Nuestro Núremberg tropical, por Reinaldo J. Aguilera R.
Twitters: @raguilera68 | @AnalisisPE
El 8 de agosto de 1945, es anunciado al mundo el surgimiento de una norma jurídica que regiría el que hasta ahora se conoce como el juicio más importante en materia de crímenes contra la humanidad; es así como queda establecido el llamado Estatuto del Tribunal Militar Internacional (IMT por sus siglas en inglés).
El preámbulo de dicho estatuto es sumamente interesante, pues crea el marco de cómo funcionará, incluso, el Tribunal. Dice así:
«Considerando las declaraciones realizadas en su momento por las Naciones Unidas en relación con su intención de que los criminales de guerra sean conducidos ante la justicia;
»Y considerando que en la Declaración de Moscú de 30 de octubre de 1943 sobre las atrocidades cometidas por los alemanes en la Europa ocupada se hacía constar que aquellos funcionarios alemanes y los hombres y miembros del partido Nazi que hayan sido responsables de crímenes y atrocidades o hayan participado en los mismos con su consentimiento serán devueltos a los países en los que cometieron sus abominables actos para que puedan ser juzgados y condenados con arreglo a las leyes de esos países liberados y de los gobiernos libres que se crearán en dichos países.
»Y considerando que se hizo constar que la citada declaración se hacía sin perjuicio de que pudiera haber casos de destacados criminales cuyos delitos no tengan una ubicación geográfica determinada y que sean castigados por decisión conjunta de los gobiernos aliados;
»POR CONSIGUIENTE, el Gobierno de los Estados Unidos de América, el Gobierno Provisional de la República Francesa, el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (de aquí en adelante «los signatarios»), actuando en defensa de los intereses de todas las Naciones Unidas y a través de sus representantes, debidamente autorizados a tal efecto, han concluido el presente acuerdo y dictan el presente Estatuto».
En tal sentido, luego de establecido el estatuto, el Tribunal Militar Internacional (IMC) entró en funciones y estuvo compuesto por jueces de Estados Unidos, Gran Bretaña, Francia y la Unión Soviética, todo esto en el marco del proceso judicial iniciado al finalizar la guerra; las principales autoridades nazis serían acusadas entonces y llevadas a juicio en la ciudad de Núremberg, Alemania, de acuerdo con el Artículo 6 del Estatuto del IMC por los siguientes crímenes:
1) Conspiración para cometer los cargos 2, 3 y 4, que se enumeran aquí;
2) crímenes contra la paz, definidos como la participación en la planificación y la realización de una guerra de agresión violando numerosos tratados internacionales;
3) crímenes de guerra, definidos como violaciones de las reglas de la guerra acordadas internacionalmente;
4) crímenes contra la humanidad; «a saber, asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y otros actos inhumanos cometidos contra cualquier población civil, antes o durante la guerra; o persecución por razones políticas, raciales o religiosas en ejecución de o en conexión con cualquier crimen dentro de la jurisdicción del Tribunal, ya sea que violen o no las leyes nacionales del país donde son perpetrados».
La demarcación en negrilla, efectuada por mí, tiene la intención de que ustedes, mis lectores, se ubiquen en nuestro presente, en la Venezuela ultrajada y maltratada por el régimen chavista.
*Lea también: Reglas de diamante, por Américo Martín
Vale la pena recordar que la autoridad más alta de los nazis, la persona con mayor culpabilidad por el terrible Holocausto, nunca fue juzgada y no estuvo en los juicios; recordemos que Adolfo Hitler ya para ese momento se había suicidado, hecho ocurrido durante los últimos días de la guerra, al igual que lo hicieron varios de sus asistentes más cercanos- Muchos otros criminales nunca fueron a juicio, algunos huyeron de Alemania al extranjero, varios cientos llegaron a Estados Unidos y a lugares tan distantes como la Argentina.
Luego de innumerables sesiones, finalmente el 1 de octubre de 1946, el Tribunal Militar Internacional (IMC) anunció los veredictos, es así como impone la sentencia de muerte a 12 acusados, estos fueron: Hermann Goering, Joachim von Ribbentrop, Wilhelm Keitel, Ernst Kaltenbrunner, Alfred Rosenberg, Hans Frank, Wilhelm Frick, Julius Streicher, Fritz Sauckel, Alfred Jodl, Arthur Seyss-Inquart y Bormann. Tres prisioneros fueron sentenciados a cadena perpetua: Rudolf Hess, el ministro de economía Walther Funk y Raeder.
Cuatro recibieron sentencias que iban desde los 10 a los 20 años (Doenitz, Schirach, Speer y Neurath). Por su parte, el tribunal absuelve a tres de los acusados: Hjalmar Schacht, Franz von Papen (político alemán que desempeñó un papel importante en la designación de Hitler como canciller) y Hans Fritzsche (jefe de prensa y radio).
