Piden al TSJ copia certificada de decisión que declara inadmisible recurso contra el CNE
El TSJ no ha publicada en extenso la sentencia del 4 de noviembre, en la que desestimó la solicitud para que el CNE publicara los resultados detallados de las presidenciales. La abogada dijo que se vulneran los principios de acceso, transparencia, debido proceso y publicidad de las decisiones del tribunal
Andrés Giussepe, uno de los accionantes, solicitó al TSJ el miércoles 6 de noviembre copia certificada de la decisión emitida por la Sala Constitucional, el 4 de noviembre, en la que se declara inadmisible el recurso de abstención o carencia contra el CNE.
Se trata del recurso que suscribió la abogada María Alejandra Díaz, suspendida por el TSJ de su ejercicio profesional, por la no publicación de los resultados desagregados de las elecciones presidenciales del 28 de julio.
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Díaz señaló que la sentencia no ha sido publicada en extenso en la página web del TSJ «como corresponde a los principios de acceso, transparencia, debido proceso y publicidad de las decisiones del tribunal y desconocemos la motivación de la misma».
TSJ
Hoy fue solicitado por uno de los accionantes .@Agiussepe copia certificada de la decisión emitida por la SC N° 0603 donde declaran inadmisible Recurso de Abstención o carencia contra el CNE por la NO PUBLICACIÓN de resultados desagregados, toda vez que la misma no ha sido… pic.twitter.com/k8gbxgIK36— María Alejandra Díaz Marín🐞🦗🦎🐝🐜 (@MariaesPueblo) November 6, 2024
Señaló también que siguen en la lucha democrática.
El recurso sobre los resultados de los comicios de julio fue introducido por eclaró inadmisible un recurso de nulidad interpuesto por el Frente Democrático Popular (FDP). Fue firmado por la abogada Díaz, el economista Andrés Giuseppe, Juan Barreto (Redes); el coordinador nacional del Bloque Histórico Popular, José Luis Ibrahim Esté, los dirigentes del Partido Comunista de Venezuela (PCV), Oscar Figuera, Yul Jabour y Carlos Ojeda Falcón y por el dirigente de Centrados, Enrique Márquez.