Lapso que establece la Lopre para totalizar actas electorales venció el 30Jul
El artículo 147 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) ordena a la Junta Nacional Electoral y las Juntas Electorales -según corresponda- totalizar todas las actas de escrutinio, con excepción de aquellas en las que no se hubiera utilizado el formato de Actas de Escrutinio aprobado por el Consejo Nacional Electoral
El lapso de 48 horas que establece la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPE) para totalizar las actas comiciales venció el pasado 30 de julio a las seis de la tarde. Delsa Solórzano, dirigente de Encuentro Ciudadano, reclamó que el ente comicial no puede proclamar a ningún ganador del proceso hasta tanto esto no se haya hecho.
«Según la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), la Junta Nacional Electoral tiene sólo 48h para la totalización de las actas. Ese lapso venció el martes a las 6:00 p.m. El CNE aún sigue sin publicar. No puede haber proclamación sin totalización. Hacerlo, vicia el proceso», escribió Solórzano en sus redes sociales este 31 de julio.
El artículo 146 de la Lopre establece que la Junta Nacional Electoral y las Juntas Electorales, estas últimas bajo la supervisión de la primera, tendrán la obligación de realizar el proceso de totalización en el lapso de cuarenta y ocho horas. En caso de que las juntas electorales no hubiesen totalizado en el lapso previsto, la Junta Nacional Electoral podrá realizar la totalización.
El mencionado artículo señala que la totalización deberá incluir los resultados de todas las actas de escrutinio de la
circunscripción respectiva.
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El artículo 147 ordena a la Junta Nacional Electoral y las Juntas Electorales -según corresponda- totalizar todas las actas de escrutinio, con excepción de aquellas en las que no se hubiera utilizado el formato de Actas de Escrutinio aprobado por el Consejo Nacional Electoral.
«Las Actas de Escrutinio deterioradas o mutiladas hasta el grado que no permita conocer el resultado numérico o los datos esenciales para la identificación de las mismas», agrega.
#ActualizaciónElectoral Según la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), la Junta Nacional Electoral tiene sólo 48h para la totalización de las actas. Ese lapso venció el martes a las 6:00 pm. El CNE aún sigue sin publicar. No puede haber proclamación sin totalización.… pic.twitter.com/fsWmgxUE71
— Delsa Solorzano (@delsasolorzano) July 31, 2024
El cuestionamiento de Solórzano sobre la proclamación ocurre justamente un día después de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) hizo este acto para oficializar el triunfo que, según el primer boletín del 28 de julio, obtuvo el mandatario Nicolás Maduro en las elecciones presidenciales.
El 29 de julio, el Consejo Nacional Electoral proclamó al mandatario Nicolás Maduro como el candidato ganador en los comicios presidenciales que se realizaron el domingo 28 de julio. El acto se dio sin que el ente rector informara a los ciudadanos el resultado definitivo de los comicios.
«Se procede a proclamar como presidente de Venezuela a Nicolás Maduro», exclamó el presidente del Consejo Nacional Electoral, Elvis Amoroso, a la 1:03 p.m. de ese día.
Maduro llegó a la sede del Consejo Nacional Electoral cerca de la 1:00 p.m. El mandatario, que consumó su segunda reelección, llegó al ente comicial acompañado de los rectores Elvis Amoroso, Rosalba Gil Pacheco, Carlos Quintero y Juan Carlos Delpino.
«Los venezolanos expresaron su voluntad absoluta de elegir a Maduro como mandatario del país. La elección se desarrolló en un clima de respeto, paz y participación democrática, aunque algunos pretendieron generar violencia; fueron muchos los ataques a nuestro sistema electoral, pero la capacidad moral y ética del personas del CNE venció todos los obstáculos», agregó Amoroso.