TSJ en el exilio ordena a la Asamblea Nacional nombrar nuevos rectores del CNE
El 16 diciembre de 2016, la Asamblea Nacional no alcanzó el quórum requerido para designar a los nuevos rectores del CNE y sus suplentes, luego de posponer la votación en dos oportunidades
Los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia conformado en el exilio ordenaron a la Asamblea Nacional que inicie el proceso de selección y designación de nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral, para garantizar «árbitros idóneos e imparciales no vinculados a organizaciones con fines políticos».
La solicitud del TSJ en el exilio se basa en la finalidad de que los nuevos rectores «puedan generar la imparcialidad, transparencia y eficacia en la organización, administración, dirección y supervisión de los próximos procesos electorales».
El 16 diciembre de 2016, la Asamblea Nacional no alcanzó el quórum requerido para designar a los nuevos rectores del CNE y sus suplentes, luego de posponer la votación en dos oportunidades.
Ya el presidente del Comité de Postulaciones Electorales de ese entonces, Juan Guaidó, indicó que solo se designaría un rector y sus suplentes, pues solo las universidades postularon su candidatos, restando el Poder Ciudadano por presentar sus propuestas.
La plenaria también aprobó en diciembre de 2016 un acuerdo en rechazo a la sentencia 1.086 del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del 13 de diciembre, mediante la cual ratificó a las rectoras Socorro Hernández y Tania D’Amelio como directivas principales del CNE. El Legislativo designó una comisión para actuar en el caso.
Guaidó aseveró que el Comité que presidía cumplió con todas las fases establecidas en la Ley Orgánica del Poder Electoral y acusó al máximo tribunal de querer declarar omisión legislativa aun cuando el procedimiento de designación fue iniciado formalmente por el Parlamento.
Nuevo sistema de votación
Los magistrados de la Sala Electoral en el exilio también declararon “nulo e inaplicable” el uso del sistema automatizado de votación y escrutinio para elegir a los representantes de los poderes públicos.
Por ello, ordenaron al CNE que diseñe e implemente un sistema de votación “fundamentalmente manual, con preminencia del voto físico o papeleta electoral” con la participación obligatoria de la sociedad civil y académica.
Además, en la sentencia se declara la inconsistencia en el Registro Electoral (RE) y en consecuencia, se ordena iniciar un proceso de depuración y actualización, donde se verifiquen las actas de nacimiento de cada elector, su registro de huellas dactilares y su residencia.
Los magistrados ordenan a la Fiscalía General de la República iniciar investigaciones a los rectores del CNE a los fines de determinar su responsabilidad penal en delitos de fraude cometido en contra de los electores venezolanos.
Sentencia Del Sistema Electoral (SE-2018-001) by TalCual on Scribd