Jueces penales no podrán atender casos de tortura
Para la organización Transparencia Venezuela, la sentencia de la Sala Constitucional del TSJ de tratar los casos de tortura como actos administrativos regulares, supone un retroceso en los esfuerzos contra la violación de derechos humanos en el país, principalmente cuando las autoridades venezolanas están bajo investigación en la Corte Penal Internacional (CPI) por la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad, sobre todo en 2017 durante las protestas antigubernamentales
En Venezuela, la tortura es un delito grave, y desde 2013 existe una ley especial para castigar a los torturadores. No obstante, por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), estos casos se tratarán como actos administrativos irregulares, según publicó el portal Suprema Injusticia, iniciativa de Transparencia Venezuela.
“La decisión la adoptó la Sala Constitucional del TSJ en su sentencia número 966, en la cual se declaró incompetente para conocer la acción de amparo que los abogados de un presunto narcotraficante solicitado en Estados Unidos interpusieron en 2017 en contra del comisario Gerardo Contreras, responsable de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol), por presuntamente torturar a su cliente”, señala Suprema Injusticia.
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Para la organización Transparencia Venezuela, la sentencia de la Sala Constitucional, supone un retroceso en los esfuerzos contra la violación de derechos humanos en el país. Y más cuando las autoridades venezolanas están bajo investigación en la Corte Penal Internacional (CPI) por la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad, sobre todo en 2017 durante las protestas antigubernamentales.
La ponente fue la presidenta del TSJ, magistrada Gladys Gutiérrez, que está al frente de la Sala Constitucional del TSJ. Desde mayo de 2021 también el cargo de embajadora de Venezuela ante la CPI y ante la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas.