Acceso a la Justicia expone cinco señales preocupantes de la campaña contra la corrupción

El observatorio venezolano de la justicia, Acceso a la Justicia, asegura que en los recientes operativos contra la corrupción no se están cumpliendo las leyes; por lo que no se les garantiza a los detenidos el debido proceso. Aseguran que existe opacidad, no existe la presunción de inocencia y no se ha dado el juicio previo, entre otras incongruencias
El observatorio venezolano de la justicia, Acceso a la Justicia, saluda las medidas tendentes a adecentar al Estado y lograr revertir la situación actual de corrupción, que ha llevado al país a ocupar los últimos lugares en reportes como el Índice de Percepción de Corrupción de Transparencia Internacional.
Sin embargo, esta organización alerta que las recientes acciones de las autoridades nacionales para combatir tramas que llevan años en distintas instituciones públicas preocupan; pero no por medidas ni por quienes se han visto afectados, sino por la manera cómo las han ejecutado y presentado.
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Acceso a la Justicia expone cinco razones:
1. Adiós al principio de presunción de inocencia:
«Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario», prevé el numeral 2 del artículo 49 de la Constitución. No obstante, desde esta organización sostienen que desde que se dieron las primeras 25 detenciones, a 14 funcionarios públicos y de Petróleos de Venezuela (Pdvsa), Tarek William Saab, fiscal designado por la extinta asamblea constituyente, «no tuvo presente este precepto».
Saab dijo que «la máxima pena le va a caer a todas esas personas», pese a que las averiguaciones aún están en desarrollo.
Acceso a la Justicia sostiene que el hecho de que hayan calificado de «criminales», «alimañas» o «desfachatados» a los presuntos corruptos tampoco parece muy respetuoso de la presunción de inocencia.
2. Sin juicio previo:
El mismo artículo 49 constitucional también establece que toda persona tiene derecho al «debido proceso», lo que implica la posibilidad de defenderse, conocer de qué se es acusado y ser procesado por un tribunal previamente constituido.
Asimismo, el artículo 1 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) señala: «Nadie podrá ser condenado sin un juicio previo, oral y público, realizado sin dilaciones indebidas, sin formalismos ni reposiciones inútiles, ante un juez, o tribunal imparcial, conforme a las disposiciones de este Código…»
Pero en el caso del exalcalde del municipio Santos Michelena (Las Tejerías, estado Aragua), Pedro Hernández Hinojosa, quien pertenecía al Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), el fiscal se adelantó y dijo: «Mínimo pasará 30 años en la cárcel este sujeto». Hernández Hinojosa fue detenido el pasado 17 de marzo tras ser señalado de emplear los fondos de la alcaldía para favorecer a la banda delictiva que era liderada por alias «el Conejo».
Acceso a la Justicia recuerda que, en un país como Venezuela, donde los jueces no tienen garantía alguna de estabilidad o permanencia «se pone en riesgo que los imputados puedan contar con un juicio que cumpla con las exigencias mínimas de un Estado de derecho».
Aunque algunos de los imputados fueron jueces nombrados a dedo y señalados por actuar de manera sesgada, Acceso a la Justicia dice que es importante señalar la atención y pedir para ellos «el respeto a los derechos que ellos obviaron, pues no exigirlo es tan injusto como actuar de la manera que se condena».
3. Se vuelve a utilizar la imputación de traición a la patria:
Saab anunció que los detenidos fueron imputados por los delitos de apropiación o distracción de patrimonio público, legitimación de capitales y asociación, valimiento de relaciones o influencias. No obstante, reveló que en el caso de los exfuncionarios «se les agregará el delito de traición a la patria, porque son unos traidores».
Este delito está previsto en el artículo 128 del Código Penal, donde se le describe de la siguiente manera: «Cualquiera que, de acuerdo con una Nación extranjera o con enemigos exteriores, conspire contra la integridad del territorio de la patria o contra sus instituciones republicanas, o la hostilice por cualquier medio para alguno de estos fines, será castigado con la pena de presidio de veinte a treinta años».
No obstante, en el primer balance no aportó elementos que hagan sospechar que los aprehendidos se hubieran asociado con gobiernos extranjeros para atentar contra el territorio o las instituciones. Aunque en estos casos no se ha constatado su existencia en las declaraciones hechas hasta ahora, salvo como parte de la retórica oficial contra «el imperio».
4. Opacidad:
Aunque la transparencia es uno de los principios que rigen el derecho a la justicia, de acuerdo con el artículo 26 de la Constitución, en este caso, «las autoridades han actuado con mucha opacidad», afirma Acceso a la Justicia.
Exponen que fue una semana después de que se iniciaron las detenciones que el fiscal Tarek William Saab confirmó la identidad de los apresados.
Tampoco informó dónde se encuentran recluidos los imputados ni por qué los órganos de control internos o la Contraloría General de la República no detectaron estos manejos antes contra el tesoro público y si estaban siendo investigados por ello.
5. Fuera de los lapsos:
El numeral 1 del artículo 44 de la Constitución señala claramente que toda persona detenida en flagrancia «deberá ser llevada ante autoridad judicial en un tiempo no mayor 48 horas a partir de su detención». No obstante, 23 de los detenidos fueron presentados ante el Tribunal 2 de Control de Caracas, para ser imputados en la noche del martes 28 de marzo, informó Saab a través de su cuenta de Twitter.
«Esto implica que este trámite se produjo mucho más allá de las 48 horas que fija la norma constitucional; lo que es una práctica irregular que la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos (MDH) sobre Venezuela ha denunciado en sus informes», recuerda Acceso a la Justicia.
De la misma manera condenan que el acto de imputación no se hiciera en el Palacio de Justicia de Caracas, sino en la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), según se aprecia en las imágenes difundidas por el Ministerio Público.
También es llamativo que se haya informado que fueron imputados y privados preventivamente de su libertad 23 personas, pues el 25 de marzo se informó que 25 personas habían sido detenidas, una de ellas fue aprehendida fuera del país; por lo que hay alguien cuya situación se desconoce.
Igualmente se espera la presentación de los demás detenidos involucrados en tramas de corrupción dentro de la Corporación Venezolana de Guayana (CVG).
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