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Dos presos políticos con condena cumplida esperan desde hace meses por su excarcelación



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Presos políticos misión de determinación persecución
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Luisa Quintero | mayo 25, 2024

El teniente coronel Pedro Garrido Guillén y el estudiante Wilder Vásquez, que ya cumplieron su condena en su totalidad, esperan que un tribunal de ejecución dicte la boleta de excarcelación. El capitán Eduardo Henríquez, acusado junto a Garrido Guillén, también tuvo que esperar el año pasado por su excarcelación. El abogado Juan González Taguaruco señala que las órdenes para liberar a presos políticos, una vez vencida su pena, pasan por varios funcionarios antes de ejecutarse


La prisión política se alarga de formas indebidas. Desde hace varios meses, dos presos políticos venezolanos –un civil y un militar– esperan porque un tribunal de ejecución dicte una boleta de excarcelación y puedan quedar en libertad, luego de haber cumplido las penas impuestas en sus casos. 

La persona que acumula más tiempo en espera es el estudiante Wilder Anderson Vásquez Velásquez. El 13 de octubre de 2023, el joven cumplió la condena de cinco años impuesta por la jueza Hennit Carolina López por el delito de «encubrimiento en el delito de terrorismo», tras ser involucrado en el «caso de los drones», como se denominó al intento de magnicidio contra Nicolás Maduro el 4 de agosto de 2018 durante un acto militar. 

Wilder Vásquez estudiaba el quinto semestre de comercio internacional cuando fue apresado el 11 de octubre de 2018 por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin). El entonces ministro de Comunicación Jorge Rodríguez presentó al joven bajo el alias de «Capo», y lo acusó de mantener bajo resguardo a Henryberth Rivas, uno de los supuestos operadores del intento de magnicidio. 

Rodríguez también señaló que con la captura del estudiante se logró determinar el financiamiento de la logística y alimentación del grupo vinculado a ese acto. 

Wilder Vásquez presos políticos

En el caso de Vásquez, le corresponde al Tribunal 8° de Ejecución, a cargo de la jueza Yesenia Azuaje, expedir la boleta de excarcelación pero han hecho caso omiso del asunto. El joven formó parte del grupo trasladado el pasado 4 de abril a la cárcel de máxima seguridad de El Rodeo I desde la sede del Sebin El Helicoide, donde estuvo recluido la totalidad de su condena. 

Otro de los presos políticos en espera de su boleta de excarcelación, el teniente coronel Pedro Luis Garrido Guillén, fue acusado por la «operación Europa 2020», como se denominó a una supuesta conspiración para develar secretos militares y de sitios estratégicos.

El teniente coronel Garrido fue apresado el 8 de enero de 2020, en el estado Táchira, por funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim), aunque en actas se fija el 11 de enero. En la misma causa se involucró además al capitán técnico de primera en condición de retiro Eduardo José Henríquez Pernía, que había sido detenido un día antes (el 7 de enero de 2020) por hombres encapuchados cerca de su vivienda en Maracaibo, estado Zulia. 

presos políticos operación europa Pedro Garrido Eduardo Henríquez

A la izquierda el capitán de la GN Eduardo Henríquez Pernía. A la derecha el teniente coronel Pedro Garrido Guillén.

Ambos fueron trasladados a la sede principal de la Dgcim en Boleíta, al este de Caracas, y luego presentados en tribunales. El Foro Penal y la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia han denunciado que ambos militares fueron víctimas de graves torturas, como golpes, descargas eléctricas, colgamientos, asfixias con bolsas plásticas e incluso simulacros de ejecución. 

El Tribunal Décimo Cuarto de Juicio del Área Metropolitana de Caracas condenó a Pedro Garrido a cuatro años de prisión por los delitos de instigación a la rebelión y desobediencia. La pena se venció el pasado 11 de enero de este año y le corresponde al Tribunal Décimo Séptimo en Funciones de Ejecución emitir la boleta de excarcelación. Actualmente está recluido en el Centro Nacional de Procesados Militares (Cepromil) Los Teques, mejor conocido como la cárcel de Ramo Verde. 

En el caso de Henríquez, fue condenado a tres años y seis meses de prisión. Se declaró en rebeldía ante las autoridades de Ramo Verde tras vencerse su pena y fue excarcelado tiempo después tras las diligencias de su abogado.

Presos políticos en indefensión

El abogado especialista en derecho penal y administrativo Juan González Taguaruco explica a TalCual que en los casos de Wilder Vásquez y Pedro Garrido sus boletas deben ser libradas por un tribunal de ejecución, pues son casos con sentencia definitivamente firme.

«Una vez firme la sentencia, se remite el juez de ejecución quien se encarga de la vigilancia sobre el cumplimiento de la pena. Por eso, en estos dos casos, las boletas son libradas por jueces de ejecución que deben librar la excarcelación, decretando la libertad plena por cumplimiento de la totalidad de la pena impuesta», comenta.

También señala que actualmente ocurren «dos eventos inadmisibles» dentro del sistema judicial:

  1. Las boletas de excarcelación las libra el tribunal dirigidas al lugar de reclusión, pero las entregan en la oficina de la juez Presidente del Circuito Judicial Penal. Actualmente la jueza Katherine Harrington Padrón ocupa ese puesto.
  2. Esta, en vez de enviarla directo al establecimiento penal, las remite a la ministra de Servicio Penitenciario, la almirante Celsa Bautista Ontiveros. Dichas órdenes judiciales no se ejecutan hasta tanto lo autoriza la ministra. 

«Esto hace que la detención se prolongue indebidamente, pues dichas órdenes de excarcelación no se ejecutan de inmediato, sino días o meses después de libradas por el juez», insiste el abogado.

González Taguaruco afirma que esta situación «es inconstitucional, por infringir el principio de separación de poderes, la autonomía e independencia del poder judicial, la autoridad del juez y el derecho a la libertad individual, por cuanto ya la persona no es excarcelada cuando lo ordena el juez o cumple la pena (art. 44 ordinal 5 de la Constitución), sino cuando lo decide una funcionaria del poder Ejecutivo».

También señala que a estas prácticas se suma que, aunque se ordene la libertad de un detenido en la sala de audiencias, «esta no se ejecuta hasta que la persona no es conducida al centro de detención para que se cumpla el procedimiento anterior».

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