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Seniat precisó que pagos a través de Zelle, Paypal y Reserve pagan el IGTF



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IGTF dólar Consecomercio
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TalCual | abril 2, 2022

Mientras persista el IGTF bajo las condiciones actuales, se teme que haya un grado cada vez mayor de informalidad, pues los comercios que no puedan cumplir con la normativa, no dejarán de operar, sino que migrarán a ese mercado no regulado que incluso afecta al Estado, pues tampoco se pagaría el IVA


El cobro del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) sigue generando polémica y confusión entre los comerciantes.

Esta vez, el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (Seniat) aclaró que los pagos realizados mediante pasarelas de pago como Zelle, PayPal, Reserve y otras similares, estarán gravados por el IGTF, ya que estas transacciones “se hacen sin la mediación del sistema financiero nacional”.

El documento firmado por Carlos Ernesto Padrón Rocca como Gerente General de Servicios Jurídicos del Seniat fue citado en diversas cuentas de Twitter.

El pronunciamiento obedece a la consulta directa de Edwuard Rafael Sucre Guzmán, gerente de fiscalización de la autoridad tributaria, en función de resolver una de las dudas más comunes, entre las muchas, que se plantean alrededor de la reforma del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), que impone un gravamen de 3% a los pagos con moneda extranjera y criptoactivos distintos al petro.

*Lea también: Convertir a bolívares, pagar gasolina y otros usos del petro en el Monedero Patria

El director jurídico del Seniat señala la definición de base imponible como la “magnitud susceptible de una expresión cuantitativa definida por la Ley que mide alguna dimensión económica del hecho imponible y que debe aplicarse a cada caso en concreto a los efectos de la liquidación del impuesto”, de la cual destaca que la base imponible debe estar definida en la Ley y la cuantificación del hecho imponible, reseñó el portal Banca y Negocios.

Pero, el argumento medular para responder la consulta es que “el numeral seis del artículo tres de la Ley del IGTF establece que el hecho generador del tributo es la cancelación de deudas efectuadas sin mediación del sistema financiero, por el pago u otro medio de extinción, realizada por los sujetos pasivos del impuesto”.

Pronunciamiento del SENIAT, respecto del IGTF pic.twitter.com/hytAEAhCHH

— melissa parra (@melimadeparra84) April 2, 2022

Si bien la medida afecta directamente al consumidor, que debe pagar más por el simple hecho de utilizar divisas, quienes padecen el tormento de adaptarse a este nuevo mecanismo tributario son los comercios, que debido a complicaciones técnicas, ausencia de información y vacíos en la norma, en efecto no pudieron adecuar sus sistemas a la norma antes de que entrara en vigencia.

Como resultado, de acuerdo con cifras del Consejo Nacional del Comercio y los Servicios (Consecomercio), un 75% de las empresas del sector comercial confiesan no tener la capacidad para cobrar el impuesto al dólar.

La presidenta de Consecomercio, Tiziana Polesel, resaltó en una rueda de prensa realizada este viernes 1ro de abril, mencionó como barreras para aplicar el impuesto la necesidad de actualizar o en muchos casos sustituir máquinas fiscales para que la factura refleje el monto del IGTF, lo que requiere una inversión importante que los pequeños comercios no pueden permitirse pagar en tan poco tiempo cuando no tienen ni siquiera la posibilidad de recurrir a préstamos.

“Estamos convencidos de que debemos corregirlo. Hay que entender cómo funciona el sector y cuáles son las debilidades para poder incorporar esta contribución. No nos estamos negando al cumplimiento, solo pedimos más tiempo para hacer que funcione”, sostuvo.

Mientras persista el IGTF bajo las condiciones actuales, se teme que haya un grado cada vez mayor de informalidad, pues los comercios que no puedan cumplir con la normativa, no dejarán de operar, sino que migrarán a ese mercado no regulado que incluso afecta al Estado, pues tampoco se pagaría el IVA.

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