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María Corina deja a Maduro sin excusas, por Oscar Arnal



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María Corina deja a Maduro sin excusas
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Opinión TalCual | enero 1, 2024

X: @OscarArnal


La demanda de María Corina ante la Sala Contenciosa del TSJ, pone la espada de Damocles en el cuello de Maduro. Obliga además al régimen a responder tal como lo señala el artículo 27 de la Constitución en tiempo breve, teniendo el órgano judicial que tramitarlo «con preferencia a cualquier otro asunto». María Corina desató la cuenta regresiva.

El expresidente chileno Patricio Aylwin, en su lucha contra la tiranía pinochetista, sentó la doctrina de que frente a las dictaduras había que agotar la vía electoral, judicial y jurisdiccional internacional para dejar desnudo y sin argumentos al tirano que secuestra los poderes públicos. Si ahora Maduro no cumple o sigue incumpliendo los acuerdos de Barbados, las sanciones que se levantaron se retomarán, las que se mantienen (que son la mayoría) recrudecerán, y otras nuevas y más graves se impondrán.

María Corina sabe que el gobierno podía enmendar su error sin necesidad de su magistral acción judicial. «La autotutela de la administración» es un principio jurídico que otorga al gobierno la facultad de revisar y controlar sus propios actos, en particular, anular o modificar sus decisiones previas. También se conoce como «revocación de oficio». Se fundamenta en la idea de que la administración tiene la capacidad de corregir errores o situaciones irregulares que puedan surgir de sus actuaciones, sin necesidad de acudir ante un órgano judicial externo. La autotutela se produce cuando existen errores materiales, violaciones al debido proceso o al derecho a la defensa, ilegalidades o cambios en las circunstancias que justifiquen la corrección de la decisión. María Corina al comparecer ante el TSJ superó otro obstáculo impuesto por el régimen.

María Corina demandó con un amparo cautelar y por la «vía de hecho» basándose en actuaciones arbitrarias, irracionales o ilegítimas, que violan sus derechos fundamentales. La Contraloría actuó mucho más allá de los límites de su competencia y desproporcionadamente.

María Corina busca frenar el abuso de poder y un obrar de la Contraloría sin justificación razonable, motivación y lógica jurídica. Realizando un movimiento no permitido por la ley. Es la emisión de una actividad por autoridades incompetentes o con prescindencia del proceso. Demandó al hecho y a la inhabilitación como inexistentes.

María Corina no está inhabilitada entre otras muchísimas razones legales porque la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Aplicable en nuestro bloque Constitucional) en su artículo 23, establece que una condena de esa naturaleza sólo puede producirse por sentencia definitivamente firme dictada en un proceso penal. Lo que además corroboran los artículos 42, 64 y 65 de nuestro propio texto constitucional.

Ahora nadie podrá decir que María Corina está al margen de la ruta electoral y que no agotó la vía nacional y constitucional. Lo interesante es que después de su comparecencia tendrán que cumplir también EE.UU, la Unión Europea, Noruega, y además aquellos pocos amigos del régimen que piden levantamiento de sanciones como Petro, Lula y López Obrador. Son todos ellos y de nuevo el pueblo soberano quienes debemos forzar a Maduro a aceptar elecciones justas y a cumplir los acuerdos de Barbados. Con la movida de María Corina el régimen quedó sorprendido y no tiene excusas.

*Lea también: La raíz del cambio, por Fernando Luis Egaña 

En este momento María Corina es víctima del leguleyismo de Maduro, quien sabe muy bien que no le conviene convertirla en mártir. Los mártires se transforman en mitos y leyendas que el pueblo sigue y ama con pasión. El régimen le tiene pavor a la líder máxima de la oposición.

María Corina lo está haciendo muy bien. Ganó la primaria abrumadoramente, convocó a la unidad de la oposición, continuó recorriendo el país con intensidad y reuniéndose con las fuerzas vivas. Es la única que polariza con Maduro. A Venezuela con María Corina le espera una gran victoria…

Oscar Arnal es profesor de Derecho Constitucional de la UCV

TalCual no se hace responsable por las opiniones emitidas por el autor de este artículo

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