Ambigüedad de la Ley Contra el Odio ampara acusaciones penales «calcadas» y sin pruebas

La falta de asidero jurídico y la aplicación discrecional de la Ley Contra el Odio han mermado significativamente las garantías judiciales en Venezuela. Abogados denuncian detenciones arbitrarias a influencers y ciudadanos comunes como casos «ejemplarizantes», acusaciones penales «calcadas» y la imputación de delitos graves sin pruebas suficientes, socavando el derecho a la defensa y la presunción de inocencia
Por La Hora de Venezuela
Una sensación de mordaza parece haberse instalado en el sentir colectivo venezolano, alimentada por instrumentos legales que, bajo un manto de promover la convivencia, restringen severamente la libre expresión. La pieza central de este mecanismo es la Ley Constitucional contra el Odio, la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, aprobada por la extinta y cuestionada asamblea constituyente (ANC) del 8 de noviembre de 2017.
Desde su implementación, esta normativa no solo ha sido señalada como una herramienta para silenciar la disidencia política y el trabajo de periodistas y activistas, sino que ha extendido su alcance al ámbito digital afectando directamente a creadores de contenido (influencers) y ciudadanos por sus mensajes en redes sociales.
En los últimos años, el patrón para la aplicación de la Ley Contra el Odio apunta hacia amedrentar y sancionar a figuras con alta visibilidad en plataformas digitales, al igual que ciudadanos comunes que expresan sus opiniones críticas o satíricas sobre el gobierno o figuras públicas en línea. Han sido objeto de amenazas, investigaciones judiciales y, en algunos casos, detenciones bajo la acusación de «incitación al odio».
La organización no gubernamental Espacio Público ha documentado un número de denuncias de violaciones a la libertad de expresión vinculadas a esta ley. Entre noviembre de 2017 y diciembre de 2023, se registraron 162 denuncias, derivadas de al menos 63 casos individuales. Si bien estas cifras reflejan un patrón general de amedrentamiento, la aplicación de la ley ha generado un clima de temor y autocensura en todo el ecosistema digital venezolano.
Dos casos recientes ilustran esta tendencia. En abril de 2025, Leonel Moreno, conocido en redes sociales como «Leíto oficial», fue procesado tras su deportación de Estados Unidos. Aunque los cargos específicos no se hicieron públicos de inmediato, defensores de la libertad de expresión presumen que estén relacionados con sus comentarios en redes sociales.
Una adolescente de 16 años también fue detenida el lunes 24 de febrero por «instigación al odio»: se trata de «Ashley Ways», quien a través de un video publicado en TikTok se hizo viral por burlarse de la muerte de la madre de otra tiktoker.
Anteriormente, en abril de 2022, Olga Mata, una popular creadora de contenido en TikTok de 72 años, fue detenida por un video satírico en el que hacía humor sobre figuras del gobierno. Su arresto generó una ola de críticas a nivel nacional e internacional, evidenciando como la Ley Contra el Odio puede ser utilizada para penalizar incluso expresiones humorísticas en redes sociales.
En noviembre de 2023, dos ciudadanos fueron reportados como detenidos por comentarios en Twitter considerados como «incitación al odio» contra un funcionario del gobierno. En febrero de 2025, el activista político Nelson Piñero fue condenado a 15 años de prisión por «el simple hecho de informar en las redes sociales», denunció Encuentro Ciudadano.
Para analistas y organizaciones de derechos humanos, la Ley Contra el Odio es la punta de lanza de un andamiaje legal más amplio, meticulosamente preparado por la administración de Nicolás Maduro con el objetivo de controlar y callar a la opinión pública.
La aplicación de esta ley, argumentan, no solo vulnera la libertad de expresión, sino que también cercena derechos fundamentales como el derecho a la defensa y la presunción de inocencia, pilares esenciales de un sistema de justicia imparcial, al permitir procesos expeditos con garantías limitadas.
Este enfoque represivo se evidencia, además, en un patrón recurrente observado en los procesos judiciales contra disidentes.
Organizaciones defensoras de derechos humanos han denunciado como buena parte de las detenciones arbitrarias resultan en acusaciones penales casi ‘calcadas’. En ellas, se imputan sistemáticamente delitos como incitación al odio (amparándose en la ley de 2017), junto a otros cargos graves como terrorismo, asociación para delinquir y traición a la patria, tipos penales amplios que permiten encarcelamientos prolongados y dificultan la defensa.
