Jurisdicción de Kumarakapay hará juicio indígena a pemones acusados de terrorismo
La operación Aurora consistió en el asalto de varios cuarteles e instalaciones policiales el 22 de diciembre de 2019, de donde se sustrajeron armas y municiones. Supuestamente, un grupo de pemones armados actuaron junto a funcionarios activos y retirados de la Guardia Nacional
El coordinador nacional de pueblos indígenas del Foro Penal, Olnar Ortiz, informó que el próximo 10 de febrero se realizará en Kumarakapay el juicio indígena a los 12 pemones acusados de terrorismo, por su presunta vinculación con la Operación Aurora, que tuvo lugar el 22 de diciembre de 2019.
El abogado explicó que el juicio indígena del pueblo pemón se realizará bajo la jurisdicción endógena, establecida en la Constitución nacional y la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (Lopci).
“Cuando se les otorgaron medidas cautelares se acordó que serían presentados ante el Consejo de Ancianos, es decir, hacerles su justicia propia y eso es lo se va a hacer. Posteriormente se va a llevar a los tribunales donde va la causa, y buscar la forma de que en este caso el tribunal homologue la decisión que va a emitir el Consejo de Ancianos, para dar por culminado el proceso de los 12 pemones”, detalló Ortiz.
La operación Aurora consistió en el asalto de varios cuarteles e instalaciones policiales el 22 de diciembre de 2019, de donde se sustrajeron armas y municiones. Supuestamente, un grupo de pemones armados actuaron junto a funcionarios activos y retirados de la Guardia Nacional.
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Entre el 29 y 30 de diciembre de ese año comenzó la persecución y detuvieron a 13 pemones de la comunidad de Kumarakapay, a quienes imputaron por los presuntos delitos de asociación para delinquir, conspiración contra la forma política, terrorismo y sustracción de armas de fuego o municiones en resguardo.
Aunque la medida de privativa de libertad se cumpliría en la sede de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim), en Boleíta, el 12 de mayo de 2020 fueron trasladados a la cárcel de El Rodeo II, sin notificación al tribunal. Fue allí donde el 3 de enero de 2021 murió Salvador Franco por desnutrición y tuberculosis.
El 13 de febrero de 2021 fueron excarcelados bajo medidas cautelares los 12 pemones restantes, trasladados luego a Santa Elena de Uairén.
Indígena jivi cumple un año sin juicio
El pasado 4 de febrero, el indígena jivi Simón Antonio Sosa Prieto cumplió un año de su detención por efectivos de la Fuerza Armada Nacional durante la operación militar “Jiwi 2021”, contra grupos armados irregulares en el sector Mata Gorda de Pozón de Babilla, parroquia Parhueña, del municipio Atures del estado Amazonas, reportó la asociación civil Kapé Kapé.
De acuerdo al informe oficial, Sosa portaba un equipo de comunicaciones al momento de la aprehensión. Según los funcionarios, este lo usaba para “advertir a miembros de grupos irregulares sobre la presencia de efectivos de seguridad venezolanos en la zona donde él se encontraba trabajando”.
Sosa fue presentado en Puerto Ayacucho el 5 de febrero ante el Tribunal Militar Octavo de Control del estado Amazonas, el cual ordenó la privativa de libertad. El 21 de abril, la Fiscalía Militar presentó acusación por los delitos de espionaje y rebelión, por lo que el caso del indígena jivi pasó al Tribunal Militar Segundo de Juicio en Maracay, estado Aragua, y fue trasladado al Centro Nacional de Procesados Militares, en Ramo Verde de Los Teques, estado Miranda.
“En un oficio dirigido a la Defensoría del Pueblo de Amazonas en junio de 2021, su madre, Elsa Primitiva Prieto, también indígena jivi, clamó atención de las autoridades por el caso de su hijo porque, entre otras cosas, no cuentan con ningún tipo de recurso económico”, reseñó Kapé Kapé.
Prieto aseguró que su hijo apenas tenía dos días trabajando en el lugar donde lo detuvieron y desconocía quiénes son los propietarios.
Desde entonces, Sosa sigue a la espera de juicio en la cárcel de Yare III. Sin embargo, en la reforma del Código Orgánico Procesal Penal -realizada en el segundo semestre de 2021-, se modificó el artículo 517 donde se prohíbe juzgar a civiles en tribunales militares.
El tribunal militar que llevaba la causa declinó en favor de la jurisdicción civil, y corresponde ahora que sea juzgado en un tribunal de juicio en Puerto Ayacucho.
Con información de Correo del Caroní