TSJ niega impugnación de resultados del 20-M solicitada por Henri Falcón
El TSJ declaró inadmisible la solicitud del excandidato presidencial Henri Falcón de impugnar los resultados del proceso electoral del pasado 20 de mayo por irregularidades
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible el recurso para impugnar las elecciones presidenciales del 20 de mayo y exigir la celebración de nuevos comicios, solicitado por el excandidato Henri Falcón el pasado 5 de junio.
El anuncio fue realizado a través de la cuenta en Twitter del poder judicial, donde explican que la decisión de la Sala Electoral del TSJ es de conformidad con lo previsto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y de igual manera declaró inoficioso el pronunciamiento sobre el amparo cautelar solicitado en fecha 5 de junio de 2018.
La SE también declaró inadmisible recurso interpuesto contra Actos Admin. electorales de Junta Nacional Electoral y contra actos del Directorio del CNE que se materializa en Acta de Totalización y Acta de Proclamación y contra Actas Electorales de Escrutinio de mesas de votación. pic.twitter.com/RRjBNTuYaY
— TSJ Venezuela (@TSJ_Venezuela) 14 de junio de 2018
Los abogados de Falcón alega que las elecciones carecen de validez debido a que se cometieron vicios durante el proceso, contemplados en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE). Además, aseguran que Nicolás Maduro, así como sus partidos y equipos electorales “utilizaron los recursos, bienes y activos del Estado para la ejecución de un fraude estructural y masivo por medio del carnet de la patria”.
Falcón consignó ante el TSJ 27.530 actas de escrutinio por estado y 32.321 actas analizadas por el CNE. Y procederán a presentar otros “elementos probatorios” en los próximos días, como los testimoniales.
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El excandidato rechazó la respuesta del poder judicial y manifestó que acudirá ante organismos internacionales con las pruebas presentadas, para demostrar que los resultados del proceso electoral del pasado 20 de mayo fue ilegítimo.
Acudiremos a todos los organismos internacionales, demostrando fehacientemente y con las pruebas arrojadas en el proceso, la ilegitimidad de este Gobierno reelecto a través del chantaje.
— Henri Falcón (@HenriFalconLara) 14 de junio de 2018
Rapidez para unos, lentitud para otros
La impugnación solicitada por Falcón resalta, no solo porque el TSJ anunció la respuesta por redes sociales, sino por la rapidez de la misma, en poco más de una semana se supo que la misma era inadmisible. Situación que no se ha visto en los casos de Andrés Velásquez en Bolívar, o incluso de los tres diputados de Amazonas.
El caso de Andrés Velásquez es similar al de Falcón en varios puntos, el 15 de octubre de 2017 apareció en la página del CNE como ganador de la gobernación del estado Bolívar por una diferencia de más de mil votos, aunque la información fue borrada horas después, por lo que la Junta Electoral del estado Bolívar proclamó al candidato del PSUV, Justo Noguera como gobernador.
Por otra parte, los diputados a la Asamblea Nacional (AN) por el estado Amazonas y el Distrito Sur Indígena (que comprende Apure y Amazonas) continúan a la espera de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia para la reincorporación a sus cargos.
En 2015 cuando se realizó la elección para el parlamento venezolano, la oposición obtuvo un total de 112 diputados, cantidad que permitía gozar de una mayoría calificada en la plenaria. Poco después, TSJ emitió una sentencia que declaró la “suspensión temporal” de los tres diputados de Amazonas, mientras se investigaban las denuncias de supuesta compra de votos.
Posteriormente la directiva de la AN los incorporó en sus curules en 2015 y 2016 pero fueron desincorporados de sus cargos por otra sentencia del TSJ que puso en desacato a la Asamblea Nacional. Desde abril de 2017, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia señaló que debían “esperar la audiencia pública”, pero a la fecha no la han convocado.