Súmate: Comité debe informar fechas para objeciones a postulados del CNE
A través de una carta pública que fue entregada por Súmate a los directivos del Comité de Postulaciones Electorales (CPE), la plataforma aseguró que «ha venido observando que han omitido y solapado actividades» que tienen lapsos diferentes que suman unos 30 días continuos, y que pretenden realizarlas en un período de 15 días continuos
Este martes 8 de agosto, Súmate exhortó al Comité de Postulaciones Electorales (CPE) a cumplir con el procedimiento establecido en la Constitución de la República y en la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE) para la selección y la presentación de la lista definitiva de los candidatos elegibles a los cinco cargos de rectores y 10 suplentes del Consejo Nacional Electoral (CNE) a la Asamblea Nacional.
A través de una carta pública que fue entregada a los directivos del CPE, la plataforma aseguró que han observado omisiones y solapamientos de actividades que tienen lapsos diferentes y que juntos suman unos 30 días continuos, «y pretenden realizarlas en un período de unos 15 días continuos».
Entre las actividades a las que hace referencia la asociación civil está la verificación de los requisitos legales y la evaluación según el perfil aprobado de los postulados, también la selección de los elegibles, las objeciones por parte de ciudadanos de quienes no cumplen con los requisitos de elegibilidad y los descargos de los objetados.
La Organización precisó que las dos últimas actividades mencionadas tienen lapsos diferentes de seis días continuos cada una de ellas, según los artículos 27 y 28 de la LOPE, por lo cual el CPE debe proporcionar las fechas de inicio y cierre de las objeciones y los descargos, que requieren antes la publicación de la lista de los candidatos a rectores del CNE aprobados.
En cuanto a la información proporcionada por el CPE el 4 de agosto sobre el cierre de la segunda fase con 121 entrevistados de los 153 candidatos postulados a rectores del CNE, la ONG pregunta ¿Cómo pueden los ciudadanos ejercer su derecho a la objeción si no han publicado la lista de los candidatos a rectores del CNE aprobados, como tampoco los nombres de los 32 excluidos hasta el 04 de agosto?
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Asimismo, Súmate exhortó a los integrantes del CPE a estar conscientes que el momento que atraviesa el país y les exige cumplir con las funciones y el procedimiento de elección de los rectores del CNE, para entregar a la Asamblea Nacional una lista definitiva de candidatos elegibles a rectores del CNE, y que cumplan con todos los requisitos de elegibilidad, con especial atención al establecido en los artículos 296 de la Constitución y 9, numeral 4, de la Ley Orgánica del Poder Electoral de “…No estar vinculado a organizaciones con fines políticos…”
El CNE deberá asumir y los retos previos de la organización de las Elecciones Presidenciales de 2024, y las de la Asamblea Nacional, las Regionales y las Municipales de 2025, en las que se elegirán más de 3 mil “cargos de representación popular”, y que deberá convocar acorde con la finalización de los períodos constitucionales y legales.
Tal como lo exige el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, se debe garantizar el derecho al voto a más de 10 millones de venezolanos que requieren inscribirse o actualizar sus datos dentro y fuera del país en el Registro Electoral; y acometer la adecuación de la legislación electoral antes de las cuatro elecciones que debe realizar en 2024 y 2025.