11 de Abril, una fecha plagada de impunidad e ilegalidad
Funcionarios de la extinta Policía Metropolitana nunca debieron estar presos. Familiares señalan que expolicias ya cumplieron la pena por lo que deben ser liberados de inmediato
En sus casas, los comisarios Iván Simonovis, Lázaro Forero y Henry Vivas ven pasar las horas en la monotonía del encierro. El sargento Julio Rodríguez también. El primero tiene casa por cárcel, los otros tres medidas humanitarias por padecer graves enfermedades. En Ramo Verde, Héctor Rovaín, Arube Pérez, Erasmo Bolívar, Luis Molina y Marco Hurtado se enfrentan a la misma monotonía, pero tras los barrotes de una de las mazmorras de este régimen que condenó sin pruebas a estos nueve funcionarios, en uno de los hechos más representativos de la impunidad y la ilegalidad que desde hace más de 19 años reina en el país.
Este 11 de abril se cumplen 17 años de uno de los casos más emblemáticos de la historia contemporánea venezolana. Esos sucesos, que mantienen a los inocentes presos y a los culpables libres y premiados por la hazaña de disparar contra una marcha opositora desde el ya tristemente famoso puente Llaguno, ocupan un lugar en la memoria colectiva como la muestra viviente de la ruptura institucional en Venezuela y de la desaparición de la justicia.
María Pascastillo es la esposa del comisario Marco Hurtado. Él fue condenado a 16 años y 8 meses de prisión, de los cuales ya cumplió 16 en la cárcel. Según las leyes venezolanas, Hurtado tiene derechos procesales que no deberían haber sido vulnerados. Las medidas alternativas al cumplimiento de la pena contenidas en el Código Orgánico Procesal Penal lo debieron haber devuelto a su hogar desde el año 2007.
Ningún juez, sin embargo, se ha atrevido a otorgárselas. Pascastillo perdió la cuenta de las veces que ha transitado la Autopista Regional del Centro, desde Caracas a Maracay, para introducir recursos que conduzcan a la libertad de su esposo. El último fue consignado en diciembre de 2017. Se trató de un recurso de amparo en contra de la denegación de justicia que ha imperado en este caso. En abril de 2019 aún no recibe respuesta.
Este caso es similar al de Arube Pérez. El cabo primero también debería estar en libertad. Él fue condenado a 17 años y 10 meses por los mismos delitos impuestos a los otros ocho funcionarios de la extinta PM que están privados de libertad desde el 3 de abril de 2003, pero que recibieron condena en 2009.
A los expolicías los condenaron por los delitos de homicidio intencional calificado en grado de complicidad correspectiva y lesiones personales graves. Vale decir, que al no haberse podido demostrar responsabilidad individual de alguno de ellos en estas muertes, se decidió que en conjunto ellos asesinaron a dos de las 19 personas que ese día cayeron por efecto de las balas en la avenida Baralt de Caracas. Los funcionarios fueron absueltos por una tercera muerte. Coincidencialmente, estas tres víctimas eran simpatizantes del gobierno. Por las 16 restantes no hubo juicio.
A Simonovis, Vivas, Forero, Rodríguez, Rovaín, Bolívar y Molina les impusieron condenas más duras. La pena máxima en Venezuela es de 30 años de cárcel. Ellos la recibieron por homicidio intencional calificado frustrado en grado de complicidad correspectiva.
Hoy sus familiares sostienen lo siguiente: “Ya ellos pagaron por lo que no hicieron, es hora de devolverles la libertad”. Esa libertad la tienen al alcance de la mano, pero no pueden obtenerla porque no depende solo de que se respete la legalidad. En este caso se trata de que los jueces reciban “una orden desde Caracas” que puede más que lo que dicen las mismas leyes.
Esto tiene una razón de ser: Los policías metropolitanos son la clave del discurso oficial. En 2002 la Alcaldía Metropolitana de Caracas estaba en manos opositoras. Alfredo Peña era el alcalde, la figura visible de un entramado que, según el gobierno, culminó con la muerte de 19 personas. Eso hizo culpables a los funcionarios de la extinta PM, adscrita al ayuntamiento caraqueño, cuenta Pascastillo. Esto explica por qué no les son respetados los derechos procesales que les otorgan las propias leyes. Liberarlos sería premiar a una oposición que asesina.
Rovaín, Bolívar, Molina y Hurtado, condenados a 30 años, ya deberían haber recibido el beneficio de destacamento de trabajo, una medida alternativa al cumplimiento de la pena que según la sentencia se les otorgaría al cumplir un tercio de la condena. A la fecha también están vencidas las medidas de régimen abierto y libertad condicional.
Los cinco funcionarios aún presos en la cárcel de Ramo Verde, en Los Teques, se esmeraron también por ser beneficiarios de la ley de redención de la pena por estudio y trabajo, que les conmuta un día en prisión por cada dos días de estudio y trabajo dentro del penal. Siendo así, Marco Hurtado y Arube Pérez están en estos momentos ilegalmente presos. Bolívar, Rovaín y Molina acumularon días que, junto a las medidas alternativas, los deberían haber colocado en sus casas hace ya varios años.
El 11 de abril es una fecha plagada de impunidad. Quedaron impunes las muertes de 19 personas, tres de ellas porque los culpables están libres y las otras 16 porque sus casos nunca fueron juzgados.
A los funcionarios de la extinta PM la impunidad no les es ajena. Nunca debieron estar presos porque se demostró durante el juicio más largo de la historia que Molina y Bolívar no dispararon sus armas, que Marco Hurtado no estaba cerca del sitio de los sucesos y que el calibre de las armas de Arube Pérez y Héctor Rovaín, no coincidían con las encontradas en los dos cadáveres. Pero al hecho de haber sido condenados siendo inocentes se suma la injusticia e ilegalidad de no otorgarles unos derechos procesales de los cuales son beneficiarios desde el año 2007.