La muerte del recluta, por Teodoro Petkoff
«Homicidio preterintencional» es la calificación que la Fiscalía Militar dio al delito cometido por el teniente Alejandro Sicat Torres el 10 de enero de este año en Maturín. ¿Qué hizo el teniente Sicat Torres? Pues la pequeña tontería de rociar con thinner a varios soldados que cumplían arresto en un calabozo del Fuerte Paramaconi, pertenecientes al Batallón Carvajal de la Brigada de Cazadores 73, localizada en la capital de Monagas. Después, el teniente Sicat lanzó un fósforo sobre los soldados y tres de ellos fueron a parar al hospital con quemaduras gravísimas. Dos sobrevivieron, lisiados, pero un tercero, Jesús Alberto Febres Narváez, 20 años, falleció, como lo narramos en la página 5.
¿Usted, lector, sabe qué significa «homicidio preterintencional»? Probablemente no. Ese terminacho jurídico quiere decir que el homicidio fue causado sin intención. Por ejemplo, si usted golpea a otra persona y esta cae, se fractura el cráneo con el pavimento y fallece, usted, que obviamente no quería matar a esa persona, cometió un homicidio preterintencional. Esa calificación del delito implica, como es lógico, que usted saldría de la cárcel no más se le formulen los cargos. Pues bien, el teniente Alejandro Sicat Torres, que roció con una sustancia inflamable a tres soldados y luego les lanzó un fósforo, matando a uno de ellos y lisiando gravemente a otros dos, cometió, según la Fiscalía Militar, un homicidio preterintencional. Es decir, según la Fiscalía Militar, él no tuvo la intención de matar al soldado. El teniente Sicat, que según los testigos antes había buscado gasolina y al no encontrarla utilizó el thinner, no sabía, según la Fiscalía Militar, que con su acto irracional, sádico y cobarde, podía matar a los soldados. O sea, no tuvo la intención de matarlos. Con razón alguien dijo que la justicia militar es a la justicia lo que las marchas militares son a la música.
En Maturín el caso produjo una gran conmoción popular, con manifestaciones y todo, de modo que el Consejo de Guerra Permanente decidió radicar el juicio en Maracay. Con lo cual no sólo se lo sustrae a la acción de la opinión pública del lugar donde se cometió el crimen sino que se hace prácticamente imposible que la familia del joven muerto, muy humilde, pueda siquiera estar presente durante aquel. Queremos decir, con esto, que todo se está preparando para librar al teniente Sicat Torres del castigo que merece. Es decir, para mantener la legitimidad (no confesable, desde luego) de esa práctica horrorosa que son los brutales castigos físicos que algunos oficiales infligen a los soldados (y en ocasiones hasta a los cadetes) y que varias veces han causado la muerte de los torturados. No es la primera vez que son denunciados casos de este tipo. No sería esta, tampoco, la primera vez que un homicida uniformado que comete esta clase de crimen queda libre.
El juicio del teniente Alejandro Sicat Torres se va a celebrar el 28 de este mes en un tribunal militar de Maracay. En nombre de la justicia, de los fueros de la vida civilizada y de los principios consagrados en la Constitución, exigimos un juicio imparcial, que debe comenzar por una revisión de la calificación del delito que ha hecho la Fiscalía Militar. Que no se pueda decir después que el honor militar es al honor lo que la justicia militar es a la justicia