TSJ suspende actividades de los tribunales para acatar la cuarentena
Los juzgado del país en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer, quedan facultados para que adopten “las medidas conducentes” para garantizar “el acceso a la justicia», manifestó el TSJ
Ante las medidas tomadas por el régimen de Nicolás Maduro para de evitar la propagación del coronavirus, donde se resalta la realización de una cuarentena colectiva, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) desde su Sala Plena emitió una resolución en la cual manifiesta “su pesar” por la poca colaboración ejercida desde el poder judicial para la resolución de los casos.
“Que dadas las circunstancias de orden social que ponen gravemente en riesgo la salud pública y la seguridad de los ciudadanos y las ciudadanas habitantes de la República Bolivariana de Venezuela debido a la pandemia COVID-19 (…) sin que pueda de manera organizada y en planificación por parte del personal del Poder Judicial, coadyuvar de manera eficiente con la concreción de la tutela judicial efectiva y demás garantías de acceso a la justicia”, expresó el documento.
En este sentido, el organismo manifestó que Estado Venezolano garantizará la celeridad y buena marcha de la administración de justicia los 365 días del año, “con la organización que el orden jurídico establece en garantía de los derechos de la ciudadanía y también de los que corresponden al personal judicial”.
No obstante, el máximo ente de justicia del país anunció que desde el lunes 16 de marzo hasta el lunes 13 de abril de 2020, ambas fechas inclusive, ningún Tribunal despachará. “Durante ese período permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos procesales”, expresa la misiva.
“Ello no impide que se practiquen las actuaciones urgentes para el aseguramiento de los derechos de alguna de las partes, de conformidad con la ley”, a lo que agregan que los órganos jurisdiccionales tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia.
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Asimismo, el órgano judicial señaló que todos los días del período antes mencionado, en relación al amparo constitucional, se considerarán habilitados, al tiempo que añaden que los tribunales en materia penal se mantendrán en labores de servicio público de administración de justicia a nivel nacional.
Igualmente, el TSJ señaló que los juzgado del país en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer, quedan facultados para que adopten “las medidas conducentes” para garantizar “el acceso a la justicia en las diversas Circunscripciones Judiciales”.