor a Cabello, afirma Puyana.

Por su parte, el abogado de TalCual, Humberto Mendoza de Paola, señala que existe una doctrina y jurisprudencia española que se refiere a la “pena del banquillo”, la cual consiste en llevar a juicio a una persona sin tener una base legal suficiente para ello, pero sufren una pena de escarnio y humillación.

En Venezuela los jueces, dice Mendoza, han puesto en práctica una versión endógena de esa doctrina, “han encontrado una cualidad más efectiva que la de estigmatizar al encausado, cual es: o la pérdida de su libertar o la sujeción a medidas restrictivas de la misma por tiempo indefinido, causando una tremenda pérdida en los derechos de los acusados y sus familias», apunta el defensor de TalCual.

Puyana va más allá: “No sabemos si es por vergüenza o por temor a Cabello que los tribunales nacionales no sentencian”, quien reitera que ya el caso está prescrito, “llevamos más de tres años por lo de ABC y el límite son 18 meses”.

Si se aplicara el Código Orgánico Procesal Penal, ambos juicios a los que están sometidos estarían prescritos, ya que el juicio no debería haber durado más de 18 meses y cuando los acusados han demandado esta irregularidad al juez La Rosa ni siquiera han recibido respuesta, precisa Mendoza, quien resalta que mientras en Estados Unidos el caso fue conocido y resuelto por dos tribunales, en Venezuela el juicio realmente ni siquiera se ha iniciado, pero los demandados están siendo castigados.

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