Las sentencias de muerte de la mayoría fueron llevadas a cabo el 16 de octubre de 1946, con dos excepciones: Goering, quién se suicidó poco antes de la fecha de su ejecución y Bormann, que simplemente desapareció. Los otros diez acusados fueron ahorcados, sus cuerpos cremados y las cenizas depositadas en el río Iser y, finalmente, los siete principales criminales de guerra sentenciados a reclusión son enviados a la prisión de Spandau en Berlín a cumplir sus condenas.
Pues bien, luego de haber repasado algo de historia, el enfoque lo traemos a nuestra realidad. Resulta que al régimen bolivariano, soberano y antimperialista de Venezuela, el planeta se le está poniendo cada vez más pequeño y ya la comunidad democrática internacional está con el ojo bien puesto respecto a todo lo que aquí ocurre diariamente; se ha vuelto inocultable.
Justamente, en el marco de cualquier reunión anual, sea de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) o incluso de la propia ONU, la gran mayoría de los líderes que participan, piden a los países participantes que aprovechen la ocasión para suspender a Venezuela de dichos organismos, mediante la aprobación de contundentes resoluciones, lo que implica, generalmente, que el país deja de participar en todas las actividades, así como en los programas de cada uno de esos organismos.
Veamos un ejemplo directo. La Asamblea General es el órgano supremo de la OEA y en ella las delegaciones de los países integrantes deciden la acción y la política del organismo, se determina la estructura y las funciones de sus órganos y se somete a consideración cualquier asunto de especial importancia en el continente. Créanme, el caso Venezuela, sin duda, es un asunto de particular importancia en estos momentos para toda la región y lo será hasta que salgamos de la situación actual.
Paralelamente a este tipo de acciones —que también se repiten en Europa, por cierto— ya es público el informe de un grupo de expertos designado por el secretario general de la OEA, Luis Almagro, el cual concluyó que el Gobierno de Nicolás Maduro y muchos de su entorno han cometido delitos de lesa humanidad, y por tanto, existe base legal para denunciarlo ante la Corte Penal Internacional (CPI), como ya se ha hecho. Por consiguiente, a los personeros del alto gobierno de la República Bolivariana de Venezuela el asunto se les pone muy feo. Sin lugar a dudas, en algún momento tendrán que rendir cuentas ante la justicia y eso, mis queridos amigos, será histórico.
A los que conocen perfectamente lo que significa la expresión «cadena de mando» les será más fácil entender que, cuando se precisen responsabilidades, no valdrá nada de lo que algunos piensan que los podrá salvar. Los avances tecnológicos han permitido conservar la memoria de las acciones de todos esos criminales; sus protagonistas y colaboradores, también de las víctimas, por lo que aquí solo cabe decirles a todos los criminales que colaboran, directa o indirectamente con el régimen, bienvenidos al siglo XXI que tanto les gusta nombrar, lamentablemente ya no les valdrá el mentir en su defensa, como otrora otros lo hicieron. El «yo no fui», «yo no participé», «yo no di la orden», «a mí me lo ordenaron y yo solo cumplí», no tendrá ningún valor a la hora de la verdad.
Aunque muchos lo duden, créanlo o no, definitivamente habrá un juicio. Por supuesto, no será en Núremberg, en la alejada Alemania; quizás sea en algún sitio del Caribe más cerca de nosotros y de los acontecimientos.
De pronto, pudiera ser en la hermosa ciudad de Santa Marta en la hermana Colombia y, por qué no, en la Quinta de San Pedro Alejandrino. Quienes hemos ido sabemos que la sala principal se encuentra muy cerca de la alcoba, el sagrado recinto donde murió el padre de la patria, Simón Bolívar, el 17 de diciembre de 1830 a la una de la tarde. En ese lugar, justo al lado de donde aún se conserva la cama (catre de campaña) donde murió el Libertador, se podría constituir el futuro tribunal. La vergüenza, si es que los culpables la tienen, no la podrán ocultar, luego de haber explotado tantas veces el nombre de Simón Bolívar para sus bajas y terribles acciones. De esta manera tendremos nuestro Núremberg, pero un Núremberg tropical, en el cual se ventilarán todos los crímenes, uno por uno y, al final, todos tendremos justicia, porque es lo justo. Así de simple y sencillo.
Reinaldo J. Aguilera es Abogado. Master en Gobernabilidad, Gerencia Política y Gestión Pública de George Washington University/UCAB.
TalCual no se hace responsable por las opiniones emitidas por el autor de este artículo