Magistrados en el exilio declaran inexistente enjuiciamiento contra diputados de la AN
La inmunidad de los diputados es una institución fundamental para la democracia, establecida a fin de proteger la función parlamentaria, la cual constituye una garantía constitucional de la independencia de acción
Los magistrados en el exilio declararon inexistentes la autorización de enjuiciamiento de los diputados de la Asamblea Nacional (AN), Germán Ferrer, Freddy Guevara, Julio Borges y Juan Requesens, así como la continuación para que se allane la inmunidad parlamentaria del presidente del ente, Juan Guaidó.
La decisión de fecha 26 de abril de 2019 suscrita por el magistrado Miguel Ángel Martín en su carácter de juez sustanciador, destaca que la inmunidad de los diputados es una institución fundamental para la democracia, establecida a fin de proteger la función parlamentaria, la cual constituye una garantía constitucional de la independencia de acción de los diputados y del Parlamento destinada a evitar el uso de la persecución penal y del poder punitivo del Estado para apartar indebidamente a un diputado de las tareas de legislación y de control sobre el Gobierno.
En razón de esto ningún diputado puede ser sometido a juicio penal y privado de libertad, sin que antes el Tribunal Supremo de Justicia haya declarado méritos suficientes para el enjuiciamiento, y sin que la Asamblea Nacional haya autorizado dicho proceso.
Finalmente, se ofició a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a fin de que se tome en consideración en los informes de países que emite ese organismo garante de los derechos humanos en la región, y se determinen las consecuencias de las personas que activamente vienen cometiendo graves violaciones de derechos humanos, y que igualmente afectan la Institucionalidad democrática y el Estado de derecho en Venezuela.
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