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Onapre vs salario justo, por Esperanza Hermida



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Onapre vs salario justo - Movimiento Venezuela Democrática Unida
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Opinión TalCual | junio 10, 2022

Twitter: @espehermida


El ejercicio de la libertad sindical en el sector público ha competido desde siempre con la vocación represiva del estado venezolano, profundizada con Chávez y cada vez más sofisticada con la gestión de Maduro. Por eso, el falso socialismo bolivariano desarrolla una práctica similar a la ejecutada por los antecesores gobiernos del siglo XX, a través de la nueva versión del instructivo Onapre, que convierte en nada los aumentos salariales del ejecutivo nacional.

La historia de las convenciones colectivas en el sector público venezolano, es una reseña de luchas contra las restricciones presupuestarias que se levantaron desde diferentes organismos del estado, como muro de contención a las justas demandas de mejoras que planteó el personal en todas las esferas. Una de las que destaca por su carácter pionero es la del magisterio venezolano en 1969, cuya huelga nacional culminó con la consagración del derecho a la contratación colectiva en el sector y que tuvo y tiene que ser reivindicado y defendido a diario desde entonces, frente a cualquier gobierno.

Muestra de la sinuosa, aunque persistente, evolución de la libertad sindical en la función pública se encuentra en las diferentes formas de organización creadas a lo largo del tiempo, así como las movilizaciones y exigencias hechas por las funcionarias y funcionarios de la administración central y descentralizada, desde que les fuera reconocido un tímido y poco claro derecho a asociarse y sindicalizarse, durante la segunda mitad del siglo XX.

La misma constitución de 1961 establecía la tristemente célebre reserva legal en los procesos de gestión de personal en la función pública, con lo cual maniató hasta las luchas sindicales de los ’90, el alcance de reivindicaciones laborales colectivas de tipo salarial.

La Oficina Central de Personal (OCP), la Oficina Central de Presupuesto (Ocepre) y la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre), han sido los instrumentos predilectos del estado venezolano para impedir el libre ejercicio del sindicalismo en la función pública. Junto con la Procuraduría General de la República y el Ministerio de Hacienda, son los brazos ejecutores de las restricciones impuestas para evitar mejoras en las condiciones colectivas salariales del personal público, bajo el argumento de que estas tienen que ser uniformes o planas y no deben exceder, ni transgredir los lineamientos presupuestarios.

*Lea también: Panchito Mandefuá, arquetipo de los niños de la revolución, por Gioconda Cunto de San Blas

De hecho, esa vía de intromisión del estado en la libertad para discutir y acordar condiciones colectivas de trabajo en el sector público no ha sido vencida y por lo visto, está más bien fortalecida. Así lo evidencia la tímida reforma a la normativa del trabajo en 1991, en su famoso galimatías del artículo 8º, y más recientemente, el contenido de la ley orgánica del 30 de abril de 2012 y su reglamento injerencista. En la actualidad, la versión «moderna» de la Onapre dicta, entre otros, los instructivos de aplicación de los aumentos salariales decretados por el ejecutivo nacional, en una franca transgresión a sus competencias.

De esta forma, los instructivos Onapre abarcan todo e incluso establecen las tablas de remuneración. ¡Todo el estado bajo el poder de la Onapre, parece ser la consigna! Personal obrero, administrativo, técnico, profesional, municipal, estatal y nacional, se rige por lo que establece la Onapre. Mediante una extensión jurídicamente insostenible, las normas de esa oficina son la guía de instrumentación de los aumentos salariales para órganos con autonomía funcional, llegando inclusive –y desde hace ya algún tiempo–, a invadir lo que se consideraba como la autonomía universitaria en materia de administración de personal y recursos financieros para su gestión.

Con una simple lectura a la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público, se puede constatar que la Onapre tiene asignada la función de brindar asistencia técnica en las diferentes etapas del proceso presupuestario, a los órganos regidos por esa norma. Es decir, no posee competencia para regular la aplicación de los incrementos salariales y menos aún para establecer camisas de fuerza al libérrimo ejercicio del sindicalismo en cuanto a la definición de las cláusulas de naturaleza salarial en las convenciones colectivas de condiciones de trabajo. No obstante, en el país de la regresión y del retroceso en las condiciones de vida y de trabajo, esas cosas suceden.

De tal suerte que un aumento cacareado como dádiva gubernamental, no es un dinero adicional al percibido, sino la conversión en salario de cantidades otorgadas mediante bonos con distinta denominación.

Si a esta estrategia se le aplica un análisis que compare el poder adquisitivo de esos montos con la inflación, la realidad objetiva es que el ingreso se reduce, toda vez que al convertirse en base la remuneración regular son sujeto de descuentos que van a parar a arcas imposibles de auditar. Tal es el caso de los aportes al IVSS.

Por su parte, es harto conocido el impacto que tiene el simple anuncio gubernamental de los aumentos salariales para la función pública, en la elevación del IPC. Así, lejos de hacerse justicia económica se trata de un enorme perjuicio ya que con esta maquinaria perversa el salario tiene cada vez menos poder adquisitivo.

 

Esperanza Hermida es activista de DDHH, clasista, profesora y sociosanitaria

TalCual no se hace responsable por las opiniones emitidas por el autor de este artículo

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