El espectro de la «incitación al odio»
La figura de la incitación al odio, recuerda el texto «Andamiaje legal para la represión», es una adición reciente al marco legal venezolano, incorporada en 2017 cuando la constituyente asumió funciones legislativas. Este organismo comenzó a promulgar lo que denominó «leyes constitucionales», una categoría no reconocida dentro del ordenamiento jurídico venezolano, pero que el Ejecutivo nacional ha legitimado y aplicado.
La constituyente se disolvió en diciembre de 2020 sin haber presentado o aprobado jamás un proyecto de nueva Constitución, el objetivo para el que fue convocada. Sin embargo, las leyes que emanaron de ese organismo —cuyos 545 escaños fueron copados íntegramente por el oficialismo— siguen aplicándose sobre los venezolanos.
El artículo 20 de la Ley Contra el Odio establece que cualquier persona «que públicamente o a través de medios apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas, en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político, de orientación sexual, de identidad de género, de expresión de género o cualquier otro motivo discriminatorio será sancionado con prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de la responsabilidad civil y disciplinaria por los daños causados».
El artículo puede parecer inocuo e incluso de objetivos nobles: quien públicamente fomente, promueva o incite al odio será castigado con cárcel. Sin embargo, la determinación queda sujeta a interpretación y se convierte en un arma arrojadiza contra críticos de la administración Maduro.
Acceso a la Justicia ha dicho que esta normativa viola al menos cinco derechos y libertades, como la posibilidad de expresarse, opinar e informar, el derecho a manifestar pacíficamente, participar políticamente o asociarse, así como el derecho a la democracia.
«Castiga a quien emita un mensaje por cualquier medio que el Gobierno considere que es de odio (…) Castiga cualquier actividad de odio, fascista o de violencia política. Cabe destacar que el Gobierno considera que las protestas en su contra, aunque sean pacíficas, tienen esas características porque así las ha calificado», señaló Acceso a la Justicia.
Nicolás Maduro incluso ha asomado que la Asamblea Nacional, que preside Jorge Rodríguez, trabaja en un proyecto de ley orgánica contra delitos de odio en redes sociales.
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«Ley penal en blanco»
La validez y la aplicación de la Ley Contra el Odio es fuertemente cuestionada por expertos legales. El abogado Saúl Blanco señala, en primer lugar, la dudosa legitimidad de su origen, al haber sido promulgada por una asamblea constituyente cuya competencia para legislar es discutible.
Blanco se centra en la problemática de su redacción. A su juicio, la ley adolece de una «vaguedad intrínseca», al estar redactada de forma «amplia y generalizada», lo que facilita la arbitrariedad y permite que cualquier crítica o expresión disidente pueda ser interpretada como una violación.
El abogado advierte que bajo esta normativa, no solo la incitación al odio, sino incluso el «vilipendio cuando se critica a un funcionario o una gestión» podrían ser castigados.
Un punto especialmente preocupante para Blanco es la ausencia de una definición clara de «odio» o «incitación» en el texto legal, a pesar de las severas penas contempladas en su artículo 20. Esta falta de precisión otorga un margen de discrecionalidad alarmante a las autoridades.
El director de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV, Juan Carlos Apitz, coincide con esa apreciación, y califica la normativa como una «ley penal en blanco». Explica que esta denominación se debe a que la ley no especifica claramente los delitos, lo que confiere al juez una «alta discrecionalidad» al momento de tomar decisiones, basándose en «generalizaciones» sobre las conductas.
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Apitz advierte sobre las graves implicaciones de esta falta de especificidad: «Cuando escribes ese artículo, esas conductas son puras generalizaciones. También deja la puerta abierta para que se tomen medidas privativas de libertad sin suficientes pruebas».
El académico alerta que, bajo esta lógica, «una afirmación, un rumor, pueden ser pruebas para tomar medidas», lo que socava las garantías del debido proceso.
Finalmente, Blanco destaca un patrón reciente de imputación sistemática del delito de incitación al odio en detenciones posteriores a las elecciones presidenciales, incluso en casos donde las personas simplemente ejercieron su derecho a la libertad de expresión.
Consecuencias para la ciudadanía
Abogados y defensores de derechos humanos alertan sobre cómo la Ley contra el Odio se ha convertido en una herramienta para silenciar la disidencia y restringir la libertad de expresión, más allá de los límites aceptables en una sociedad democrática.
Saúl Blanco enfatiza que «la Ley contra el Odio contraviene estándares internacionales en materia de derechos humanos». Argumenta que «la vía judicial no puede ser la primera vía para responsabilizar a las personas por ejercer su derecho legítimo de la libertad de expresión».
