Otra vez los maestros en la calle, por Humberto Villasmil Prieto
Twitter: @hvmcbo57
La historia es lenta pero no tiene regreso.
Jorge Edwards
Un quince de enero de 1932 entre las esquinas de Salvador de León a Socarrás, número 52, sede del Colegio Vargas, se fundó la Sociedad Venezolana de Maestros de Instrucción Primaria (Svmip), apuntan los profesores Carlos Alberto Andueza y Nelva Godoy Salas a propósito de la historia de la Federación Venezolana de Maestros (FVM). Con el tiempo y por decreto del presidente Isaías Medina Angarita, el 15 de enero pasó a reconocerse como el Día del Maestro, con lo que se rendía tributo a aquella fecha señera de 1932.
La FVM, desafiando la dictadura gomecista, debió nacer bajo la forma de una sociedad civil. Escriben los profesores Andueza y Godoy Salas –texto que puede leerse en el portal de la institución– que entre sus fundadores estuvieron Miguel Suniaga, Luis Beltrán Prieto Figueroa, Santiago Schenelle, Rosa de Vanegas, María Teresa Landaeta y Margot Lares, entre otros, y que el maestro Prieto Figueroa fue quien propuso el nombre de la naciente Sociedad. En 1935 –señalan– el ministro Rafael González Rincones emitía un decreto ordenando a los maestros renunciar a la Sociedad bajo pena de perder sus cargos. Este decreto fue complementado con persecuciones constantes lo que, apuntan, motivó la suspensión del trabajo que debió continuar en la clandestinidad.
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El contexto del surgimiento de la FVM resulta del todo relevante: en 1932 regía la Ley del Trabajo que se había promulgado bajo el gobierno del General Gómez en 1928 (LT 1928), ley que ningún reconocimiento explícito hacía a los derechos a la organización sindical, a la negociación o a la huelga. Hubo que esperar la muerte de Gómez, en diciembre de 1935, para que la Ley del Trabajo de julio de 1936 –que Eleazar López Contreras había anunciado en el celebérrimo Programa de Febrero– viniera a reconocer, por primera vez y de manera explícita, el llamado trípode de los derechos colectivos del trabajo.
La concepción del todo autoritaria de las relaciones laborales que expresaba la LT 1928 fue severamente enjuiciada en el Plan de Barranquilla del 22 de marzo de 1931: «La ausencia de protección por parte de nuestros gobiernos a las clases trabajadoras, lógica por el compadrazgo ya señalado de «generales» legisladores con dueños de haciendas y de fábricas, se aprecia por la simple consideración de que el primer código del trabajo promulgado en Venezuela y eso de reaccionaria contextura fascista, corresponde al año de 1928″. Un reconocimiento, igualmente indirecto o implícito del derecho de asociación gremial se deducía de la Constitución de 1936 que signó la transición política luego de la muerte de Gómez.
No había todavía –se evidencia– el reconocimiento de un específico derecho de asociación sindical sino, y de momento, de un genérico derecho de asociación. Para el reconocimiento explícito de los derechos de organización, de negociación y de huelga hubo que esperar la promulgación de la Ley del Trabajo del 16 de julio de 1936 y, particularmente, la Constitución de 1947.
Todavía algunos datos históricos más valen la pena poner en valor según Andueza y Godoy Salas: el 29 de julio de 1936 –ya aprobada la Ley del Trabajo de ese mismo año– en la ocasión de la primera convención nacional del magisterio, la organización pasó a llamarse Federación Venezolana de Maestros (FVM) que, como tal, precedió a los partidos políticos y fue incluso anterior al surgimiento de las centrales sindicales del país (CVT y CUTV).
El magisterio venezolano, con un coraje civil, corroborado en su mejor historia, se organizó gremialmente en medio de todas las adversidades. Casi un siglo después, el nuevo año comenzó con protestas multitudinarias de los maestros a lo largo de todo el país. La lucha por un salario digno ha unificado a todas las sensibilidades y sectores del gremio. Frente a ello la respuesta de distintos voceros del oficialismo no se dejó esperar y no faltó, incluso, la comparecencia amenazante de colectivos. El país entero lo presenció con estupefacción.
Noventa años después, con adversidades de nuevo signo, los maestros están de nuevo en la calle reivindicando los derechos de muchísimos trabajadores que lejos están de recibir un salario siquiera suficiente para apenas sobrevivir. Desde luego que con su lucha reclaman los derechos de la sociedad toda. Es su gesta la proa simbólica de un modelo de relaciones laborales desarticulado a la vista de todos.
Sobra decir que el derecho de manifestación que ejercen se ampara en la Constitución de la República y en los convenios fundamentales de la OIT sobre la libertad sindical que el país ratificó. En plena guerra fría, la OIT adoptó la que posiblemente haya sido una de las resoluciones más importantes en toda su historia para explicitar el vínculo entre la libertad sindical y las demás libertades públicas.
Fue la Resolución de la Conferencia Internacional del Trabajo de 1970 sobre los derechos sindicales y las libertades civiles cuyo texto dejó dicho que: «los derechos conferidos a las organizaciones de trabajadores y de empleadores se basan en el respeto de las libertades civiles enumeradas, en particular, en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y que el concepto de derechos sindicales carece totalmente de sentido cuando no existen tales libertades civiles».
Como hace casi un siglo ya, el magisterio venezolano vuelve a estar en la calle. Para ellos mi admiración y solidaridad ciudadana.
Humberto Villasmil Prieto es Abogado laboralista venezolano, profesor de la Facultad de Derecho de la UCV, profesor de la UCAB. Miembro de número de la Academia Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Soc.
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