Qué rico vacilón, por Teodoro Petkoff
Ahora resulta que lo del «estado de excepción» ha sido un «alboroto» comparable al que produciría «alguien que se pusiera a tocar trompeta en el medio de un salón». Eso según y que dijo el Viajero Universal. Pues, si es así, el que se puso a tocar la trompeta en medio del salón fue el mayor Francisco Ameliach, quien salió a decir que, si Chávez lo pedía, la Asamblea le aprobaba su decreto «sin que le temblara el pulso». Hubo algunos otros personeros del MVR que, si no trompeta, al menos clarinete y trombón tocaron para amenizar el alboroto. Este lo armó, recuérdese bien, el propio Máximo Líder cuando dijo, con un pie en el estribo, que le había pedido al profesor Escarrá un estudio sobre el asunto. Eso bastó para que se formara el bululú. Pero, por lo visto, muy sensatamente, el presidente ha aceptado la argumentación que señaló la inexistencia de causales de hecho para esa declaratoria. Acaba de afirmar, desde Malasia, tal como lo dijimos nosotros ayer, y lo ha dicho mucha otra gente, incluyendo al MAS, que «en Venezuela no está pasando nada excepcional» que justifique un decreto de estado de excepción. Puro vacile, pues.
De todos modos, esperemos que llegue, porque ya se sabe que el comandante habla pa’lante y pa’trás. Así que vale la pena completar el análisis que ayer iniciamos. Ya vimos que los artículos 337 y 338 del librito azul establecen las modalidades y condiciones de una declaratoria del estado de excepción, concluyendo en lo mismo que ahora dice Chávez. Pero hay un artículo más; el 339, que pauta la obligación del Ejecutivo de presentar «el decreto que declare el estado de excepción», «dentro de los ocho días siguientes de haberse dictado, a la Asamblea Nacional o a la Comisión Delegada, para su consideración y aprobación». Y aquí es donde está ardiendo Troya, porque desde el año pasado la Asamblea viene discutiendo la ley que regulará la declaratoria de estados de excepción. Aprobada como fue y enviada al Ejecutivo para su promulgación, este la devolvió al Parlamento alegando la inconstitucionalidad de dos artículos, el 22 y el 30. ¿Y qué dice el 30? Nada menos y nada más que la Asamblea tendrá la facultad de modificar los términos del decreto presidencial. Eso fue aprobado hasta por el MVR hace unos meses, pero sus parlamentarios no contaban con que el presidente no quiere que le toquen sus eventuales decretos sobre esa materia. De modo que el MVR se ha visto obligado a recular. Ahora quiere echar atrás lo que antes aprobó. Pero hay un «detallito»: para lograr tal cosa se requieren dos tercios de los votos de la Asamblea. Sin los del MAS, el cual ha anunciado que no acompañará al MVR, este y sus aliados más pequeños no los tienen. Ni siquiera incorporando los votos de los posibles disidentes del MAS se alcanzarían los dos tercios. Si es así, la ley conservaría su redacción original. Con lo cual Chávez comenzará a descubrir el precio que tiene esa operación de alquimia que consiste en transformar la naranja en chicha o limonada