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Venezuela y su barranco legal, por Gioconda Cunto de San Blas



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Venezuela y su barranco legal informe misión de determinación Provea
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Gioconda Cunto de San Blas | @davinci1412 | agosto 26, 2021

Twitter: @daVinci1412


«No se tomará ni se encarcelará a ningún hombre libre, ni se usurpará su propiedad vitalicia, o libertades, o aduanas libres, ni se le prohibirá, ni se le exiliará, ni se destruirá de ninguna otra manera; ni será pisoteado, ni le condenaremos, sino por juicio legítimo de sus pares, o por la ley de tierras. No venderemos a nadie, ni negaremos ni postergaremos justicia o derecho a ningún hombre.»

En 1215 la carta magna firmada por el rey John de Inglaterra por presión de sus súbditos contenía ese texto, la cláusula 29, que garantizaba desde entonces derechos que hoy en día, actualizados y mejor elaborados, forman parte de leyes nacionales y universales relativas a la defensa de los derechos humanos. 800 años más tarde, dicha cláusula 29 y dos más de aquella carta magna siguen vigentes al día de hoy en los estatutos de Inglaterra y Gales.

Traigo a colación este viejo y a la vez actual texto para enfrentarlo a la vergonzosa revelación del World Justice Project (WJP) en su reciente edición 2020 (212 páginas repletas de información), según la cual Venezuela ocupa el último lugar entre 128 países (dos tercios de 194), evaluados en torno al Estado de derecho en cada uno de ellos, una deshonrosa posición que nos retrotrae a etapas anteriores a la firma de aquella carta magna del siglo XIII.

*Lea también: Las víctimas no materiales del chavismo, por Vladimiro Mujica

El Índice de Estado de derecho del WJP queda definido por cuatro principios universales: rendición de cuentas, leyes justas, gobierno abierto, mecanismos accesibles e imparciales para resolver disputas. Principios estos que el WJP desarrolla en ocho factores, tabulados en una escala de 0 a 1, donde 1 indica la máxima adhesión al Estado de derecho. Según el WJP, la situación venezolana en materia de derechos se resume en estos datos sombríos: límites al poder gubernamental (0,17), ausencia de corrupción (0,31), gobierno abierto (0,28), derechos fundamentales (0,31), orden y seguridad (0,48), cumplimiento regulatorio (0,20), justicia civil (0,27) y justicia penal (0,13).

Así, Venezuela se ubica en el último puesto de la tabla, acompañada por Nicaragua (118), Bolivia (121), Egipto (125), Congo (126) y Camboya (127). Entre los países americanos con mejores posiciones: Canadá (9), Estados Unidos (21), Uruguay (22), Costa Rica (25), Chile (26), Colombia (27). Más abajo, Argentina (48), Brasil (67), México (104). No sorprende que los países escandinavos ocupen los primeros cuatro puestos, en este orden: Dinamarca, Noruega, Finlandia y Suecia.

Tampoco sorprende, aunque duela, la baja puntuación de nuestro país. Muchos son los crímenes que avalan dicha ubicación en el foso del ranking. Varios de ellos están contenidos en el informe que la fiscal saliente de la Corte Penal Internacional (CPI) dejó para su sucesor en el cargo. Graves acusaciones, debidamente documentadas, reposan también en los informes sucesivos de Michele Bachelet, alta comisionada de las Naciones Unidas, así como el de la Misión Independiente de Determinación de los Hechos de las Naciones Unidas, el de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el de la Organización de Estados Americanos, solo por mencionar unos pocos informes de los muchos generados por instituciones del mayor nivel nacional e internacional en materia de derechos humanos.

En este momento hay 268 presos políticos, según el Foro Penal. Además, 9.406 personas se mantienen sujetas a procesos penales arbitrarios por motivos políticos o bajo medidas cautelares, una fracción de las 15.741 detenciones políticas que desde 2014 se han registrado en Venezuela.

En resumen, de todos los informes hasta ahora publicados se concluye que en Venezuela se han cometido crímenes de lesa humanidad, de directa jurisdicción de la CPI: arresto, privación severa de libertad física, tortura, violación y otras formas de violencia sexual y persecución contra cualquier grupo identificable por razones políticas, algunas de las cuales han llevado a la muerte de las víctimas.

A este catálogo de brutalidad debemos sumar las violaciones a los derechos económicos y sociales, alimentación, salud; violaciones de los derechos civiles y políticos, hegemonía comunicacional, erosión del Estado de derecho, desmantelamiento de las instituciones democráticas, de todo lo cual somos testigos y víctimas los pobladores de este sufrido país.

La intención primaria del WJP es que la herramienta desarrollada en este programa sea utilizada por legisladores, organizaciones de la sociedad civil, académicos, ciudadanos y profesionales del derecho, entre otros, para el diagnóstico de debilidades y fortalezas de cada país, que deriven en el fomento de políticas públicas fortalecedoras del Estado de derecho. Siendo así, el trabajo será arduo para los ciudadanos de esta comarca cuando comencemos el retorno a la vida democrática que nos merecemos.

Gioconda Cunto de San Blas es Individuo de Número de la Academia de Ciencias Físicas, Matemáticas y Naturales. Investigadora Titular Emérita del IVIC.

TalCual no se hace responsable por las opiniones emitidas por el autor de este artículo

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