Ley del Ciberespacio es otro intento de la impuesta ANC por controlar internet
En la propuesta se define el concepto de «Ciberespacio de la República Bolivariana de Venezuela» y establece que tiene un alcance extraterritorial
La ONG Espacio Público alerta que desde finales de 2018 se conoció de manera extraoficial el Anteproyecto de Ley Constitucional del Ciberespacio que está siendo discutido por la impuesta Asamblea Nacional Constituyente (ANC) en el que se pretende impulsar un nuevo intento de persecución a la libre expresión en Internet, en medio de un quiebre de la institucionalidad democrática y continuos decretos de Estado de Excepción y Emergencia Económica que restringen las garantías de los derechos humanos en todo el territorio nacional.
Esta propuesta de Ley es otro intento por controlar Internet bajo un enfoque de seguridad nacional a través de prácticas y métodos prohibidos por el Derecho Internacional: la vigilancia masiva e indiscriminada de las comunicaciones, el procesamiento general de datos y la imposición de técnicas de filtrado, bloqueo y criminalización de contenidos críticos o de interés público. Los principales derechos comprometidos son la privacidad y la libertad de expresión.
Espacio Público señala que el anteproyecto es la segunda propuesta regulatoria sobre el espacio digital que emana de la impuesta ANC, luego de la denominada “Ley contra el odio, por la convivencia pacífica y la tolerancia”, que establece penas de prisión de hasta 20 años y facultades al Estado y actores privados para monitorear y censurar a medios tradicionales y contenidos en Internet asociados con “la promoción de mensajes de odio o discriminatorios”.
Esta propuesta remite a la “ley contra el odio” en 4 artículos (11, 26, 35 y 46) para prohibir mensajes, pero plantea un propósito más amplio que la anterior normativa: “Desarrollar el Ciberespacio de la República Bolivariana de Venezuela, con el objeto de contribuir a crear las condiciones que garanticen la seguridad de la Nación”, según su artículo 1.
Para tal fin, el artículo 5 declara al “Ciberespacio de Venezuela” objeto de “interés público” y ordena al Estado a “desarrollar políticas de seguridad (…) sobre su acceso y uso”.
La propuesta busca ordenar al Estado regular el espacio digital, pero se omiten las formas. De hecho, el anteproyecto no desarrolla principios sustantivos: no reconoce derechos, procedimientos ni garantías ante la intervención del Estado. Una nota característica es la omisión a todos los principios de derechos humanos como límites negativos. Sólo dos disposiciones normativas hacen referencia a “derechos constitucionales” (artículos 1 y 3) y son instrumentalizados para defender la seguridad del Estado.
El artículo 4 de la propuesta que se discute en la ANC define al “Ciberespacio de la República Bolivariana de Venezuela” y establece su alcance “extraterritorial”. Este comprende “el entorno de interacción digital por elementos tangibles e intangibles (…) así como cualquier forma de actividad que se realice o tenga efectos o repercusiones para la República Bolivariana de Venezuela”. Al igual que la normativa contra el odio, este anteproyecto asume una vocación universal, pues pretende regular hechos que ocurran fuera del país, lo cual genera problemas de jurisdicción y regulación entre Estados que la propuesta ignora.
Sin embargo, el mayor impacto de la regulación extraterritorial es sobre los derechos a la privacidad y la libertad de expresión de las personas, usen o no Internet. El anteproyecto no regula un marco normativo sobre políticas y prácticas en estos supuestos. Las autoridades involucradas, métodos, procedimientos y garantías que legitiman la injerencia estatal o extranjera en la red son determinados discrecionalmente por el Estado. Lo único claro es la potestad de intervenir en “hechos que tengan efectos en Venezuela”, por lo que las personas pudieran ser objeto de formas de vigilancia, interceptación o restricciones en sus comunicaciones y datos, con uso de intermediarios, sin ni siquiera preverlo. No se trata de insuficiencias regulatorias, sino del vacío de contenido de los derechos.
La ONG especializada en la defensa de las garantías a la libertad de expresión publicó el documento preliminar que de manera extraoficial forma parte de una regulación que pretende ser emanada con el rango de «ley Constitucional» desde la impuesta ANC.