Reitera la preocupación central sobre la ambigüedad de la ley, pues «es tan general que todo puede entrar y no hay claridad de cuándo es legítimo o no usar esta normativa».
El impacto sobre el entorno digital es variado, advierte el abogado. «Prestadores de servicio de internet se vuelven un vigilante para censurar comentarios. Se puede incluso quitar la concesión de medios de comunicación cuando Conatel, que es un ente del gobierno, determine que alguien envió mensajes de odio».
También describe los patrones en la aplicación discrecional de la normativa: «Los procesan, los privan de libertad, sin que exista el derecho a la presunción de inocencia, o pese a que no hay elementos suficientes para procesar a alguien. Detienen primero y luego investigan».
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«Cuando privan de libertad a las personas pueden ocurrir dos situaciones. La dejan recluida por meses o años o le establecen medidas cautelares: régimen de presentación, prohibición de salida del país o ni hablar del tema, amenaza por parte de figuras públicas», señala el abogado.
En opinión de Saúl Blanco, la Ley Contra el Odio se ha convertido en una forma del gobierno de enviar un mensaje claro a la ciudadanía: «Si hablas en mi contra te vamos a denunciar por instigación al odio». Esta percepción generalizada fomenta la autocensura y limita severamente el debate público y la crítica al poder, constriñendo el espacio para la libre expresión y la participación ciudadana.
Arbitrariedad judicial
La ambigüedad inherente a la Ley Contra el Odio, señalada por expertos legales, tiene un impacto directo en la administración de justicia. Juan Carlos Apitz, es categórico al afirmar que esta normativa ha exacerbado la arbitrariedad judicial en el sistema venezolano.
Apitz considera crucial recordar el contexto en que nació esta ley: Fue aprobada por la constituyente de 2017, un órgano cuya elección e instalación fueron ampliamente cuestionadas nacional e internacionalmente por su legitimidad de origen. La ANC surgió como respuesta de Nicolás Maduro a meses de intensas protestas antigubernamentales que sacudieron al país ese año.
En ese clima de alta conflictividad política y social, la Ley Contra el Odio fue presentada como un instrumento para pacificar el país, aunque sus críticos la vieron desde el inicio como una vía para criminalizar la disidencia expresada durante las manifestaciones.
Juan Carlos Apitz advierte que esta ley «en la forma en que fue aprobada si algo ataca es la garantía del debido proceso».
Esta garantía, explica, «se acompaña con el derecho a la defensa permite rechazar cargos en tu contra y para que eso sea así tienes que estar claro de lo que te están imputando. Cuando la acusación es vaga y se trata de generalización ¿Cómo te puedes defender de eso? Cuando hablas de una generalización no hay forma de precisar modo, tiempo y lugar de lo que te imputan».
El académico señala que en el caso de la detención de «Leíto oficial» los delitos que posteriormente se conocieron y le fueron imputados (Promoción e Incitación al Odio y Lucro por Trabajo de Niño o Niña) son anteriores a la aprobación de la Ley Contra el Odio y que, además, presuntamente fueron cometidos fuera del país.
En este sentido, sostiene que «no tiene fundamento jurídico que lo procedan con la Ley Contra el Odio. Es el elemento más patético del exabrupto que significa esta norma».
El gobierno venezolano y la extinta ANC han calificado la Ley Contra el Odio como «constitucional». Sin embargo, esta denominación ha sido cuestionada por expertos legales, quienes señalan que el término «ley constitucional» no existe formalmente dentro de la jerarquía normativa venezolana.
Al respecto, el abogado Saúl Blanco explica que «no hay una argumentación legal que soporte esa definición». Detalla que la norma venezolana establece una distinción clara entre leyes orgánicas, leyes organizativas y leyes ordinarias, sin incluir la categoría de «ley constitucional».
Para Blanco, la calificación de la ley como «constitucional» por parte de la ANC responde a una estrategia política: «Al final la crearon para presionar y dar legitimidad a la ANC. Para resaltar un carácter que no tiene. Si dices lo contrario estás en contra de la normativa interna».
De esta manera, se busca elevar el estatus de la ley por encima de las críticas y equipararla a la propia Constitución, dificultando su cuestionamiento.
Frente a las crecientes críticas nacionales e internacionales, entre ellas de la Misión de Determinación de Hechos de la ONU, funcionarios de Maduro han defendido consistentemente la Ley Contra el Odio. Argumentan que es una herramienta necesaria para combatir el fascismo, la discriminación y la violencia política, y que busca proteger a la ciudadanía de discursos que promuevan la agresión.
*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes «contra el odio», «contra el fascismo» y «contra el bloqueo». Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.